Sáb 28.07.2012

ECONOMíA  › EL GOBIERNO REGLAMENTO LA LEY QUE BUSCA EL AUTOABASTECIMIENTO

Las petroleras no podrán mirar para otro lado

› Por Javier Lewkowicz

El Gobierno reglamentó la Ley de soberanía hidrocarburífera y una comisión presidida por el viceministro de Economía, Axel Kicillof, quedó con amplias atribuciones para regular a todos los eslabones de la actividad. Con el objetivo de recuperar el autoabastecimiento y asegurar un funcionamiento armónico del mercado en las etapas de industrialización, transporte y comercialización, el Estado presentará su estrategia en un plan anual. Las empresas dedicadas al amplio abanico de rubros que nuclea la actividad, desde la exploración hasta la venta de combustible en el surtidor, deberán a su vez dar a conocer sus respectivos planes de inversión, con metas y presupuestos definidos. Si los planes privados no se condicen con la planificación pública, el Gobierno pedirá a las firmas que hagan los cambios necesarios para lograr la coordinación. Habrá fiscalización y sanciones, llegado el caso.

La expropiación de la mayoría del capital accionario de Repsol y la consiguiente recuperación de YPF dejó en un segundo plano un aspecto sumamente relevante de la Ley 26.741 de soberanía hidrocarburífera. Se trata del carácter de recurso estratégico que les fue devuelto a los hidrocarburos en dicha norma, que declaró en su artículo primero como de interés público nacional “el logro del autoabastecimiento de hidrocarburos, así como la exploración, explotación, industrialización, transporte y comercialización de hidrocarburos”.

Según se desprende del decreto 1277 publicado ayer en el Boletín Oficial, firmado por la presidenta, Cristina Fernández; el jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina, y los ministros de Economía y Planificación, Hernán Lorenzino y Julio De Vido, la estrategia anual del Estado en la materia quedará plasmada en el Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas. Sus ejes serán: incremento de las inversiones en toda la cadena de producción, integración de capital público y privado, nacional e internacional, en alianzas estratégicas dirigidas a la exploración y explotación de recursos convencionales y no convencionales, promoción de la industrialización de hidrocarburos y protección de los intereses de los consumidores.

El plan establecerá “criterios y metas deseables en materia de inversiones en exploración, explotación, refinación, transporte y comercialización de hidrocarburos”, indica el decreto. La puesta en práctica será responsabilidad de una comisión de “planificación y coordinación estratégica” presidida por Kicillof, quien podrá delegar funciones en quien designe. Además, la comisión estará conformada por un representante de la Secretaría de Política Económica, a cargo de Kicillof; la Secretaría de Energía, que encabeza Daniel Cameron, y la de Comercio Interior, que dirige Guillermo Moreno. En el ámbito de la comisión funcionará un registro nacional de inversiones, donde deberán anotarse todas las empresas que participan en el sector.

Los capítulos III, IV y V del decreto establecen las pautas que deberán seguir las empresas que se desempeñan en el área de exploración y explotación, refinación, comercialización y transporte, respectivamente. Antes del 30 de septiembre de cada año las compañías tendrán que presentar su planes anuales de inversión, que serán evaluados por la comisión en un plazo no mayor a sesenta días. El Gobierno, llegado el caso, puede solicitar la presentación de un nuevo plan que se ajuste a los requerimientos de la estrategia nacional. Ello representa un cambio rotundo en el paradigma en materia hidrocarburífera respecto de la lógica neoliberal.

El decreto establece también que las empresas dedicadas a la exploración deberán garantizar la conservación de las reservas. En tanto, las firmas comercializadoras tendrán que publicar precios de referencia de cada uno de los componentes del costo y de venta de los combustibles, “los cuales deberán permitir cubrir los costos de producción atribuibles a la actividad y la obtención de un margen de ganancia razonable”, indica la norma. La comisión auditará el cumplimiento del plan nacional en forma trimestral y tendrá capacidad de sanción a través de multas, suspensión o eliminación del registro de inversiones y nulidad o caducidad de concesiones.

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