EL PAíS
› LA CAMARA ORDENO LA DESTRUCCION DE LOS LLAMADOS DE THOMAS CATAN
Una protección a los periodistas
La Cámara Federal porteña ordenó destruir los listados de los llamados telefónicos del ex corresponsal del “Financial Times” que había dispuesto el juez Claudio Bonadío. Consideró “innecesaria” la medida.
› Por Adriana Meyer
“Esto sienta un precedente de importancia no sólo para los periodistas argentinos sino también para los ciudadanos de su país que podrán seguir denunciando hechos de corrupción sin temor a represalias y que conservan de esta manera su acceso a la información”, expresó desde Londres Thomas Catán, ex corresponsal del Financial Times (FT) en Buenos Aires y autor de los artículos que destaparon el escándalo de las nuevas coimas en el Senado. El periodista se mostró así satisfecho por la decisión de la Cámara Federal que ordenó la destrucción de los listados de sus llamadas telefónicas, medida dispuesta por el juez federal Claudio Bonadío y apelada por los abogados del FT, del estudio Moreno Ocampo. “Resulta innecesario afectar el secreto de las fuentes de información de Catán con el objeto de reunir elementos útiles para la causa, ya que existen otras alternativas probatorias que permiten perseguir el mismo fin”, determinaron los camaristas. Y resolvieron dictar la nulidad de la medida del juez porque concluyeron que “constituye una restricción irrazonable a la libertad de expresión y, por ende, ilegítima”.
A fines de agosto, el FT reveló un pedido de soborno de “legisladores argentinos” a representantes de la banca extranjera. Cuando Bonadío lo interrogó como testigo, el periodista se negó a revelar sus fuentes. “Con el objeto de establecer la identidad de las personas que habrían comunicado a Catán los hechos investigados, el juez solicitó el listado de llamados, y aunque no se haya obligado al periodista a revelar esa circunstancia, se ha producido indefectiblemente un conflicto con su interés de mantener secreto ese aspecto”, señalaron los camaristas de la sala II Horacio Cattani, Martín Irurzún y Eduardo Luraschi. La prueba de que la medida era prescindible está, según los jueces, en que los datos obtenidos no fueron usados en la investigación, según lo afirmado por Bonadío. De hecho, envió los legajos con esos listados a la Dirección de Observaciones Judiciales de la SIDE para que permanecieran allí bajo custodia, en sobre cerrado y lacrado. La sala II recordó que el fiscal Guillermo Marijuán había pedido que fueran devueltos al periodista porque habían perdido utilidad ante la recolección de otras pruebas.
“La Cámara Federal cerró la posibilidad de usar el caso del Senado para investigar al periodista que lo había denunciado, y lo hizo de un modo contundente para que el precedente desanime futuras iniciativas similares”, opinó ante Página/12 el abogado Luis Moreno Ocampo. Según su lectura de la resolución, los camaristas definieron que la garantía constitucional protege las fuentes que permitieron obtener la noticia para que la sociedad pueda controlar a los funcionarios públicos, fieles a la trascendencia que la sala asignó a la libertad de expresión. Sin embargo, esa garantía puede ser restringida en algunos casos penales en los que el delito se está cometiendo, por ejemplo, ante un secuestro o cuando hay vidas en juego. “La discusión no se centra en si resulta o no admisible restringir la confidencialidad que pretende mantener el periodista sino en analizar bajo qué justificativos se puede proceder en esa dirección”, plantearon los camaristas. En tal sentido citaron un fallo de la Corte Suprema de los Estados Unidos según el cual “para considerar válido que un periodista sea convocado en una causa a revelar su fuente se debe demostrar que la información no puede ser obtenida por ‘medios alternativos’ menos destructivos del derecho a la libertad de prensa”. Y mencionaron una consideración que efectuó el Tribunal Europeo de Derechos Humanos: para vulnerar la reserva de las fuentes no alcanza con “demostrar meramente la utilidad” derivada de la medida en una causa judicial, y en ese análisis la balanza se inclina “en favor del interés de la sociedad democrática en asegurar la libertad de prensa”.
Catán relató que tras la decisión de Bonadío perdió algunos contactos, pero enfatizó que “cuando vieron que salimos con energía a defender el derecho a la reserva de las fuentes, se acercaron incluso nuevos informantes con variadas denuncias”. Sus abogados habían sugerido que Bonadío debía ser denunciado penalmente y, si bien la Cámara no avanzó en tal sentido, el asunto podría ser tratado en el Consejo de la Magistratura. El juez es investigado en la Comisión de Disciplina de ese organismo pero, ante la dura resolución de la sala II, su caso podría pasar a la de Juicio Político.
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