Jue 23.10.2003

ECONOMíA

En el auxilio de los morosos el Estado también rescata a bancos

El Gobierno se hace cargo de los deudores hipotecarios morosos con los bancos desde el 1º de enero de 2001. También de aquellos que recibieron el crédito en el circuito extrabancario. Críticas de los grupos de deudores.

El Gobierno envió ayer al Congreso el proyecto de ley que va en rescate de los deudores hipotecarios. Todos aquellos que hayan caído en mora entre el 1º de enero de 2001 y el 11 de septiembre último podrán acceder al plan de refinanciación estatal, independientemente de si el crédito fue concedido por un banco, una inmobiliaria, una escribanía u otro financista particular. Pero el préstamo debió ser para la compra, construcción, ampliación o refacción de la vivienda única, familiar y de ocupación permanente. El Gobierno amplió el alcance de la asistencia respecto de lo que había planteado en un principio, cuando abrió un registro de morosos en el Banco Nación, para terminar con un conflicto que se arrastra desde el fin de la convertibilidad, e incluso antes. La iniciativa, de todos modos, recibió críticas de asociaciones de deudores.
El jefe de Gabinete, Alberto Fernández; el presidente de la bancada oficialista de Diputados, José María Díaz Bancalari, y su par del Senado, Miguel Angel Pichetto, dieron a conocer la propuesta y estimaron que sería convertida en ley antes de fin de año. El diputado arriesgó que la media sanción de la Cámara baja podría darse en apenas quince días. El rescate le costaría al Estado entre 600 y 700 millones de pesos, según calculó Fernández, aunque no pudo entregar una cifra de la posible cantidad de deudores beneficiados. De acuerdo con otras estimaciones que circulan en el Congreso, serían algo más de 20.000.
El 95 por ciento de los morosos estarían cubiertos. Un requisito para acceder al programa es que los créditos originales hayan sido de hasta 100.000 pesos o dólares. Si bien el destino de los créditos debió ser para la compra, construcción o arreglos de vivienda única, también ingresan los préstamos obtenidos para cancelar los primeros. Tal como anticipó Página/12, el Gobierno dejó de lado el límite dado por la dimensión del inmueble. En un principio se había mencionado que las propiedades no debían exceder los 100 metros cuadrados, pero finalmente no existe ninguna restricción en ese aspecto.
La ley establece la creación de un Fondo Fiduciario, administrado por el Ministerio de Economía, que tomará a su cargo las deudas en mora. El Fondo le pagará a los bancos y demás acreedores las cuotas caídas entre enero de 2001 y septiembre pasado. Puede hacerlo en efectivo o con títulos públicos, aunque seguramente el Gobierno optará por una nueva emisión de bonos, según reconoció Fernández. El acreedor deberá renunciar por ese período a los intereses compensatorios, punitorios, gastos y honorarios profesionales que se hubieran acumulado en razón de la mora.
Una vez resuelto el conflicto hacia atrás, el Fondo continuará pagando las cuotas mes a mes al acreedor original de acuerdo con las condiciones que se hubieran pactado en el otorgamiento del crédito. Los bancos podrán optar entre sumarse o no a este plan, pero los acreedores particulares deberán aceptarlo obligatoriamente en caso de que el deudor decida plegarse. En principio, las entidades financieras lo aceptarían. Mario Vicens, presidente de ABA, señaló a Página/12 que “nos parece bien la decisión del Gobierno de proponer una solución integral para los deudores hipotecarios afectados por la emergencia económica”.
En cuanto a los préstamos dados por inmobiliarias y escribanías, la AFIP constatará que el dinero del crédito haya sido debidamente declarado. De lo contrario, el organismo se cobrará los impuestos evadidos.
El Fondo llegará a arreglos particulares con cada deudor, para lo que tomará en cuenta el nivel de ingresos familiar. El plan de refinanciación será en base a cuotas fijas hasta la cancelación de la deuda. De entrada, el Fondo le dará al deudor un año de gracia para que empiece a pagar, que podrá prorrogarse indefinidamente (el Congreso podría llegar a fijar un tope). Pero una vez que comience el período de pago, el deudor deberá cumplir rigurosamente: si deja tres cuotas impagas de manera consecutiva o cinco a lo largo del plan, el Fondo tendrá derecho a la ejecución de la hipoteca.
Fernández admitió que todavía no se resolvió cuál será la tasa de interés que aplicará el Fondo a los deudores rescatados, ni si habrá plazos máximos. Fedecamaras, entre otras asociaciones de deudores, cuestionó el proyecto porque no abarca a los empresarios pymes que pusieron su vivienda como garantía de un préstamo y porque el rescate es a partir de 2001, cuando la crisis, aduce, comenzó mucho antes. Por otra parte, la iniciativa establece que una comisión parlamentaria analizará los créditos concedidos por el Banco Hipotecarios antes de la convertibilidad, a fin de diseñar otro plan de refinanciación.

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