EL PAíS › SUSPENDEN LA DESIGNACIóN DE MARCELO VáZQUEZ EN CASACIóN, PERO NO REPONEN A LUIS CABRAL
La Cámara en lo Contencioso Administrativo rechazó el pedido del magistrado para ser restituido como subrogante en la Cámara Federal de Casación y, a la vez, suspendió el nombramiento de su reemplazante designado por el Consejo de la Magistratura.
› Por Irina Hauser
En un fallo que contiene dos fuertes efectos bien distintos, la Cámara en lo Contencioso Administrativo rechazó el pedido del juez Luis María Cabral para ser restituido como subrogante en la Cámara Federal de Casación Penal y, a la vez, suspendió el nombramiento de su reemplazante, el conjuez abogado Marcelo Vázquez, quien había sido designado por el Consejo de la Magistratura. Los jueces Clara Do Pico y Rodolfo Facio pusieron en tela de juicio la nueva ley de subrogancias y establecieron que hasta que se resuelva la discusión de fondo sobre su validez constitucional no se podrán aplicar los dos primeros artículos, que son los que conceden al cuerpo de consejeros la facultad de hacer nombramientos de jueces interinos. Por lo pronto, dijeron que será la propia Casación la que nombre un juez interino en lugar de Vázquez y que debe hacerlo según la vieja ley. El expediente podría llegar a la Corte Suprema.
Si se pone en la balanza quién gana y quién pierde por ahora en esta batalla judicial, Cabral es quien protagoniza los peores resultados. Desde que el Consejo lo desplazó de la suplencia en Casación, donde llevaba casi cuatro años designado a dedo, ya cuatro tribunales negaron reponerlo en decisiones de distinto tenor: la Corte Suprema rechazó un pedido del fiscal de Casación Raúl Pleé, quien pedía que siguiera interviniendo en cuarenta causas donde ya se habían realizado audiencias orales; lo mismo, ante igual planteo, decidió la propia Casación; mientras que el juez de primera instancia Esteban Furnari rechazó una medida cautelar pedida por el propio Cabral, con el argumento –entre otros– de que su subrogancia estaba terminada con la vigencia de la nueva ley promulgada a mediados de junio. Ahora, finalmente, la Cámara del fuero contencioso también rechazó reponer a Cabral. “La restitución del doctor Cabral a la subrogancia tendría efectos irreversibles al tiempo de dictarse la sentencia definitiva”, dice el fallo. Todavía el juez –cuyo cargo original es en el Tribunal Oral Criminal 9– tiene posibilidades de recurrir a la Corte Suprema para plantear el debate de base.
La otra arista de la polémica es la que atañe a la constitucionalidad de la ley de subrogancias que este año reemplazó el viejo sistema, por el cual el propio Poder Judicial designaba jueces interinos a través de las cámaras, por uno donde puede hacerlo el Consejo de la Magistratura. La Cámara en lo Contencioso no se expidió sobre la validez constitucional, pero anticipó un posible criterio de inconstitucionalidad. Citó, para eso, un fallo reciente de la Sala II de la Cámara Federal que cuestionó que el Consejo de la Magistratura haya sido facultado para nombrar suplentes con una mayoría simple de sus miembros, de modo que las designaciones las podrían hacer los representantes del estamento político. También objetó que puedan ser nombrados como interinos en forma indistinta jueces, secretarios o abogados de una lista de conjueces confeccionada por el Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado. Sostuvo que había que dar prioridad a un sistema que tenga en cuenta a los propios jueces y aplique un sistema de sorteo (que, en rigor, no se aplicó para Cabral).
La ley actual (27.145), dijeron los jueces Do Pico y Facio, “no parece compatible con los principios constitucionales de imparcialidad, de independencia judicial y de seguridad jurídica, que hacen, inequívocamente a la forma republicana de gobierno, la circunstancia de que una mayoría simple sea suficiente para ejercer la delicada función de designar a quienes desempeñarán la magistratura”. La suspensión de parte de la ley y de la designación de Vázquez tiene, según el fallo, un plazo de seis meses. El fallo aclara que todas las decisiones en las que este juez haya intervenido no están en duda ni podrían ser cuestionadas.
Por ahora, al nuevo subrogante deberá nombrarlo la Casación Federal, con el régimen anterior que prioriza el sorteo entre jueces. La Cámara señaló que se debe tener en cuenta, a la hora de designar, la existencia de la nueva Cámara de Casación ordinaria. También recordó que el concurso para cuatro vacantes en la Cámara de Casación Federal podría terminar y el cargo ser cubierto antes. De hecho el Consejo pudo haber votado las ternas hace dos meses, y no lo hizo. La votación quedó trabada por la falta de apoyo de Cabral, los radicales y otros representantes judiciales en el Consejo.
Quien reemplace a Vázquez tendrá que resolver, entre los grandes asuntos, la causa sobre la constitucionalidad del Memorándum de Entendimiento con Irán. Todavía, a la par, seguirá la pulseada en tribunales: el Consejo de la Magistratura –vía Ministerio de Justicia– recurrirá a la Corte para cuestionar la suspensión de la nueva ley; Cabral también tiene la posibilidad de elegir el mismo camino.
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