Mié 28.09.2016

ECONOMíA  › UN JUEZ FEDERAL ORDENó SUSPENDER EL AUMENTO PARA PYMES, CUENTAPROPISTAS Y MONOTRIBUTISTAS

Cayó la otra mitad del tarifazo del gas

Hugo Vaca Narvaja, juez federal de Córdoba, concedió una cautelar a Apyme y ordenó refacturar el gas entre abril y septiembre con el cuadro tarifario vigente al 31 de marzo. La medida tiene alcance nacional. Será apelada por el Gobierno.

› Por Marta Platía

Otro revés judicial para el Gobierno. El juez federal de Córdoba Hugo Vaca Narvaja recogió el guante de lo que la Corte Suprema de Justicia había dejado sin incluir cuando le puso freno al tarifazo para los usuarios residenciales, e incluyó en su cautelar a las pequeñas y medianas empresas. En una resolución que se conoció ayer, el juez hizo lugar al amparo que presentó la Asamblea de Pequeños y Medianos Empresarios (Apyme) y amplió el beneficio para las medianas empresas de todo el país, además de los cuentapropistas, productores agrarios, prestatarios de servicios (taxistas y remiseros) y demás monotributistas que habían quedado fuera de la resolución del 18 de agosto, cuando la Corte amparó a los usuarios de gas residenciales del aumentazo decretado por el gobierno de Mauricio Macri.

“Esta es la primera medida cautelar en ese sentido en todo el territorio nacional”, le dijo a Página/12 el abogado y ex juez Miguel Rodríguez Villafañe, quien junto a Eduardo Fernández, titular nacional de Apyme, presentaron el recurso de amparo que –por sorteo– recayó en el Juzgado Federal N° 3 que preside Vaca Narvaja.

El juez estimó que en veinte días resolverá sobre el fondo de la cuestión. Es decir, sobre la nulidad, pedida por Apyme, de las resoluciones del Ministerio de Energía que ordenan el tarifazo. Por lo pronto, ordenó retrotraer las tarifas del servicio de gas “con anterioridad al 31 de marzo de 2016”, y ordenó al Enargas que “proceda a la refacturación de los consumos efectuados desde el 1° de abril de 2016 hasta la fecha (27 de septiembre)”. El juez también dejó en claro que “las prestadoras del servicio de distribución deberán adoptar las medidas necesarias para posibilitar el pago de las facturas adeudadas en cuatro cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin intereses ni recargos relacionados con falta de pago”.

Vaca Narvaja englobó a los beneficiarios de lo que llamó “derechos que atañen a las pequeñas y medianas empresas, derechos de incidencia colectiva referentes a intereses individuales homogéneos”, y consideró “razonable la realización de un solo proceso con efectos expansivos para toda la categoría”. Según la resolución del juez, “en caso contrario estaríamos impulsando a todas las pequeñas y medianas empresas del país a concurrir a la justicia de manera individual, lo que llevaría a la saturación de los juzgados federales de la Nación”.

“Estamos muy satisfechos. El juez no sólo admitió nuestra cautelar sino que cuando recibió los informes desde el gobierno nacional, nuestras razones estaban tan bien fundadas que siguieron prevaleciendo”, celebró Rodríguez Villafañe. “El fallo de fondo será en veinte días, y sabemos que algunos de nuestros argumentos también podrían ser tomados como fundamentos. No porque seamos infalibles, sino que nos asisten razones poderosas contra el tarifazo: además del aumento privativo para los trabajadores hemos hecho hincapié en la violación flagrante de la Ley de Etica Pública, la 25.188, cuyas incompatibilidades cumple una por una el ministro de Energía, Juan José Aranguren. Es tal el incumplimiento de la habilitación para su función que podría incurrir, si la justicia se atiene a derecho, en que sus medidas resulten nulas de nulidad absoluta desde que asumió hasta ahora en lo que a gas y petróleo se refiere”, evaluó.

De acuerdo al artículo 17 de esa ley, el ministro no cumple con los requisitos para haber dictado estas resoluciones, ya que “fue parte de una petrolera, Shell, y tenía acciones hasta hace pocos días en que tuvo que venderlas. Con él se cumple el famoso principio jurídico del producto del árbol envenenado”, arguyó el abogado amparista. Para el titular de Apyme, Eduardo Fernández, el amparo aceptado por el juez “es una luz de esperanza para todo el sector. Nos da aire para seguir. Ojalá que podamos profundizar en todo esto que hemos iniciado”.

En tanto, el abogado Rodríguez Villafañe le salió al cruce a “los perfiles que algunos medios oficialistas hicieron del juez” Vaca Narvaja: “No se puede creer lo que hacen. Miguel Hugo Vaca Narvaja fue nombrado por concurso por el Consejo de la Magistratura y por la entonces presidenta (Cristina Fernández de Kirchner) como ha ocurrido antes con otros jueces y presidentes de la Nación. No se puede seguir haciendo esta barbaridad: cuestionarlo por razones políticas cuando está resolviendo a derecho. Nadie sale a decir si a (Claudio) Bonadío lo nombraron por una servilleta... ¡Por favor, seamos serios!”, se quejó.

–Una de las preguntas que se hacen en las calles es si esta medida, además de las pequeñas empresas, incluye a trabajadores como taxistas y remiseros, por ejemplo.

–Sí, por supuesto. Esto los engloba. Ellos pedirán a los estacioneros la devolución por el tarifazo que les cobraron de más. La distribuidora de gas tendrá que acreditarle lo que les cobraron de más. Es una maquinaria que deberá ponerse en marcha: los distribuidores y los estacioneros deberán acreditarle, con los tíckets, lo abonado de más. Y eso abarca a los comerciantes, industriales, empresas agropecuarias, comercios y demás. Para nosotros, los de Apyme; para los monotributistas y cuentapropistas, esta presentación que ha sido avalada por el juez es oxígeno. Y esto se ha logrado desde el interior federal. Es una medida que tiene presencia de todo el país. Acuérdese de que en las audiencias de hace poco más de una semana, además de lo irregular de las convocatorias, de la falta de información, sólo estuvieron presentes ocho provincias.

–Se espera que el Estado apele.

–Sí, pero consideramos que la construcción de nuestro amparo está sujeta a derecho y muy bien fundamentada. No sólo nos hemos apoyado en lo irracional de los tarifazos y el hecho de que son impagables y pueden llevar a la quiebra a las pequeñas empresas y trabajadores cuentapropistas, sino que es claro que estas medidas no respetan el artículo 42 de la Constitución Nacional, que establece, tal como se hizo eco el fallo del juez Vaca Narvaja, que “los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos, a una información adecuada y veraz, a condiciones de trato equitativo y digno, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, al control de los monopolios”, entre otros derechos. En cuanto al artículo 75, la Constitución dice que se debe garantizar el progreso económico, pero con Justicia Social.

Consultado por Página/12, Vaca Narvaja dijo “lo que se hizo es atenernos a la letra de lo ya resuelto por la Corte Suprema de Justicia en materia de usuarios residenciales en su resolución (del 18 de agosto de 2016). Son los mismos principios, pero aplicados al colectivo representado por Apyme”.

Nada más ni nada menos que el sector de trabajadores que había quedado fuera del paraguas protector de la justicia.

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