Dom 06.01.2013

EL PAíS  › EL GRUPO CLARIN PRESENTO UN PEDIDO DE RECUSACION CONTRA MARTIN SABBATELLA

Con otra maniobra y desde otro frente

El multimedio argumentó que el titular de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual actúa con “enemistad manifiesta”. “Es absurdo que intenten recusarnos porque queremos que todos los grupos cumplan con la ley”, reaccionó el funcionario.

› Por Sebastian Abrevaya

Año nuevo, maniobra nueva. El Grupo Clarín presentó un pedido de recusación contra el titular de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, Martín Sabbatella. Invocando el artículo 17 del Código Procesal Civil y Comercial y la ley de procedimientos administrativos, el multimedio sostiene que Sabbatella actúa con “enemistad manifiesta” y cita declaraciones periodísticas en las que dice que todos los grupos deben cumplir con la ley y que el 7 de diciembre se iniciaría la adecuación de oficio para aquellos que no lo hagan. Además, se remite a la denuncia penal por “incitación a la violencia colectiva y coacción” que el mismo grupo realizó hace unas semanas, en la que se involucraba a varios periodistas. “Es absurdo que intenten recusarnos porque queremos que todos los grupos empresarios cumplan con la ley, sin excepciones ni privilegios”, respondió ayer Sabbatella, quien consideró que se trata de un nuevo intento por obstruir la aplicación integral de la norma.

Cuando todavía sigue pendiente de resolución en la Justicia Civil y Comercial sobre la cuestión de la constitucionalidad de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, el Grupo Clarín decidió avanzar en otro frente para evitar adecuarse a la norma sancionada hace más de tres años. Esta vez se trata del plano administrativo, cuestionando a Sabbatella y solicitando que se rechacen las intimaciones realizadas por el organismo.

“El proceso administrativo debe respetar la garantía constitucional del debido proceso. Es evidente que la imparcialidad de los jueces (o de las autoridades que realizan actividad jurisdiccional) es un principio fundamental de la garantía del debido proceso, que se ve amenazada en este caso”, asegura Clarín en su escrito de 16 carillas, firmado por su apoderada María de los Milagros Páez.

El inciso 5 del artículo 17 del Código Procesal, invocado por el multimedio, establece como causal de recusación “ser o haber sido juez denunciador o acusador del recusante ante los tribunales, o denunciado o acusado ante los mismos tribunales, con anterioridad a la iniciación del pleito”. Según el escrito, la causal de recusación se funda en que el Grupo Clarín “denunció penalmente a Sabbatella por los delitos de incitación a la violencia colectiva y coacción”. En aquella denuncia había involucrado a un grupo de periodistas, aunque después dijo que sólo solicitó su citación como testigo y posteriormente dijo que dio marcha atrás.

Como la recusación debe resolverla el “superior jerárquico” de Sabbatella, en este caso el Poder Ejecutivo, el Grupo anticipó que para ellos eso implica una “falta de garantías” porque la actitud de la autoridad de aplicación de la ley “se inserta en el reprochable accionar del gobierno nacional con el único y solo fin de controlar la prensa libre a través del avasallamiento de toda clase de derechos”. Además de solicitar el apartamiento de Sabbatella, el Grupo criticó las resoluciones tomadas por el organismo como las que establecieron el reglamento de adecuación de oficio.

Según Sabbatella, se trata de “una nueva maniobra para ganar tiempo y dilatar la aplicación integral de la ley ya que Clarín sabe que la ley es constitucional y que más tarde o más temprano se va a aplicar”. “Parece que algunos todavía se resisten a entender que en la Argentina se terminaron las situaciones de privilegio, que las leyes son iguales para todos y que es el Estado quien debe garantizar que se cumplan. Aquellos que se niegan a cumplirlas son los que deberían explicarle a toda la sociedad por qué pretenden que la ley sea una para todos y otra para ellos”.

“La enemistad manifiesta
no significa decirle a Clarín

que cumpla la ley”, aseguró a Página/12 Sergio Zurano, director de Asuntos Jurídicos de la Afsca, quien detalló que es un error equiparar la imparcialidad de un juez con la del titular de la autoridad de aplicación de una ley. “Es como decir que un inspector de tránsito tiene enemistad manifiesta porque no te permite pasar un semáforo en rojo”, graficó Zurano. “Esto no adelanta ni atrasa la definición de la cuestión de fondo; tiene que ver con el expediente administrativo. Pero la intención es ir preparando el camino para hacer otro tipo de presentación judicial más adelante y continuar trabando la ley”, completó. En ese marco, el funcionario remarcó que Clarín “no puede hablar jamás de que no tienen garantías cuando tienen hace tres años y medio la ley parada. Siempre se ha respetado, más allá de que uno de los poderes tiene un vicio evidente”, insistió Zurano en referencia a las irregularidades denunciadas sobre el Poder Judicial y en particular sobre la Sala I de la Cámara Civil y Comercial.

En paralelo, los jueces de guardia, Francisco de las Carreras, Ricardo Guarinoni y Graciela Medina dispusieron la habilitación de la feria de enero para comenzar el análisis de la apelación presentada por Clarín. Sin embargo, en la Afsca analizaban esa decisión como un gesto que les permitía dar “el golpe fuerte” que fue aceptar la medida cautelar solicitada por la Sociedad Rural por el predio ferial de Palermo. “No les costaba mucho adelantar 17 días en una causa que puede tardar 6 y 8 meses”, reflexionó un hombre del kirchnerismo. Con el fallo de la Cámara, las partes podrían ir a la Corte y aun cuando ésta determinara la constitucionalidad de la ley, podría comenzar a operar un planteo judicial en el fuero contencioso administrativo.

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