Mar 20.05.2008

DEPORTES  › OPINIóN

Una extraordinaria capacidad para hacer deporte

› Por César R. Torres *

Los logros del velocista sudafricano Oscar Pistorius son deslumbrantes. Pistorius, a quien le amputaron las dos piernas por debajo de las rodillas antes de cumplir un año y corre con unas prótesis de fibra de carbono de última tecnología conocidas como cheetas, se convirtió en poco tiempo en plusmarquista mundial Paralímpico de 100, 200 y 400 metros. El vertiginoso incremento de su rendimiento y su creciente participación en torneos para atletas “normales” pusieron sus prótesis bajo sospecha. En enero la Asociación Internacional de Federaciones de Atletismo (IAAF) declaró que las prótesis constituyen una “ayuda técnica” ilícita que le otorgan al velocista una ventaja respecto del rendimiento de los atletas “normales”. La decisión de la IAAF excluía a Pistorius de los eventos que auspicia y le impedía alcanzar su sueño de clasificar para los Juegos Olímpicos de Beijing 2008. En febrero el velocista apeló la decisión de la IAAF ante el Tribunal Arbitral del Deporte (TAS), que recientemente y en forma unánime se pronunció a su favor. La resolución, que reabre la posibilidad de que Pistorius clasifique para los Juegos Olímpicos, tiene gran importancia no sólo para el deporte para personas discapacitadas sino para el deporte en general.

El TAS consideró poco convincente la racionalidad argüida por la IAAF para justificar la adopción en marzo de 2007 de la regla 144.2(e) que prohíbe el uso de todo “dispositivo técnico” que incluya resortes, ruedas u otro tipo de elemento que confiera una ventaja a un atleta con respecto al que no lo utiliza. Aunque según la IAAF la regla estaba destinada a controlar el potencial uso de calzado con resortes, el TAS estimó probable que la regla haya sido adoptada teniendo en cuenta a Pistorius. El TAS también opinó que varios dirigentes de la IAAF habían decidido declarar a Pistorius inelegible sin considerar lo que los estudios encargados a la Universidad de Colonia (Alemania) pudiesen demostrar. Todo esto resalta los prejuicios y la discriminación que los deportistas discapacitados enfrentan cotidianamente, lo cual dificulta enormemente su derecho a participar y gozar del deporte.

En cuanto a los estudios encargados por la IAAF, el TAS determinó que los mismos no demuestran si las prótesis efectivamente le confieren a Pistorius una ventaja que viola la regla 144.2(e). De la resolución del TAS se desprende que los estudios fueron parciales porque sólo se ocuparon de las ventajas que las prótesis pudiesen otorgar a Pistorius. Las potenciales desventajas no fueron revisadas. El proceder de la IAAF sugiere que su objetivo no era establecer fehacientemente si Pistorius obtiene una ventaja ilícita con sus prótesis, sino simplemente excluirlo de los torneos que auspicia.

En la resolución del TAS también sobresale su crítica a la redacción de la regla 144.2(e), caracterizada como “una obra maestra de la ambigüedad”. El TAS cuestiona con simplicidad abrumadora qué significa que un dispositivo técnico incluya resortes. De hecho, las prótesis de Pistorius tienen propiedades elásticas, al igual que las piernas de carne y hueso, pero no incluyen resortes. Por otro lado, la IAAF aplica de manera inconsistente la noción de dispositivo técnico. Por ejemplo, si bien el calzado de última generación provee ventajas y no todos los atletas acceden a él, nadie es sancionado por dicha ventaja. Esta crítica radical invita a reflexionar sobre la relación entre la ciencia y el deporte. Pero para que esta reflexión sea fructífera es imprescindible que se supediten las consideraciones científicas a una ética de la competición deportiva; el desafío es discutir qué deporte deseamos y nos merecemos.

La resolución del TAS parecería indicar que los Juegos Olímpicos no están restringidos a los deportistas que se encuadran en la tipología del cuerpo biológico “normal” o “apto”. Es decir que si una parte del cuerpo del deportista es artificial, esto no derivaría necesariamente en su exclusión de los Juegos. Si la parte del cuerpo reemplazada no confiere una ventaja por encima de la capacidad biológica “normal”, no habría en principio impedimento para “integrar” los torneos deportivos. El TAS aclaró que su resolución sólo se aplica a Pistorius y a las prótesis analizadas y no desechó la posibilidad que en el futuro otros estudios demuestren que éstas le otorgan una ventaja ilícita. En este sentido es indispensable que se establezcan protocolos científicos confiables y de bajo costo que establezcan si las prótesis de los deportistas discapacitados violan la regla 144.2(e) de la IAAF para garantizar la igualdad de oportunidades en el deporte.

Al recibir la noticia de la resolución del TAS, Pistorius declaró: “Ahora puedo hacer realidad el sueño de estar en unos Juegos”. En el camino se encontrará con la parcialidad e inopia de muchos que desconociendo la evidencia disponible siguen argumentando en su contra. El biomecánico italiano Antonio dal Monte dijo que “los rivales deben negarse a competir con Pistorius” y que “lo que él hace es como correr un maratón arriba de un carruaje”. Curiosa postura para un científico. Pero inclusive si en algún momento se demostrase que Pistorius tiene una ventaja ilícita, la solución no debería ser la exclusión sino la regulación de la tecnología para integrar a los atletas discapacitados que deseen participar en los torneos para deportistas “normales”. Mientras Pistorius corre en pro de su sueño olímpico, sería apropiado continuar debatiendo amplia y sinceramente las condiciones necesarias para una competición deportiva justa.

* Doctor en filosofía e historia del deporte. Docente en la Universidad del Estado de Nueva York (Brockport).

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