15:25 › MENENDEZ Y BUSSI PIDEN QUE SE DECLARE INCOMPETENTE EL TRIBUNAL ORAL

Proceso escrito

La defensa de los ex represores Antonio Bussi y Luciano Benjamín Menéndez aseguró hoy que los procesados no pueden ser sometidos a un juicio oral por violaciones a los derechos humanos durante la dictadura militar, sino que tienen que ser juzgados por medio de presentaciones escritas.

"Por la ley que era aplicable al tiempo de los hechos que se investigan en la causa, la número 24.121, no puede haber un juicio oral contra mis defendidos", aseveró el abogado Horacio Conesa Mones Ruiz.

El letrado efectuó un planteo ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal, al que a fines de 2007 Daniel Bejas, a cargo del juzgado federal número 1, elevó la primera causa a juicio contra los militares retirados por violaciones a los derechos humanos.

Conesa Mones Ruiz explicó que la Ley 24.121, que estableció los Tribunales Orales en 1992 como consecuencia de la reforma del Código Procesal Penal de la Nación, que introdujo el principio de la oralidad, permitía -para los procesos en trámite o relacionados con hechos anteriores a ese fecha- escoger por el sistema escrito.

"El artículo 12 de la Ley 24.121 permite la opción (entre el juicio escrito y el oral) y, si no se lo hace, automáticamente se aplicaba el proceso escrito. Entonces, por mandato de mis defendidos, hicimos uso de la opción", manifestó el letrado.

Como consecuencia, Conesa Mones Ruiz pidió al Tribunal Oral que se declare incompetente y que devuelva la causa al juzgado federal número 1 para que prosiga con la actuación y advirtió que hizo reserva de plantear los recursos de casación y extraordinario para el caso en que el Tribunal no haga lugar al planteo.

A fines de febrero, llegó al tribunal el expediente en el que Bejas dio por concluida la etapa de instrucción y dispuso el auto de elevación a juicio oral de la causa en la que Bussi y Menéndez están con orden de prisión preventiva por la desaparición del ex senador Guillermo Vargas Aignasse (PJ), ocurrida en marzo de 1976.

En la primera elevación a juicio oral por lo sucedido durante la dictadura, Bejas imputó a ambos militares retirados violación de domicilio y violación ilegítima de la libertad agravada, aplicación de tormentos reiterados, homicidio calificado y asociación ilícita, en concurso real con el delito de lesa humanidad.

Sobre los dos militares retirados pesa una decena de órdenes de prisión preventiva en causas en las que se investigan desapariciones de personas, teniendo en cuenta que, entre 1976 y 1977, Bussi estuvo al mando de la V Brigada de Infantería, que dependía del III Cuerpo de Ejército, que encabezaba Menéndez.

Bussi está detenido por orden del ex juez federal Jorge Parache (Bejas lo reemplaza en forma interina desde el 1 de junio) desde el 15 de octubre de 2003, lo que impidió que asumiera como intendente de la capital tucumana, cargo para el que había sido elegido durante los comicios del 26 de junio de ese año.

Desde el 14 de diciembre, Bussi cumple arresto domiciliario en una vivienda particular de uno de sus familiares, en Yerba Buena, municipio ubicado a unos 10 kilómetros al oeste de la capital tucumana, y en la misma condición reviste Menéndez en Córdoba.

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