Mar 10.08.2010

EL PAíS  › LOS SUPREMOS ANALIZAN UN PLANTEO DE CLARíN

La Corte en el medio

› Por Irina Hauser

La Ley de Servicios Audiovisuales vuelve a escena en la Corte Suprema, que podría empezar a debatir en su plenario de hoy el destino de una demanda promovida por Clarín contra el artículo de la norma que fijó el plazo de desinversión de un año. El caso llegó al máximo tribunal con un recurso extraordinario del Gobierno, que cuestionó una medida cautelar que la Cámara Civil le concedió al grupo empresario por la cual lo eximió de la obligación de desprenderse de licencias mientras dura el juicio.

A mediados de junio, la Corte liberó el camino para la aplicación de la nueva ley que ahora está cerca de ser reglamentada y regulará el universo de medios argentinos con reglas antimonopólicas. El tribunal, en aquel entonces, revocó por unanimidad una medida cautelar surgida en los tribunales de Mendoza que mantenía paralizada la norma íntegra en todo el país a pedido del diputado Enrique Thomas, del Peronismo Federal. Luego la Cámara Federal salteña se hizo eco de la decisión y también dejó fuera de juego una medida equivalente que empujaba otra peronista disidente, Zulema Daher. El mensaje de los jueces supremos había sido claro: ningún juez puede suspender una ley con efectos generales y ningún legislador puede intentar utilizar los tribunales para reeditar un debate que perdió en el Congreso.

El caso de Clarín, que ya está en la Corte desde hace varios días, es distinto: se trata de un grupo empresario que se queja en tribunales por un supuesto perjuicio directo y concreto que le causaría –dice– el artículo 161, que lo obliga a desinvertir. La empresa reclama un supuesto “derecho de propiedad adquirido”. La Cámara Civil, que le dio en principio la razón, sostuvo que la ley “modificó las reglas de juego a las cuales las empresas habían ajustado su comportamiento y realizado sus inversiones”. Por ahora, le dijo, puede quedarse con todas las licencias que tiene, hasta que avance la discusión judicial de fondo.

Tratándose de una medida cautelar, la Corte deberá evaluar primero si existe una “gravedad institucional” tal que equipare el tema en juego a una sentencia definitiva y que amerite una discusión interna y un pronunciamiento. En el expediente de Thomas consideró que la hubo porque la ley había quedado congelada. Contra la demanda del grupo Clarín, los abogados del Estado –encabezados por el procurador del Tesoro Joaquín Da Rocha– plantearon que tratándose del mayor propietario de medios de comunicación del país es lógico suponer que el beneficio que lo releva de la desinversión paraliza la plena aplicación de la norma.

El alto tribunal tiene la posibilidad de rechazar sin más el recurso extraordinario del Gobierno, incluso sin dar mayores explicaciones. El caso volvería a las instancias inferiores y la medida cautelar seguiría en pie. Otro camino es que se tome su tiempo para habilitar la discusión entre sus integrantes –que todo indica que tendrían opiniones divididas en este tema– y, mientras tanto, le mande el expediente al procurador general de la Nación, Esteban Righi, para que emita un dictamen. A partir de hoy, todo es posible.

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