Mié 02.06.2004

EL PAíS

Moliné perdió su suprema toga, definitivamente

La Corte Suprema, conformada por nueve conjueces, confirmó su destitución mediante una mayoría de seis votos. La sentencia dice que el Senado no violó ningún derecho del ex cortesano, quien seguirá su pelea en la CIDH.

Por I. H.

Eduardo Moliné O’Connor perdió la toga definitivamente. La Corte Suprema, a la que había recurrido pidiendo socorro, confirmó su destitución en un fallo firmado por conjueces. La mayoría, conformada con seis votos, sostuvo que el Senado no violó ninguno de los derechos básicos del ex magistrado al removerlo y que, por lo tanto, su juicio político no puede ser revisado por la Justicia. El supremo tenista, a pesar de todo, se jugará una última carta ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
El ex juez automático había presentado ante la Corte una gran variedad de recursos pidiendo que lo repusieran en el cargo, del que lo echó la Cámara alta el 3 de diciembre. Primero sus antiguos compañeros del tribunal le hicieron un desaire y se excusaron. Los conjueces que quedaron a cargo del asunto, sorteados entre los presidentes de cámaras federales de todo el país, finalmente rechazaron sus reclamos. Aunque en este equipo Moliné conservaba algunos viejos amigos, no consiguió salvataje.
La Corte suplente se reunió ayer a la mañana en el Palacio de Justicia pero ya tenía todo prácticamente resuelto desde la semana pasada. Hubo seis jueces que, aunque hicieron votos diferentes, convergieron en un argumento común basado en el dictamen del procurador Luis González Warcalde: los planteos de Moliné fueron “insuficientes” para demostrar que el proceso parlamentario en su contra haya violado sus garantías constitucionales de “debido proceso y defensa en juicio”. En esas circunstancias, dijeron, la destitución responde a un mecanismo político que no puede ser revisado en los tribunales.
Entre esa mayoría, el voto de Javier Leal de Ibarra (Comodoro Rivadavia) y Mirta Tyden de Skanata (Posadas) hace hincapié en que la reforma constitucional de 1994 reafirmó “el carácter esencialmente político” del juicio a los cortesanos y, al revés, la “judicialización” del que atañe a los jueces inferiores, cuya conducta evalúan el Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento. La distinción, dicen estos conjueces, parte del modo de designación: a los supremos los elige el Poder Ejecutivo y a los demás los selecciona por concurso la Magistratura.
En su voto los jueces Gustavo Mitchell (Casación Penal), Jorge Morales (Corrientes) y Ernesto Wayar (Tucumán) refutaron uno a uno los reproches de Moliné. El cordobés Alejandro Mosquera, pese a que en las reuniones plenarias contó varias veces que tiene amistad con Carlos Menem, se sumó el fallo contra el ex magistrado designado por el riojano. En un texto de tono político, defendió a capa y espada las facultades del Senado, como cuerpo integrado por representantes elegidos por el pueblo, para sacar a los jueces de la Corte de funciones.
En medio de la adversidad, Moliné consiguió que unos pocos lo defendieran, aunque no lograran imponerse. Su amigo Julio Frondizi (La Plata) y Arturo Pérez Petit (General Roca) presentaron un voto con 73 considerandos inspirado en los argumentos que usó el jury de enjuiciamiento para absolver, en 2000, al juez cordobés Ricardo Bustos Fierro, a quien se cuestionaba por un fallo que habilitaba la segunda reelección de Menem. El fundamento central, coincidente con el pataleo más repetido por el ex cortesano, es que los jueces no pueden ser juzgados por el contenido de sus sentencias. El camarista Rodolfo Fossatti (San Martín) pidió revocar la sentencia del Senado por considerarla infundada, aunque aclaró que Moliné no acreditó que hayan violado sus derechos.
El fallo de la Corte de conjueces no sólo desechó el recurso de queja contra la destitución. Dijo también que no es cierto que Moliné haya sido privado de ofrecer todas las pruebas necesarias y agregó que su recusación a la senadora Cristina Fernández de Kirchner no era procedente.
Hubo un tema, de gran interés para toda la corporación judicial, que quedó –por ahora– fuera de la resolución: las objeciones del ex integrante de la Corte a su suspensión de dos meses antes que lo expulsaran. Parece que en este punto todos los conjueces, salvo uno, quieren defender la posición de Moliné y limitar la potestad para suspender.
El abogado del ex juez, Gregorio Badeni, ya avisó tiempo atrás y varias veces que su defendido seguirá peleando ante la CIDH. Comparaba su situación, victimizándolo, con la de los jueces desplazados del máximo tribunal peruano que la Corte Interamericana ordenó reponer. El voto de Leal de Ibarra y de Tyden de Skanata advierte de antemano que no son casos en absoluto equiparables y que en el de los jueces de Perú sí “se afectaron las garantías” claramente y quedaron demostradas desde un comienzo irregularidades flagrantes.

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