EL PAíS › OPINIóN
› Por Santiago Marino *
Mauricio Macri decidió la intervención de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca) y la Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y la Comunicación (Aftic), mediante el Decreto 236/2015. Tendrá una duración de 180 días (es un plazo prorrogable) y fue anunciada en conferencia de prensa por el ministro de Comunicaciones, Oscar Aguad, en la mañana de ayer, con anterioridad a la publicación del Boletín Oficial. Es la confirmación de la tendencia de tomar decisiones por decreto y sin consenso. La de impacto más profundo en las políticas de comunicación. Y la apertura a un escenario en que los actores potentes del mercado volverán a incidir en la configuración del campo.
El titular del ministerio creado por otro Decreto (el 13/2015 que había reformado los artículos 10 y 12 de la ley audiovisual) cumplió con su promesa de avanzar en la intervención de los organismos de aplicación de las leyes 26522/09 (mal llamada “de medios”) y 27078/14 (de telecomunicaciones, conocida como Argentina Digital). Por otro lado, alteró la forma y parte de la herencia del gobierno de Cristina Fernández en relación con los medios. Esto lo hace en línea con su afirmación reciente: “la ley de medios no va a subsistir a nuestro gobierno”.
Esta decisión implicó la reacción del presidente del directorio (que solicitó una medida cautelar y un hábeas corpus), de organizaciones vinculadas a la comunicación comunitaria y sin fines de lucro de Argentina y América latina y de todo el campo de la comunicación, que incluyó los trabajadores de los medios privados concentrados y hasta organizaciones de la sociedad civil no afines al kirchnerismo, como Fopea y ADC. Además de movilizaciones hacia la sede de Afsca.
Así, la política de comunicación de la Alianza Cambiamos toma forma. Mediante una serie de decretos avanzó en varias zonas de la estructura heredada: creó “el Sistema de Medios y Contenidos Públicos” (Decreto 12/2015) en reemplazo de Radio y Televisión Argentina (Canal 7, Radio Nacional, RAE, Télam, Bacua, la porción nacional de Telesur y los agregados Centro Cultural Kirchner y Tecnópolis) cuyas funciones y competencias se definieron en el demorado Boletín Oficial del día de ayer; designó nuevas autoridades en ARSat y definió que el Ministerio de Comunicaciones opere sus acciones y las de Correo Argentino.
El Decreto 236/2015 reforma una ley aprobada por amplias y diversas mayorías y con legitimidad robusta con una decisión del PEN que no es resultado de la búsqueda de consensos. Esto sienta un precedente peligroso, dado que con estos argumentos el PEN podría intervenir casi cualquier organismo. Y podría afectar incluso la generación de políticas a largo plazo, que trasciendan los cambios de gobierno. Su apelación a que la Afsca no cumplió en este tiempo el art. 47 de la ley audiovisual parece escaso. Más si es el único argumento con cierta solidez y que no se basa en supuestos ni condicionales.
El texto es una obra peculiar e incluye una serie de verbos en condicional que sorprende para un instrumento legal. Abundan los “se verificaría” y “se habría aprobado”. El primer considerando da cuenta del derecho de los consumidores (cita al art. 42 de la CN) en contraposición con el paradigma del Derecho a la Información que guía la ley audiovisual. El objetivo de intervenir los organismos se complementa con el de fusionarlos, en pos del desarrollo tecnológico sucedido tras la sanción de ambas leyes. En este aspecto desconoce que el art 14 de la ley audiovisual establece que el presidente y los directores de Afsca “sólo podrán ser removidos de sus cargos por incumplimiento o mal desempeño de sus funciones”. Y que la “la remoción deberá ser aprobada por los dos tercios del total de los integrantes del Consejo Federal de Comunicación Audiovisual”. A su vez, los avances que reclama para la ley Argentina Digital bien podrían ser resueltos con la sanción de su Decreto Reglamentario, nunca aprobado.
Nada de lo dicho hasta aquí desplaza las críticas que planteara oportunamente a la aplicación de la ley audiovisual desde su sanción. Y fundamentalmente desde 2013 cuando la corte validó si Constitucionalidad. Pero la decisión del presidente Macri implica intervenir dos organismos autárquicos cuya composición involucra representantes de las minorías del Congreso. En el caso de Afsca, además, avanza sobre un ente creado por una ley que incluyó la participación formal de la ciudadanía para con los tres poderes de la República: los foros ciudadanos convocados por el PEN; las Audiencias Públicas en la Cámara de Diputados y la de Senadores para discutir el proyecto; y las realizadas por la Corte Suprema en ocasión de decidir la constitucionalidad de la ley ante la denuncia del Grupo Clarín.
La figura del interventor para los organismos que regulan la comunicación en el país nos lleva hacia atrás. Y permite recordar que entre 1983 y 2009 el Comfer estuvo intervenido porque si no debía estar a cargo de un general, un almirante y un brigadier. Pero también hacia adelante, para pensar el contexto y las condiciones en que se podría dar el debate por una política convergente para un sistema que tiene como marco la disputa por el mercado de los grandes jugadores: el campeón “nacional” Clarín y el “extranjero” Telefónica.
Argentina cuenta con un sistema de medios fuertemente concentrado y con altos niveles de incidencia de capitales extranjeros. El marco regulatorio vigente fue resultado de un debate intenso y que no logró trasformar esos rasgos por haber sido aplicado poco y mal. El camino adoptado desde el 10 de diciembre parece habilitar la profundización de esos aspectos, e interpelar a la ciudadanía como lo hace el Decreto: solamente como “consumidores”. Cambiaron.
* Profesor investigador UNQ-UBA-San Andrés.
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