EL PAíS › LA CORTE SUPREMA CONVOCó A UNA AUDIENCIA PúBLICA SOBRE LA LEY DE MEDIOS
La cita es el 28 de agosto y coincide con el aniversario del diario. El Gobierno y el multimedios expondrán sus posiciones y también podrán hacerlo hasta diez organizaciones (cinco para cada parte) como “amicus curiae”.
› Por Irina Hauser
Como paso previo a definir sobre la validez constitucional de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (Ldsca), la Corte Suprema convocó al gobierno nacional y al Grupo Clarín a exponer sus posiciones en una audiencia pública. Cada parte, estableció el tribunal, tendrá la posibilidad de ir acompañada por cinco “amicus curiae”, es decir, terceros interesados (organizaciones, universidades, entidades, cooperativas) que podrán sumar argumentos para defender una de las posiciones. En una resolución firmada por todos sus integrantes, el alto tribunal sostuvo que decidió hacer la convocatoria debido a “la trascendencia de las cuestiones planteadas” y para “permitir la participación ciudadana” y “favorecer la difusión pública” del debate. La convocatoria es el 28 de agosto, justo el día del cumpleaños del diario Clarín.
“Si la Corte considera que hace falta hacer esta audiencia y escuchar a ‘amicus’ como para entonces poder resolver, vamos a colaborar. La tendencia monopólica, la concentración mediática y la competencia desleal lesionan la libertad de expresión. No puede ser que desde hace cuatro años que no podemos aplicar la ley fruto de las maniobras judiciales que Clarín despliega para sostener su privilegio y su posición dominante del mercado. Es necesario que la Corte resuelva lo más rápido posible”, le dijo a Página/12 Martín Sabbatella, titular de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca). En el organismo, a primera vista, no ven el llamado a una audiencia como una instancia dilatoria, sino como una oportunidad para sumar y mejorar la argumentación. Lo mismo creen en el Grupo Clarín. “Será una ocasión para explicar por qué nos parece negativa la ley de medios”, señaló uno de los apoderados, Damián Cassino, consultado por este diario.
La experiencia de los últimos casos que la Corte llevó a audiencia pública, como el de la comunidad qom La Primavera o el de derecho a la vivienda de la ciudad de Buenos Aires, indica que no debería pasar más de un mes –como una referencia estimativa– hasta que haya una sentencia. Las audiencias públicas tienden a ser referencias de que un expediente está en su recta final. En relación con la ley de medios, además del interés público y la evidente intención del alto tribunal de agotar todas las instancias de debate para que nadie le recrimine nada a futuro, también habría una dificultad interna, ya que los jueces supremos todavía no tendrían una mayoría consolidada de al menos cuatro votos para fallar en uno u otro sentido sino que estarían divididos.
La Corte redactó un reglamento específico para la audiencia que convocó, en el que establece que cada parte –Clarín y el Gobierno– tendrá 30 minutos para exponer su postura. Entre ellas podrá haber réplicas. Las organizaciones que les darán refuerzo disponen de un máximo de 15 minutos para explicar su postura y fundamentos. Hasta hace un tiempo, quienes se presentaban como “amicus curiae” no tenían obligación de aclarar a quién apoyaban, pero ahora sí, incluso deben ser convocados formalmente. En este expediente ya habían pedido participar, anticipándose, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), la Asociación Interamericana de Radiodifusión (una suerte de cámara empresaria internacional), el Observatorio Iberoamericano y también la diputada Patricia Bullrich. Es posible que tengan que volver a presentarse con una de las partes, y además anticipar por escrito los ejes de su exposición. Las reglas establecidas por la Corte impiden la participación como terceros interesados de quienes son miembros de poderes del Estado, de las provincias o de la ciudad de Buenos Aires.
Desde octubre de 2009, cuando fue sancionada la Ldsca, el expediente donde Clarín cuestiona la constitucionalidad pasó varias veces por la Corte. Con matices según la ocasión, y a pesar de pronunciarse en contra de la prolongación de las medidas cautelares, el tribunal permitió la extensión hasta la actualidad de la cautelar que exime al holding de desprenderse de licencias de radio y televisión según los topes establecidos por la norma. En primera instancia, hubo un fallo a favor del Estado que confirmó la constitucionalidad de la ley. Pero la Sala I de la Cámara en lo Civil y Comercial declaró inconstitucionales los puntos clave de los artículos 45 y 48: el primero establece las limitaciones a la concentración de licencias y el segundo dice que en el régimen de multiplicidad de licencias no hay un derecho adquirido.
La Cámara invalidó así el tope de 24 licencias de cable establecido por la Ldsca, el impedimento de superponer un canal de aire y servicio de cable, el máximo de titularidad de señales y el tope que restringe la cantidad de abonados al 35 por ciento del mercado. Atacó de esa manera el núcleo antimonopólico de la ley y lo hizo con el argumento de que las restricciones generan inseguridad económica para el Grupo Clarín, le restan capacidad competitiva y coartan la libertad de expresión. A la vez, confirmó la constitucionalidad del artículo 161, que fija el plazo de desinversión de un año, y del 41, que impide la transferencia de licencias.
Todo esto es lo que tiene que revisar la Corte Suprema y sobre lo que deberá expedirse. En el reglamento redactado para la audiencia el temario del debate está específicamente ceñido a esos cuatro artículos de la Ldsca. Cuando le tocó dictaminar, la procuradora general Alejandra Gils Carbó consideró que la Cámara ignoró “la irrenunciable protección de los derechos de las personas a la libre expresión y a la información plural, que resulta incompatible con la elevada concentración de medios de comunicación”. El CELS, en el “amicus” que ya presentó, señaló que la legislación y la jurisprudencia en otros países, como en Estados Unidos, son antimonopólicas, similares a la que propone la Ldsca.
Una audiencia pública inevitablemente dejará a la vista cuál es el eje de la discusión para cada quién: si la libertad de expresión y la democratización del sistema de medios o una cuestión patrimonial y de rentabilidad económica.
(Versión para móviles / versión de escritorio)
© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina
Versión para móviles / versión de escritorio | RSS
Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados
Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux