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Domingo, 4 de diciembre de 2005
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LA DESGRAVACION DE UTILIDADES

Para la inversi贸n pyme

La C谩mara de Diputados provincial trat贸 el proyecto de autor铆a del legislador Roberto Mirabella (PJ) que insta a los legisladores nacionales a aprobar la norma del Ejecutivo nacional, que propone desgravar durante dos ejercicios fiscales las utilidades obtenidas por Pymes, con la exigencia de que sean reinvertidas en la producci贸n.

Mirabella inst贸 a los legisladores nacionales por Santa Fe a "realizar los mayores esfuerzos para aprobar el proyecto de ley presentado por el Poder Ejecutivo Nacional, que propone desgravar durante dos ejercicios fiscales las utilidades obtenidas por peque帽as y medianas empresas, con la exigencia que sean reinvertidas en la producci贸n". El proyecto de declaraci贸n del Presidente de la Comisi贸n de Industria, Comercio y Turismo de la C谩mara Baja provincial fue tratado esta semana. Mirabella mostr贸 su satisfacci贸n con una iniciativa que record贸, "es una hist贸rica demanda del sector". En ese sentido, explic贸 que con este plan "las peque帽as y medianas empresas que reinviertan sus utilidades en la compra, construcci贸n, fabricaci贸n, elaboraci贸n o importaci贸n definitiva de bienes de capitales, no pagar谩n Impuesto a las Ganancias".

Agreg贸 que "el objetivo es incentivar la incorporaci贸n de capital frente a las perspectivas de crecimiento de las pymes que encuentran serias dificultades para acceder al cr茅dito, favoreciendo la generaci贸n de empleo a trav茅s de la expansi贸n econ贸mica", plante贸 y destac贸 el est铆mulo orientado a "las Sociedades de Capital, las unipersonales y los casos en que la actividad profesional se complemente con una explotaci贸n comercial o viceversa, que califiquen como Pymes".

Esta iniciativa como otras medidas planteadas por el legislador provincial, tienen por objeto "promover la actividad econ贸mica incentivando las inversiones privadas". Ya en el mes de mayo se dio media sanci贸n a un proyecto de ley de su autor铆a, por el que se adhiere a la Ley Nacional N潞 25.924: esta norma instituye un r茅gimen transitorio para determinados tratamientos fiscales de las inversiones en bienes de capital y obras de infraestructura, para que incluya beneficios impositivos provinciales.

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