Mié 10.02.2016

EL PAíS  › LAS IMPUGNACIONES A HORACIO ROSATTI Y CARLOS ROSENKRANTZ, LOS DOS ELEGIDOS DE MAURICIO MACRI PARA LA CORTE SUPREMA

Los dos candidatos del decreto llegan al Senado

La sesión extraordinaria del Senado dará estado parlamentario a sus pliegos, luego de que ambos hubieran aceptado ser designados por decreto. Quienes los cuestionan critican su visión de los derechos laborales, sociales y humanos.

› Por Irina Hauser

Una sesión extraordinaria en el Senado dará estado parlamentario al trámite de los pliegos de Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, los elegidos de Mauricio Macri para ocupar las vacantes la Corte Suprema. En realidad, ambos ya están nombrados por decreto, en comisión, pero como el alto tribunal no les tomó juramento y se mostró reacio a hacerlo ante la utilización de un procedimiento cuya constitucionalidad está en duda, al Gobierno no le quedó otra salida que intentar conseguir el acuerdo de la Cámara alta, el camino que debe atravesar cualquier aspirante a juez. El extremo interés y urgencia en completar la Corte no responde en lo esencial a una necesidad imperiosa –que existe pero podría esperar– de los tres supremos que quedan sino a las ansiedad del macrismo por garantizarse un perfil determinado de supremos que faciliten el respaldo judicial a las líneas de su gestión, que incluyen, como ya mostró, la derogación y modificación de leyes por DNU, medidas económicas por decreto, desmantelamiento del Estado, multiplicación de despidos y respaldo a actos represivos, entre otras cosas. Así lo reflejan muchas de las impugnaciones presentadas que advierten que los candidatos tienen posturas jurídicas que no admiten la discusión de derechos sociales (como vivienda y educación) en tribunales, tienen una visión restrictiva del derecho a huelga y a la protesta, y limitan la aplicación del derecho internacional lo que se contrapone con la política judicial de derechos humanos desarrollada en el país.

La objeción de base que recibieron Rosatti y Rosenkrantz es haber admitido su propio nombramiento en comisión, por un mecanismo de cuestionada validez constitucional, que pasó por alto el acuerdo del Senado, con un avance del Poder Ejecutivo sobre otro poder y sobre la independencia judicial. Designar dos supremos por decreto fue la decisión política inaugural de Macri. Invocó el artículo el artículo 99 (inciso 19) de la Constitución, que dice que el Presidente “puede llenar las vacantes de los empleos, que requieren acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso, por medio de nombramientos en comisión que expirarán al fin de la próxima Legislatura”. Igualó a los jueces con empleados y no se fijó en el momento. La medida causó estupor en el mundo judicial y en el político. Fue criticado en todos los ámbitos, y hasta dentro de Cambiemos. No hay un antecedente semejante en democracia. Las impugnaciones recuerdan, además, como reveló Página/12, que el propio Rosatti se opuso al nombramiento de jueces en comisión en su Tratado de Derecho Constitucional al advertir que genera problemas de “seguridad jurídica”.

A mediados de diciembre, mientras despedía a Carlos Fayt, el presidente del tribunal, Ricardo Lorenzetti, dijo que ambos juristas eran “bienvenidos” y que les tomaría juramento. Al día siguiente estaba sentado en la Casa Rosada con quejas. En un acuerdo extraordinario su colega Juan Carlos Maqueda, encolerizado, planteó que si la Corte tomaba juramento, avalaría por anticipado un modo de designación que ya se judicializaba. Hubo, de hecho, una medida cautelar del juez Alejo Ramos Padilla que frenaba la asunción. Otra jueza porteña, Claudia Rodríguez Vidal, en cambio rechazó un planteo. Lorenzetti tuvo una segunda reunión con Macri antes de que partiera a Davos y el fin de semana último llamó al ministro de Justicia, Germán Garavano, alarmado por versiones de ampliación del tribunal a siete miembros, lo que diluiría su poderío. “No está en los planes del Presidente ahora”, fue la respuesta. En Justicia atribuyen los rumores al Frente para la Victoria y al radicalismo, que intentan negociar si prestan o no acuerdo al dúo que promueve el Gobierno.

