Mar 18.12.2012

EL PAíS  › CLARíN APELó EL FALLO SOBRE LA CONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY DE MEDIOS

Alfonso tiene la palabra

El juez tiene un máximo de tres días para decidir si hace lugar al planteo del grupo empresario, que además aspira a recuperar la suspensión de la aplicación de la ley dejada de lado en su fallo. De esa resolución dependerá si cambia el actual escenario.

› Por Irina Hauser

El Grupo Clarín sigue apostando a que no le apliquen la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, a pesar de que el viernes último el juez Horacio Alfonso rechazó sus planteos de inconstitucionalidad sobre cuatro artículos claves que definen la obligación de desprenderse de licencias y los límites de concentración. El multimedios apeló ayer esa sentencia y aspira, además, a recuperar la medida cautelar que lo protegía, que fue levantada por el magistrado. Ahora Alfonso tiene que definir si concede la apelación –algo probable–, pero la clave será con qué “efectos” lo hace: si es con “efecto suspensivo”, la aplicación de su propio fallo quedará en suspenso hasta que se expida la Cámara en lo Civil y Comercial; si opta por el “efecto devolutivo”, el escenario actual no cambiará y la Autoridad Federal de Aplicación (Afsca) podría continuar sin obstáculos con la transferencia de oficio, cuyo inicio le notificó ayer a la empresa.

El juez Alfonso tiene tres días para resolver si admite la apelación. Clarín interpreta que la sola presentación de ese recurso suspende la sentencia, por lo tanto no les podrían aplicar la ley. De ahí que durante el día de ayer, desde el Grupo se acusara a la Afsca de “desobediencia” al haber notificado de manera “improcedente e ilegal” –dicen– el inicio del proceso de cesión de licencias que Clarín se negó a hacer por voluntad propia. Además, los abogados de la empresa se aferran a una afirmación que hizo la Cámara en el fallo que extendió la cautelar un día antes del 7D, cuando dijo, pese a que no era lo que estaba en discusión, que para Clarín no había empezado a correr el plazo de desinversión de un año. En el Gobierno sostienen que la ley está plenamente vigente, ya que no hay medida cautelar ni ningún juez que haya dicho que es inconstitucional –razonan–; al contrario, el juez Alfonso confirmó la constitucionalidad.

El intríngulis está en el modo en que Alfonso defina que concede la apelación. Si lo hace con efecto suspensivo, quedará congelada su sentencia de fondo hasta que se expida la Cámara. Si le da efecto devolutivo, la Afsca podría seguir avanzando, también hasta que ese tribunal siente posición. En la Casa Rosada creen que el juez podría optar por este segundo camino (aunque el Código Procesal prioriza el efecto suspensivo), teniendo en cuenta que la Corte Suprema fue la que llamó a favorecer la resolución de fondo y a dejar de aplicar medidas cautelares eternas; pero también recuerdan que la propia Cámara sostuvo que la cautelar caía cuando llegara la “sentencia definitiva”. Se suele llamar así a los fallos de fondo, de cualquier instancia, como el de Alfonso. Clarín equipara “sentencia definitiva” con “sentencia firme”, que es la de la última instancia, la que ya no se puede apelar, para decir que la cautelar debe regir hasta entonces.

Cuando la apelación llegue a la Cámara, la resolverá la Sala I, integrada por María Susana Najurieta, Francisco de las Carreras (denunciado por el Gobierno por posibles dádivas del grupo empresario) y desde la semana pasada por el camarista Ricardo Guarinoni, asignado por sorteo (ver aparte). Los dos primeros jueces durante todo este proceso judicial fallaron a favor de Clarín. Ahora tendrán que decidir dos cuestiones: si implantan otra vez una medida cautelar y si declaran o rechazan la inconstitucionalidad de los artículos de la ley de medios que según el juez Alfonso no violan la Constitución.

Si la Cámara, tal como sospechan en el Gobierno, vuelve a bloquear la aplicación de la ley y demora una definición, es probable que pidan otra vez un per saltum si esa tardanza provoca el resultado de una sentencia. De ese modo tratarán de trasladar todo el debate a la Corte Suprema. Ese tribunal será el que termine decidiendo la suerte de la ley de medios.

Uno de los puntos que podrían suscitar polémica en los próximos días es si ya está cumplido el plazo de un año para la desinversión. Del fallo de la Corte Suprema de mayo último, que había fijado el 7D como fecha de vencimiento para la cautelar, se infería que a esta altura ya estaría agotado ese lapso. La Cámara, sin embargo, dijo que aún no se empezó a computar. El juez Alfonso, en su sentencia del viernes, sostuvo que con los “tres años transcurridos” por efecto de las medidas cautelares a favor de Clarín, lo razonable es que a esta altura ya “hubiera elaborado racional, conveniente y organizadamente un programa progresivo de adecuación”.

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