Dom 01.04.2012

DEPORTES  › INEDITA RESOLUCION DE LA ASAMBLEA DE REPRESENTANTES DE RIVER

Los socios, con derecho a informarse

A partir de una presentación ante la IGJ, el club de Núñez se vio obligado a reglamentar la manera de notificar a sus asociados de los actos de gobierno. Tras algunas dilaciones por parte del oficialismo, el lunes se aprobó la medida por unanimidad.

En un fútbol-negocio donde mandan los resultados que provienen del juego, otro resultado –en este caso de origen jurídico– acaba de pasar casi inadvertido pese a que tiene un valor supremo. La Asamblea de Representantes de River aprobó el derecho a la información del socio, un hecho que no tiene precedentes en clubes de la Argentina y acaso del exterior. No se trató de un acto de generosidad política del oficialismo que lidera Daniel Passarella, ni del proyecto de un grupo de juristas iluminados. Cuando este derecho quede reglamentado, cualquier asociado podrá presentarse en la institución para “solicitar y recibir información completa y oportuna”, como dice el texto que se votó por unanimidad (92 a 0) el lunes pasado.

Este proyecto comenzó a ver la luz cuando el socio Ricardo Ignacio Kennedy, un abogado que es asesor adscripto de la Secretaría de Asuntos Legales de la AFA, socio del Jockey Club y ex gerente de personal de Canal 7 (entre otros antecedentes), presentó una denuncia ante la Inspección General de Justicia (IGJ). “... Con fecha 18 de marzo de 2011 –sostenía– las autoridades sociales suscribieron una carta intención con la firma Fénix Entertainment Group, que posteriormente se formalizó en la firma de un contrato con esa empresa –ad referéndum– de la aprobación por la comisión directiva.” Kennedy quería interiorizarse de aquel acuerdo, pero nunca le entregaron la documentación que le solicitó a la comisión directiva. Su pedido estaba avalado por la resolución 585/2010 de la IGJ, que obligaba a River a reglamentar el derecho a la información apenas hubiera una oportunidad de tratarlo. Eso nunca pasó hasta el lunes 26, después de cinco Asambleas de Representantes sucesivas.

El 14 de octubre de 2011, la IGJ falló a favor de Kennedy, sancionó al club con un apercibimiento y lo intimó “sin más dilación” a que convocara a la asamblea que finalmente se hizo hace una semana. El socio, uno entre un pequeño grupo que se preocupó por la violación del derecho a la información, quería saber por qué no se procedió a la apertura de un concurso de precios, ni se fijó fecha para presentar propuestas económicas cuando se concedió el negocio de organizar recitales sin licitación a la productora. Para él, la contratación bajo esas condiciones era “nula de nulidad absoluta”, según se desprende del fallo de la IGJ que le dio la razón a su denuncia porque le negaban los datos que solicitaba.

Con ese antecedente, comenzó a discutirse en River la reglamentación del derecho a la información. La comisión directiva ya había perdido terreno con la Resolución 585/2010, pese a lo cual le pidió a la IGJ que rechazara la denuncia de Kennedy e informó que el contrato con FEG Entretenimientos SA y Siberia SA (dos marcas del Grupo Fénix) estaba a disposición de los dirigentes en la oficina de marketing del club. A Passarella y su gente no les alcanzó, ni siquiera cuando aprobaron un proyecto alternativo de derecho a la información con varias restricciones.

La inquietud de los socios había avanzado lo suficiente y no volvería atrás: “El acceso es un modo de alentar la participación del asociado. Para que pueda valorar la gestión de la comisión directiva debe contar con la mayor cantidad de información que le permita participar en el debate público, intercambiar ideas y opiniones y emitir juicios sobre su desempeño. Para esto, es necesario disponer de información amplia y suficiente que permita elaborar estos juicios para que además puedan ser divulgados y contrastados con aquellos de otros asociados”, dice el abogado Daniel Kiper, uno de los opositores que se sumaron a la movida.

Algo semejante se lee en el fallo de la IGJ que le dio la razón a Kennedy, cuando sostiene que los estatutos de un club “no deben menoscabar el derecho de información de los asociados, ya que éste les permite no sólo conocer la marcha de la entidad e incluso su funcionamiento institucional, sino que les posibilita contar con elementos de juicio suficientes para emitir su voto en la Asamblea, de modo que éste sea suficiente y fundado”.

En los corrillos de River se da por sentado que el oficialismo consensuó el reglamento del derecho a la información porque Passarella aspira a ser reelecto en los comicios que se realizarán a fines de 2013. Seguramente, el presidente se persuadió de que las denuncias por falta de transparencia podrían dinamitarle el camino hacia un nuevo mandato. Ya carga con los antecedentes del descenso a la B Nacional y cierta indulgencia con José María Aguilar, el peor dirigente de la historia que pasó por la institución, repudiado por los hinchas allí donde aparezca, como le sucedió en Bahía, Brasil, durante el último verano.

En el blog Política en River, fundado en 2007 por un grupo de periodistas hinchas del club, y donde suelen aparecer artículos firmados que denotan un nivel de información superior al de los medios, se afirma: “Tampoco se comprende cómo se olvidaron de la auditoría. Parece que no sirvió para nada. Esperábamos un dictamen duro que muestre y demuestre que Aguilar y compañía cometieron todos los ilícitos que se rumorean en el club. Muchos de los dirigentes que hoy acompañan a Passarella fueron clave durante la gestión económica y financiera de Aguilar, con lo cual saben dónde buscar. ¿Amnesia generalizada?”.

Como fuere, River es el pionero en reglamentar un derecho que, en manos de socios activos y participativos, puede ser vital para monitorear su economía u otras actividades. No estaría mal que se aplicara de arriba abajo, empezando por la propia AFA, la asociación civil que nunca se pronuncia sobre la transparencia, y cuando se pronuncia, lo hace movida por las sospechas de que malgasta los cientos de millones de pesos que recibe del Programa Fútbol para Todos.

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