Mar 09.02.2016

ECONOMíA  › LA AFIP NO INCLUYE LA REDUCCIóN DE EMPLEOS COMO CAUSA DE CADUCIDAD DEL PLAN DE FACILIDADES

Una exigencia menos para evitar despidos

El nuevo plan de financiación para facilitar el cumplimiento de obligaciones fiscales impagas no les exige a las empresas que adhieran, mantener los puestos de trabajo, como venía ocurriendo hasta ahora.

› Por Fernando Krakowiak

La AFIP lanzó un plan de financiación para facilitar el cumplimiento de obligaciones fiscales impagas. La resolución general 3827 abarca impuestos, recursos de la seguridad social, deudas aduaneras y multas, así como saldos pendientes por obligaciones incluidas en otros planes de facilidades ya caducos. Contempla 3, 6, 20 y hasta 24 cuotas mensuales iguales y consecutivas de 500 o 1000 pesos y se aclara expresamente que no es una moratoria ya que no implica reducción de intereses resarcitorios y/o punitorios, así como liberación de otro tipo de sanciones. La novedad de la nueva disposición es que, a diferencia de otros beneficios similares previos, entre los motivos de caducidad ya no se incluye la reducción de empleados. Por lo tanto, las empresas podrían despedir trabajadores sin que eso sea un impedimento para mantenerse dentro del plan de facilidades.

La resolución 3827 establece, según se detalla en la página web de la AFIP, que la caducidad del plan operará cuando el contribuyente se atrase en los pagos. En el caso de los planes de hasta 12 cuotas, esto ocurrirá cuando no se cancelen dos cuotas, consecutivas o alternadas, a los 60 días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de la segunda de ellas o ante la falta de ingreso de la cuota no cancelada a los 60 días corridos contados desde la fecha de vencimiento de la última cuota del plan, mientras que en los planes de 13 a 24 cuotas la caducidad se producirá ante la falta de cancelación de tres cuotas, consecutivas o alternadas, a los 60 días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de la tercera de ellas o ante la falta de ingreso de la o las cuota/s no cancelada/s a los 60 días corridos contados desde la fecha de vencimiento de la última cuota del plan. Esos son los únicos dos motivos de caducidad que se explicitan.

En el plan de facilidades aprobado en marzo del año pasado a través de la resolución 3756, en cambio, se incluyeron como motivo de caducidad no sólo el atraso en el pago de las cuotas sino otro punto referido al empleo. En el inciso b del artículo 11 de esa norma decía que el contribuyente también quedaría fuera del plan cuando se registrara “una disminución de la cantidad de empleados respecto de lo consignado en la declaración jurada F. 931 para el período fiscal diciembre de 2014, y durante todo el período de cumplimiento del plan”. La misma exigencia figuró en la resolución 3630/2014. Esas normas estaban en línea con otra serie de medidas impulsadas desde el Estado nacional para tratar de preservar el empleo. Ahora ese requisito ya no rige, pero la situación no sólo no mejoró sino que está aún más complicada que el año pasado. El Observatorio del Derecho Social de la CTA que conduce Pablo Micheli estableció que hasta fines de enero se habían registrado 22.709 despidos sólo en el sector privado.

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