EL PAíS › EL COMISIONISTA PRESO POR EVASIóN QUEDó LIBRE COMO TESTIGO PROTEGIDO
Después de declarar ante Casanello en la causa por lavado de dinero contra el empresario Lázaro Báez, Fariña quedó bajo el régimen de testigo protegido. El tribunal de La Plata decidió entonces que siguiera en libertad su causa por evasión impositiva.
Finalmente, el comisionista Leonardo Fariña logró salir de la cárcel, que habitaba desde 2014 a la espera de un juicio oral por evasión agravada al Estado. El Tribunal Oral Federal 1 de La Plata ordenó ayer su excarcelación luego de que el juez federal Sebastián Casanello lo incluyera en el Sistema de Protección de Testigos. Casanello tomó esa decisión el viernes pasado, luego de que Fariña declarara durante doce horas en el marco de la causa que investiga a Lázaro Báez por lavado de dinero. Tras esa declaración, el sábado pasado el fiscal Guillermo Marijuán antes de embarcar rumbo a los Estados Unidos solicitó que la ex presidenta Cristina Fernández sea citada a indagatoria. El Ministerio de Justicia informó que “teniendo en cuenta que Fariña es una persona de conocimiento público, no se van a aplicar medidas de seguridad tendientes a su ocultamiento, sino medidas de protección clásicas: seguridad 24 horas, traslados bajo custodia y uso de pulsera electrónica”.
No fue el primer pedido de excarcelación que presentó la defensa de Fariña al fuero federal platense, pero sí el que tuvo éxito. El elemento que torció la balanza en favor del comisionista provino de otra causa, alojada en otra jurisdicción y que cuenta con protagonistas de mayor peso político, como lo son la ex jefa de Estado, algunos miembros de su Gabinete y empresarios vinculados a la gestión pública en Santa Cruz. Tras aportar información a la investigación que sigue sobre Báez por presunto lavado de dinero, el magistrado a cargo del Juzgado Federal número 7 de la Ciudad de Buenos Aires ordenó que Fariña sea introducido en el Sistema de Protección de Testigos. Tras el testimonio, el fiscal que actúa en ese expediente le pidió a Casanello que impute a la ex presidenta y a Julio De Vido, diputado y ex ministro de Planificación Federal.
La incorporación del comisionista en el Sistema de Protección de Testigos fue la razón en la que dos de los tres jueces que integran el TOF número 1 de La Plata basaron su voto a favor de la excarcelación solicitada por su abogada defensora, Giselle Robles. Por mayoría, el tribunal le otorgó a Fariña ese beneficio con dos condiciones: que “se mantenga incluido voluntariamente” al Programa de Protección de Testigos e Imputados protegidos, cuyas normas los jueces consideraron tienen “por objeto no sólo garantizar la seguridad del imputado sino evitar que adopte actitudes elusivas”; y que “comparezca ante cada requerimiento del Tribunal bajo las medidas de seguridad que imponga la autoridad de aplicación”. Los magistrados dejaron en manos del director del programa, Francisco Lagos, la decisión de implementar o no la pulsera electrónica. Anoche, el Ministerio de Justicia confirmó el uso del control electrónico. Los magistrados Germán Castelli y Jorge Michelli consideraron como “hecho nuevo, público y notorio” la declaración de Fariña ante Casanello y su incorporación al Programa de Testigos e Imputados protegidos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación a la hora de definir si sostenían su prisión preventiva a la espera del juicio por evasión. En ese sentido, Castelli hizo suya la explicación que, por pedido del TOF, dio Lagos respecto de la conveniencia o no de que una persona que permanece bajo el régimen de protección pública, estuviera presa. “En virtud de esta circunstancia desde esta Dirección se considera que las medidas especiales de protección serían aplicables con mayor facilidad a personas fuera del ámbito carcelario”, citó Castelli al director del programa.
Al respecto, Michelli añadió que “la inclusión del encausado dentro del plan de protección al testigo enerva las posibilidades elusivas que, en su momento pudieron dar fundamento a la prórroga de la prisión preventiva” debido a que “el plan al cual ha sido incorporado (Fariña) contempla medidas de protección que, además, en este caso deberán ser también orientadas a impedir actitudes de entorpecimiento o de elusión” de la Justicia en la causa en la que se lo acusa de evasión. El tercer juez, César Alvarez, consideró que la excarcelación no era el camino. Al igual que el fiscal Carlos Dulau Dumm, opinó que Fariña debía cumplir preventiva en su domicilio. Según Dulau Dumm, la inclusión del acusado en el régimen de protección de testigos “no puede descartar el peligro de fuga ni el entorpecimiento de la investigación o el incumplimiento de una posible sanción penal”. Alvarez agregó a tal argumento que esa alternativa de encierro “permite una adecuada y armónica integración entre las medidas” que requiere la causa en la que actúa y la que lleva Casanello.
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