EL PAíS › AUMENTO SEMESTRAL DEL 17,2 POR CIENTO. EN EL AÑO, 30,47 POR CIENTO
La actualización de haberes llevará la jubilación mínima a partir de septiembre a 3231,63 pesos. La movilidad del segundo semestre, del 17,2 por ciento, permite compensar la pérdida de poder de compra del período anterior.
El aumento de las remuneraciones a los jubilados y pensionados nacionales a partir del 1º de septiembre, por la aplicación del sistema de movilidad semestral de haberes, será del 17,21 por ciento sobre los montos actualmente vigentes. El acumulado anual resultante, tomando en cuenta el incremento ya aplicado en marzo pasado, es del 30,47 por ciento. La nueva mínima jubilatoria pasará así de los 2757,13 pesos actuales a 3231,63 pesos, mientras que el haber promedio, actualmente de 5755,61 pesos, alcanzará a partir de septiembre a 6746,15 pesos. La medida, anunciada ayer, beneficia a 7.422.886 jubilados y pensionados (poco más de 5,9 millones de jubilaciones y pensiones del sistema previsional integrado y casi 1,5 millón de pensiones no contributivas).
Según algunos cálculos distribuidos ayer por la Anses, la inversión social resultante del aumento es de 93.126 millones de pesos, al comparar el monto global de prestaciones de la seguridad social del año 2013 con las que acumulará el año corriente, incluyendo en la cifra las sentencias judiciales, subsidios y financiamiento de otros subsistemas previsionales. El actual es el sexto año de vigencia de la Ley de Movilidad Jubilatoria, aplicada por primera vez en marzo de 2009. Con el actual aumento semestral otorgado, el decimosegundo, el incremento acumulado en ese período alcanza el 368 por ciento.
Entre la jubilación mínima hasta junio de 2003 y la que entrará en vigencia el 1º de septiembre (al pasar de 150 pesos a 3231,63 pesos), el aumento acumulado es del 2054 por ciento. La mejora real de dicha evolución puede verificarse a través de la conversión del haber mínimo en dólares: en 2003, esos 150 pesos equivalían a 52 dólares según su cotización oficial. Con la nueva actualización, la jubilación de base de 3231,64 pesos equivalen a alrededor de 395 dólares por su cotización actual. El aumento resultante por valor dólar entre 2003 y 2014 es superior al 660 por ciento.
La primera aplicación de la Ley de Movilidad Jubilatoria, que establece una adecuación semestral de acuerdo con una fórmula que combina recursos tributarios, cantidad de beneficiarios e índice de salarios, fue en marzo de 2009 y ubicó la mínima en 770,66 pesos. El aumento acumulado en las doce actualizaciones dispuestas a partir de aquélla, según sostiene la Anses en su análisis, supera cualquiera de las alternativas que entonces se presentaban como más beneficiosas para los jubilados.
En efecto, el incremento por el índice de movilidad jubilatoria (368 por ciento) fue superior al que hubiera resultado de aplicar el índice de remuuneraciones de trabajadores estables (Ripte), cuyo aumento acumulado alcanzaría al presente al 303 por ciento. Mayor aún es la diferencia respecto del índice de salarios conocido como Badaro (por la causa judicial de un jubilado con ese apellido, en la que la sentencia impuso ese parámetro para el ajuste de jubilaciones y pensiones), que en estos seis años hubiera resultado en un incremento del 249 por ciento.
De tal forma, mientras que con el índice de movilidad jubilatoria, el haber mínimo resultante para septiembre es de 3231 pesos, por el índice Ripte sólo hubiera alcanzado a 2781,31 pesos, y aplicando el índice de salarios Badaro se ubicaría en 2407,33 pesos.
Una estimación extraoficial comparativa de la evolución del haber mínimo de cada año con respecto al índice de precios “alternativo” al del Indec, considerando las estimaciones de consultoras privadas hasta diciembre de 2013, y el IPCnu a partir de enero de este año, arroja los siguientes resultados: en valores deflactados, el haber mínimo que se alcanzará en septiembre resultaría entre un 12 y 15 por ciento superior al nivel vigente en septiembre de 2011 (en nivel de poder adquisitivo), entre 8 y 10 por ciento superior a septiembre de 2012, y similar o un par de puntos inferior al nivel de septiembre de 2013. En este último caso, el aumento real del último semestre (marzo-septiembre de este año ) habría compensado la caída real del semestre anterior (septiembre 2013-marzo 2014), en el que la inflación superó marcadamente el incremento de haberes del 11,3 por ciento.
La ley de movilidad jubilatoria determina que la variación previsional nunca podrá ser negativa, aunque el resultado del índice muestre una evolución negativa. En caso de que esto último ocurra, los haberes de jubilados y pensionados permanecerían inalterados.
En cuanto al cuadro estructural del universo de jubilados y pensionados incluidos en el Sistema Integrado Previsional (5.932.131 personas), el 52,8 por ciento cobra el haber mínimo. Vale recordar que recién a partir de marzo de 2009 se dispuso un régimen por el cual el porcentaje de actualización es idéntico para todas las categorías de haberes. De ese modo, se evita el “achatamiento de la escala”, ya que cuando la mínima aumentaba más que los haberes de las escalas superiores, con cada suba iba creciendo la cantidad de jubilados abarcados por la mínima.
Del 47,2 por ciento que percibe más de la mínima, 17 por ciento se ubica en el rango de uno a dos haberes mínimos (más de 3232 pesos y hasta 6464 pesos), 12,5 por ciento dos mínimas (6464 pesos) y 17,7 por ciento más de dos mínimas (por encima de 6464 pesos).
En lo que respecta a la estructura de los recursos corrientes de Anses del año 2013, por cada 100 pesos que recibió el organismo, 16,60 pesos provenían de lo recaudado por el Impuesto a las Ganancias. En cuanto al destino de los fondos, por cada 100 pesos que ingresan, 77,70 se destinan al pago de jubilaciones y pensiones.
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