EL PAíS
› EL JUEZ DE BAHIA BLANCA RECHAZO EXTRADITAR A ASTIZ
Otra vez Canale dijo que no
Por segunda vez, el juez federal Canale tuvo que decidir sobre un pedido francés de extradición. Previsiblemente, dijo que no. El ex marino seguirá detenido indefinidamente por la causa ESMA.
› Por Laura Vales
El juez federal de Bahía Blanca Alcindo Alvarez Canale denegó la extradición a Francia de Alfredo Astiz, reclamada por la desaparición de las monjas Alice Domon y Leònie Duquet. Como el gobierno de Francia ya había enviado un pedido similar en 1990, el magistrado argumentó que un caso de extradición ya resuelto no puede volver a repetirse. El fiscal Hugo Cañón recusó ayer mismo al juez, que rechazó su escrito, y anunció que apelará ante la Corte Suprema, ya que considera que “no hay seguridad en la Argentina de que pueda realmente haber un juicio contra Astiz por las monjas francesas”.
El ex marino fue trasladado temprano al juzgado federal por personal de la Prefectura. En la puerta ya esperaban militantes de organizaciones de derechos humanos que permanecieron frente al edificio hasta el final del proceso, cuando hubo incidentes con la custodia. En la audiencia no se permitió el ingreso al público. Participaron Alejandro César Romero, secretario penal de Alvarez Canale; el fiscal Antonio Horacio Castaño, en representación de la acusación de Francia; el fiscal general de la Cámara Federal, Hugo Omar Cañón, y la defensora oficial María del Carmen Valdunciel de Moroni.
Astiz fue condenado en ausencia en París por los asesinatos de Domon y Duquet. Este fue el tercer pedido de extradición que enfrenta el ex marino y que trata Alvarez Canale. Por esta razón fue que el fiscal Cañón lo recusó. “Ya tiene posición tomada con respecto al caso, pues intervino ante un pedido similar, oportunidad en la que consideró que el fallo francés era nulo”, dijo Cañón, quien agregó que el juez había anticipado además su postura en un reportaje radial. El planteo fue rechazado por Alvarez Canale, quien precisamente trajo a colación su intervención anterior para cerrar el tema por ya tratado.
En su descargo, el procesado Astiz dijo escuetamente “no tener nada que agregar a lo expresado ayer” y reiteró que optaba por “ser juzgado en el país”. Su defensora alegó que el asesinato de las monjas francesas debe ser juzgado en la Argentina en base a principios de soberanía nacional. Sostuvo a la vez que ambos crímenes son “cosa juzgada” y que en última instancia están siendo investigados por el juez federal Sergio Torres, a cargo de la reapertura de la causa ESMA.
El fiscal señaló que no hay garantías de justicia “porque la Corte Suprema no se ha pronunciado sobre la inconstitucionalidad” de las leyes de impunidad. “Esto torna incierto el futuro.” Mientras tanto, en Francia “está todo listo para que el juicio comience inmediatamente”. De ser llevado a París, se haría allí un segundo proceso porque el primero fue en ausencia.
Además de denegar la extradición, Alvarez Canale rechazó los pedidos de inconstitucionalidad formulados por Astiz, uno contra la ley de nulidad de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida y otro relacionado al decreto del presidente Néstor Kirchner sobre las extradiciones. De todas maneras, el juez no se refirió a la cuestión de fondo, sino que solamente dijo que era algo que no correspondía resolver en la actuación de ayer.
Al retirarse del edificio acompañado por una fuerte custodia, el público escrachó a Astiz con huevazos y gritos de “asesino”, mientras la Prefectura y la policía bonaerense forcejeaban a golpes y empujones con los manifestantes. El camarógrafo Guillermo Bambozzi, del Canal 9 bahiense, fue herido y derivado a un hospital de la zona.
Astiz fue llevado en un móvil de la Prefectura a una unidad de esa fuerza en el puerto de Ingeniero White, donde permanecerá hasta que se decida su traslado a la Capital Federal por la causa ESMA. Seguirá preso por orden del juez federal Sergio Torres, que lleva el proceso del centro de torturas en la escuela naval. En relación con la apelación ante la Corte Suprema, el tribunal no tiene plazos para expedirse.