Además de dilatar la jura, el Gobierno puso en marcha el mecanismo previsto en el decreto 222 del año 2003, que impulsó Néstor Kirchner inspirado en el documento “Una Corte para la democracia” (que suscribía un grupo de ONG) y cuyo objetivo es autolimitar al Poder Ejecutivo en sus facultades para designar jueces. El decreto instaló un mecanismo de consulta pública sobre los candidatos elegidos, que comienza antes de proponerlos ante el Senado, y que allí tiene una nueva fase de recepción de opiniones, incluida una audiencia pública, que empezará en los próximos días (ver aparte). Como planteó Horacio Verbitsky en la edición del último domingo de Página/12, se trata de una herramienta cuya lógica está en contradicción con los nombramientos por decreto y en comisión.

En el conteo record de impugnaciones y avales que recibieron Rosatti y Rosenkrantz, los segundos fueron más que las primeras. Rosatti tuvo 2104 adhesiones y 1424 cuestionamientos; Ronsenkrantz, 2629 avales y 1428 rechazos. La mayoría de las impugnaciones fueron presentadas por organismos defensores de los derechos humanos como las Abuelas de Plaza de Mayo, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), H.I.J.O.S, la Asociación de Familiares de Desaparecidos y Detenidos por Razones Políticas y el Observatorio de Derechos Humanos, entre muchos otros. Uno de los reparos planteados, incluso por otras organizaciones –entre ellas un grupo de mujeres liderada por Malena Galmarini, esposa de Sergio Massa– es la falta de equilibrio de género, al postular dos varones. En otro aspecto referido a la pluralidad, la DAIA valoró en forma positiva a Rosenkrantz con el argumento de que sería el primer judío en la integrar la Corte. El dato curioso es que sus amigos de la infancia quedaron sorprendidos: cuentan que “Carlitos”, como le decían, no sería judío, que sólo su familia paterna lo es, incluso recuerdan que está bautizado y sus hermanas también. Otros avales llegaron de la Academia de Derecho y Ciencias Sociales, la Conferencia Episcopal, el Colegio de Abogados porteño, la Federación de Colegios de abogados, la Academia de Ciencias Morales y Políticas, ex titulares de la Asociación de Derecho Constitucional y la Comunidad Homosexual Argentina (a quienes Rosenkrantz defendió).

La lectura de las impugnaciones es clave para entender el por qué los nombres elegidos y las razones del apuro en que ocupen el cargo. Gran parte de los conflictos sociales, económicos y políticos en ciernes, no sólo amagan con judicializarse sino con ir camino a la Comisión o la Corte Interamericana de Derechos Humanos, instancia cuestionada de un modo u otro cuestionada por ambos abogados. Sin ir más lejos, por la detención de Milagro Sala un grupo de organismos acaba de recurrir a la OEA. Rosatti, ex ministro de Justicia de Kirchner, sostiene que hay casos donde cabe no aplicar tratados internacionales, aunque estén incorporados al ordenamiento argentino, o dejarlo librado a la interpretación de los jueces, lo que es considerado por varios organismos como un problema para la protección de los derechos humanos. En esa línea, pone en duda el carácter vinculante de los fallos de la Corte Interamericana y descarta la obligación de los jueces de tener en cuenta el derecho internacional. Del mismo modo, Rosenkrantz, rector de la universidad de San Andrés, directamente escribió sobre dos fallos fundantes en la reapertura de los juicios de lesa humanidad (como “Simón” y Mazzeo”), lo que incluye la inconstitucionalidad de las leyes de impunidad, y criticó la aplicación del derecho internacional de los derechos humanos que, alega, carecerían del mismo “estatus” que el derecho local. En cuanto a los derechos económicos sociales (acceso a la salud, vivienda, educación), su planteo es que no son reclamables ante los tribunales, que no estarían preparados para eso. A su entender el derecho a la protesta es limitado: “piquetear una ruta es delito” y es una modalidad no protegida por la libertad de expresión. Rosatti cree que el derecho a huelga es una atribución exclusiva de los sindicatos. También confrontó con el fallo de la Corte que reconoce el aborto no punible en casos de violación.

Las posturas de Rosatti y Rosenkrantz chocan con el camino construido por la propia Corte en los juicios por crímenes del terrorismo de Estado y otras cuestiones relativas de los derechos humanos y la libre expresión. Pero también parecen preparar el terreno para cuando vayan llegando surcando tribunales hasta llegar a la Corte los decretos y DNU cuestionados, que ya abarcan desde la ley de medios hasta el tarifazo de la luz sin audiencia, y arrastrará a todas las medidas de destrucción del Estado, protestas, despidos, carencias y los despliegues represivos a balazos como el que se vio con la Murga de Bajo Flores (Los Auténticos Reyes del Ritmo) y que el Gobierno en un comienzo intentó respaldar.

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