EL PAíS › FALLO DE LA CáMARA DE APELACIONES
La Justicia ratificó que una enfermera que había sido despedida por participar en la creación del Nuevo Sindicato de la Salud debe ser repuesta en su lugar de trabajo. Se trata del caso de Nydia Acosta, quien es empleada de la empresa de medicina prepaga Galeno Argentina.
Acosta fue una de las fundadoras de un gremio que en la Capital Federal rompió con el monopolio del sindicato de la Sanidad. Para convocar a la asamblea de creación del nuevo gremio, ella y otros trabajadores publicaron una solicitada en Página/12; al día siguiente, Galeno le envió el telegrama. La enfermera presentó un pedido de amparo, que la Justicia le concedió en primera instancia, por lo cual pudo volver a trabajar. El fallo que ayer ratificó ese criterio fue dictado por la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones.
Los abogados del Observatorio Jurídico de la CTA señalaron que la resolución está “en el marco de una gran cantidad de fallos que ordenaron reinstalar en su puesto a activistas sindicales por la aplicación de la ley antidiscriminatoria y de los convenios de la Organización Internacional del Trabajo”. Aunque “durante mucho tiempo se entendió que la estabilidad en el trabajo sólo correspondía a los representantes de los sindicatos con personería gremial, en este caso se trata de una militante de un sindicato recién fundado que no tiene todavía siquiera la simple inscripción gremial”.
La creación de nuevos gremios, casi todos ellos fundados en oposición a sindicatos integrantes de la CGT, va en aumento desde que la Corte Suprema dictó, el año pasado, un fallo en favor de la libertad sindical. Como las leyes no han sido todavía adecuadas a ese fallo, es frecuente que se den casos en los que debe intervenir la Justicia en lo laboral.
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