Jue 12.05.2016

EL PAíS  › OPINIóN

Sarcasmómetro

› Por Andrea Pochak *

¿Qué duda cabe de que la imagen trucada de Cecilia Pando, simulando tratarse de una mujer desnuda, maniatada, es provocativa? Eso es justamente lo que buscaba la Revista Barcelona. Provocar a los lectores. Es lógico que Pando se haya sentido molesta, ultrajada, lesionada por esa contratapa y por la repercusión de esa publicación satírica. Pero a pesar de la molestia de Pando, o la moral de la jueza civil Susana Nóvile, los estándares internacionales de derechos humanos son contundentes: la libertad de expresión debe ser garantizada no solo para aquellas ideas, opiniones o informaciones consideradas inofensivas o indiferentes, sino también para las que ofenden, chocan, inquietan, resultan ingratas o perturban al Estado o a cualquier sector de la población.

La jueza concluye que Barcelona se extralimitó: “la foto y las frases allí colocadas exceden un tono sarcástico y burlón y hacen una exposición exagerada de la accionante”. Con la lucidez que la caracteriza, la revista condenada ironiza que la magistrada ha creado el “sarcasmómetro”, como si hubieran niveles tolerables y no tolerables de humor, y los jueces (ella por lo menos) fueran los capacitados y habilitados para medirlo.

Para llegar a esa absurda y peligrosa conclusión la sentencia escupe jurisprudencia y doctrina, en muchos casos desactualizada, en otros revocada por la Corte Interamericana (como el fallo de la Corte menemista contra la Revista Noticias por publicar la historia del hijo extramatrimonial de Menem), pero sobre todo desubicada. El fallo repite hasta el hartazgo que la libertad de expresión no es absoluta y que encuentra un límite en el derecho a la privacidad de las personas. Habría que recordarle a la jueza que no se trató de una fotografía real del cuerpo de Pando ni se expusieron públicamente sus reales preferencias sexuales. ¿Qué tiene que ver entonces el derecho a la intimidad con la sátira?

Afirma el fallo que la libertad de prensa de la revista quedó garantizada en la medida en que se impidió la censura, pretendida por Pando. Sería bueno aclararle a la doctora Nóvile que la imposición de responsabilidades ulteriores también afecta la libertad de expresión, y que este derecho además tiene una dimensión colectiva, que garantiza a la sociedad a recibir esas expresiones.

La determinación del monto a pagar (40.000 pesos) –justificada en “la personalidad de la actora descripta en la prueba pericial psicológica, las actividades que demostró que desarrolla y sus condiciones personales” (¿?)– sólo se explica en el objetivo de evitar la apelación (artículo 242 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) y así sortear el papelón que le harán pasar sus colegas de otras instancias.

Hace unos días, desde la Dirección General de Derechos Humanos presentamos la Colección de Dictámenes del Ministerio Público Fiscal ante la Corte Suprema de Justicia en materia de derechos humanos. El primer ejemplar de la publicación se concentra en las opiniones de los representantes del MPF ante el máximo tribunal en casos vinculados con el derecho a la libertad de expresión y de acceso a la información pública. Si la jueza Nóvile hubiera tenido en cuenta los estándares constitucionales e internacionales en libertad de expresión, como hicieron la Procuradora Gils Carbó y los Procuradores Fiscales en los dictámenes allí sistematizados, muy diferente hubiera sido el fallo.

Todos sabemos quién es María Cecilia Pando. Que lidera una asociación que considera a los represores “presos políticos” y que ha militado todos estos años en contra del proceso de verdad y justicia. Que ha amenazado al ex Secretario de Derechos Humanos y que poco le importa el derecho a la información pública, al intentar esconder las gestiones que está realizando con algunas autoridades para liberar a los genocidas. Quienes militamos por los derechos humanos nos encontramos decididamente en la vereda de enfrente. Entendemos que sin pluralidad de voces no hay una verdadera democracia y por ello seguiremos trabajando para evitar retrocesos y para defender la libertad de expresión de todos. Incluso de Pando.

* Directora general de Derechos Humanos del Ministerio Público Fiscal.

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