Jue 07.03.2013

EL MUNDO  › FIRMó SU PRIMER DECRETO COMO “PRESIDENTE ENCARGADO” DE VENEZUELA

Maduro asumió la presidencia

El canciller venezolano, Elías Jaua, dijo que será Maduro, elegido vicepresidente por Chávez en el mandato anterior y nombrado sucesor por el líder bolivariano antes de partir a Cuba, quien gobernará hasta las próximas elecciones.

La muerte del presidente Hugo Chávez abre el camino a la realización de un nuevo proceso electoral. El tiempo corre para el Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv) y la oposición, encarnada en Henrique Capriles Radonski, que deben jugarse todas las cartas para hacerse un lugar en el Palacio de Miraflores. Nicolás Maduro quedó al frente de un país turbado por la pérdida, comandando a un pueblo que se manifestó masivamente en Caracas, poniendo el cuerpo en la calle, para darle su último adiós al dirigente político más importante de los últimos tiempos de Venezuela.

Según el artículo 233 de la Constitución venezolana, si la ausencia se produce antes de la jura del nuevo mandato, entonces debe asumir el presidente de la Asamblea Nacional, a cargo de Diosdado Cabello. Según el mismo artículo. el presidente de la Asamblea debe “proceder”, en un plazo de 30 días consecutivos, a un comicio donde se elegirá al candidato que completará el mandato de seis años –iniciado el 10 de enero pasado– vacante a partir del fallecimiento del líder bolivariano. Si la ausencia se hubiera producido después de la jura, entonces sería el vicepresidente quien debería asumir por 30 días y llamar a elecciones a realizarse dentro de ese plazo. En esa línea, el canciller venezolano Elías Jaua dijo que será Maduro, elegido vicepresidente por Chávez el mandato anterior y nombrado sucesor político por el líder bolivariano antes de partir a operarse en Cuba tres meses atrás, quien gobernará hasta las próximas elecciones. “Ahora se ha producido una falta absoluta, asume el vicepresidente de la República como presidente y se convoca a elecciones en los próximos 30 días, es el mandato que nos dio el comandante presidente Hugo Chávez el pasado 8 de diciembre”, manifestaba anteanoche el canciller en una entrevista concedida al canal Telesur.

El hasta ahora vicepresidente venezolano, Nicolás Maduro, confirmado por el Tribunal Superior de Justicia como el encargado de gestionar el gobierno durante la convalescencia de Chávez, ayer firmó su primer decreto como “presidente encargado”, tras la muerte de Chávez, al ordenar siete días de duelo en el país caribeño, según la Gaceta Oficial publicada ayer. “Se declaran siete días de Duelo Nacional, entre el 5 y el 11 de marzo de 2013, por el lamentable y penoso fallecimiento e irreparable pérdida del héroe de la patria Hugo Rafael Chávez Frías”, reza el texto estampado con la firma de Maduro. El gobierno no informó directamente del decreto. Maduro, que se desempeñaba como vicepresidente desde la reelección de Chávez en octubre pasado, asumió la presidencia amparado en el artículo 233 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, dijo la procuradora, Cilia Flores.

“En el momento en que él (Chávez) desaparece físicamente, inmediatamente y de forma automática se pone en vigencia el artículo 233, que establece que se encarga el vicepresidente y por un lapso de 30 días se convocará a nuevas elecciones”, manifestó Flores, en la misma línea en que se expresara Jaua en diálogo con Telesur. El canciller aseguró que Maduro asume como presidente siguiendo el mandato de Chávez, que designó al ahora ex vicepresidente como su heredero político y candidato de las filas oficialistas en las elecciones, aunque la enfermedad le impidió firmar un decreto nombrando vicepresidente a Maduro para el mandato en curso. En Venezuela el cargo de vicepresidente no es electivo, sino que lo designa el presidente.

Jaua consideró que Chávez “leyó correctamente la Constitución” en su última aparición pública, del pasado 8 de diciembre, dos días antes de viajar a Cuba a someterse a la cuarta intervención en 18 meses por el cáncer que padecía. El diputado chavista y ex presidente de la Asamblea Fernando Soto Rojas había indicado que sería Cabello quien debería quedar en el poder.

Algunos constitucionalistas se habían pronunciado sobre la posibilidad de que el presidente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello, sea quien asuma y encamine el país a las próximas elecciones.

El artículo 233 de la Constitución venezolana dispone como falta absoluta del Presidente o Presidenta de la República su muerte, su renuncia o su destitución decretada por sentencia del Tribunal Supremo de Justicia; su incapacidad física o mental permanente certificada por una junta médica designada por el Tribunal Supremo de Justicia y con aprobación de la Asamblea Nacional; el abandono del cargo, declarado como tal por la Asamblea Nacional, así como la revocación popular de su mandato.

En caso de que se produzca la falta absoluta del Presidente electo o Presidenta electa antes de tomar posesión –reza la Constitución– se procederá a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes. Si la falta absoluta se produce durante los últimos dos años del período constitucional, el vicepresidente ejecutivo o la vicepresidenta ejecutiva asumirá la Presidencia de la República hasta completar dicho período. Si se produce antes de la jura, debe asumir el Ejecutivo el Presidente de la Asamblea Nacional y realizar elecciones en 30 días, señala el mismo artículo de la Constitución. Según las declaraciones de Jaua, el gobierno parece interpretar la frase “proceder a elecciones” como sinónimo de “llamar a elecciones”, por lo que el mandato de Maduro podría extenderse más allá de los 30 días, hasta que asuma el ganador de las próximas elecciones, que bien podría ser el propio Maduro, según los deseos de Chávez.

Sin embargo, el artículo 229 de la Constitución impide ser elegido presidente a quien “esté en ejercicio del cargo de vicepresidente ejecutivo, ministro, gobernador o alcalde en el momento de su postulación o en cualquier momento entre esta fecha y la de la elección”. Esa restricción no alcanzaría, sin embargo, a Maduro, quien a efectos de las próximas elecciones presidenciales, estará “en ejercicio” del cargo de presidente, señalan fuentes chavistas.

El Tribunal Supremo de Justicia determinó el 9 de enero pasado que no era necesario que Chávez jurara indefectiblemente al día siguiente, 10 de enero, como manda la Constitución, en virtud de no existir interrupción del ejercicio, ya que Chávez había sido reelegido. Aunque la Constitución no menciona fechas alternativas al 10 de enero, dice que si el presidente no puede jurar ante la Asamblea por cualquier motivo, puede hacerlo ante el TSJ. El tribunal consideró que la fecha del 10 de enero es “una formalidad que no impide la continuidad del gobierno y que se inicie un nuevo período presidencial”.

El 8 de diciembre pasado, al anunciar que debería someterse a una nueva cirugía por el cáncer que padecía, Chávez indicó que si algún acontecimiento lo inhabilitaba, invitaba al pueblo venezolano a que eligieran a Maduro como presidente. “Si se presenta una circunstancia sobrevenida, que me inhabilite para continuar al frente de la Presidencia, bien sea para terminar el mandato que quedan pocos días, y sobre todo para asumir el nuevo período para el cual fui electo por la mayoría de ustedes, si algo ocurriera que me inhabilitara, en ese escenario en que sería obligatorio convocar nuevas elecciones, mi opinión es que ustedes elijan a Nicolás Maduro como presidente”, señaló Chávez aquella noche.

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