Mar 30.12.2008

ECONOMíA  › LA CORTE ORDENó SUSPENDER LA APLICACIóN DE UNA LEY MISIONERA

Otro capítulo de la pelea por la yerba

La Corte Suprema de Justicia decidió intervenir en el conflicto desatado por la yerba mate en Misiones y ordenó como primera medida suspender una ley provincial que prohibía su procesamiento fuera de la provincia, informaron fuentes tribunalicias. En su última acordada del año, el máximo tribunal entendió que el conflicto es de índole “federal” y por eso es “competencia originaria” de la Corte, al hacer lugar a una medida cautelar presentada por la empresa Molinos Río de la Plata.

En el fallo de nueve carillas, los ministros ordenaron suspender los efectos de tres artículos (4, 5 y 6) de la ley 4459 dictada por la provincia de Misiones. Esos artículos contemplan la imposibilidad de procesar fuera de Misiones la yerba mate originaria de la provincia. Las normas cuestionadas resultarían “contrarias, en forma directa y exclusiva, a la Constitución Nacional en cuanto afectan el comercio interprovincial de la yerba mate”, sostuvo en su dictamen la Procuración General de la Nación al emitir opinión sobre el tema. La Corte deberá decidir ahora en su sentencia de fondo si esas normas son inconstitucionales, como pretende la empresa. Molinos Río de la Plata, en su presentación, alega que la citada ley “le impediría continuar el proceso productivo que desarrolla en sus plantas de la ciudad de Buenos Aires y Esteban Echeverría (en la provincia de Buenos Aires)”. Allí se “realizan la elaboración final y el envasado de distintos productos que tienen a la yerba mate misionera como insumo exclusivo”, sostuvo la demanda.

El artículo 4 de la ley cuestionada establece que la yerba mate cosechada en la provincia y destinada al consumo interno debe ser envasada en Misiones. Además, en el artículo 5 sostiene que “su comercialización a granel está sujeta a la exportación provincial”. En el sexto prohíbe la salida del territorio provincial de “hoja verde de yerba mate, yerba mate canchada o yerba mate molida hacia secaderos, molinos, fraccionadoras o envasadoras ubicadas en otra jurisdicción”.

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