Jueves, 14 de abril de 2011 | Hoy
CON EL VOTO DE DIPUTADOS, SE INCORPORó AL CóDIGO PENAL LA FIGURA DE DESAPARICIóN FORZADA DE PERSONAS
La Argentina incorporó una norma sin precedentes a escala internacional. El delito, que implica la participación de “fuerzas de seguridad con el apoyo o la aquiescencia del Estado”, no prescribirá hasta que la persona sea hallada o restituida su identidad.
DIPUTADOS DIO MEDIA SANCIóN A LA MODIFICACIóN DE LA LEY DE QUIEBRAS
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