Jue 11.04.2002

EL PAíS  › EMPIEZA A FUNCIONAR LA CORTE PENAL INTERNACIONAL

Antídoto para los genocidas

Hoy se alcanzará el número de 60 países que ratificarán el Estatuto de Roma. Se formará la Corte que juzgará los crímenes de lesa humanidad más allá de las fronteras. Estados Unidos, Israel y China se oponen.

La Corte Penal Internacional (CPI), el primer tribunal permanente que juzgará a los individuos responsables de las violaciones más graves al derecho internacional humanitario y a los derechos humanos, como el genocidio, crímenes de guerra y de lesa humanidad, recibirá hoy su ratificación número 60 y estará lista para entrar en vigencia el 1º de julio próximo. La CPI tendrá sede en La Haya y se formará contra los deseos de Estados Unidos, China e Israel.
Naciones Unidas realizará hoy una ceremonia especial en Nueva York para celebrar la entrada en vigencia del Estatuto de Roma, suscripto el 17 de julio de 1998. Hasta ayer, 56 países habían ratificado el tratado con el que se estableció la creación de la CPI y 139 países lo habían firmado. Para que el tribunal entre en vigencia se necesitan 60 confirmaciones y eso ocurrirá hoy, en la novena sesión de la Comisión Preparatoria de la CPI, donde se espera que un grupo de más de cinco países ratifiquen el estatuto.
A diferencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la CPI no juzgará Estados sino individuos. Tampoco tendrá una jurisdicción cronológica o geográficamente acotada, como sí la tienen los tribunales penales para Ruanda y la ex Yugoslavia, creados por resolución del Consejo de Seguridad de la ONU.
“La Corte significa un gran paso contra la impunidad. A partir de ahora los responsables de los crímenes más graves contra la humanidad ya no podrán pensar en buscar refugio fuera de las fronteras de sus países. La Corte concretará el deseo de justicia universal que la comunidad de los derechos humanos ha expresado en los últimos años”, dijo María José Guembe, abogada del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).
La CPI será “complementaria” de las justicias nacionales, es decir que actuará sólo cuando los estados sean incapaces o no tengan voluntad de investigar o juzgar el genocidio, los crímenes de guerra o de lesa humanidad. Según su estatuto, podrá llevar ante el banquillo sólo a aquellas personas que violen los derechos humanos después de que se ponga en funcionamiento. Es decir que, por ejemplo, en el caso de Argentina –que firmó el tratado el 8 de enero de 1999 y lo ratificó el 8 de febrero de 2000– no se podrían juzgar los crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar. Sin embargo, existe un debate acerca de si se podrían poner a consideración los casos sobre desapariciones de personas ya que al ser delitos permanentes aún se siguen cometiendo. “En principio el estatuto establece la irretroactividad. El tema del delito permanente se discutió en las comisiones de preparación del tribunal y es de esperar que las ONG intenten que se reconozca como jurisprudencia el tema de los delitos continuados”, explicó Guembe.
Carlos Slepoy, abogado de la Asociación Argentina Proderechos Humanos de Madrid e impulsor del juicio contra militares argentinos en España, celebró la entrada en vigencia de la CPI como “una conquista histórica”. Pero a la vez, señaló sus limitaciones, entre ellas que “nace condicionado porque no fue suscripto por países importantes como Estados Unidos y esto implica que los ciudadanos norteamericanos sólo podrán ser juzgados si son sorprendidos en territorio de países firmantes o por iniciativa del Consejo de Seguridad”.
Slepoy cuestionó también el hecho de que la CPI no pueda juzgar crímenes cometidos en el pasado –como si lo hicieron los tribunales de Nuremberg o de Ruanda– y el hecho de que el Consejo de Seguridad de la ONU pueda paralizar un proceso. “Esto último da la pauta de que una decisión política puede ponerse por encima de una decisión judicial”, afirmó. Por otro lado, reprochó que las víctimas no puedan ser tomadas como parte acusadora, sino sólo hacer la denuncia. Esto implica que el impulso del proceso dependerá del fiscal. “En el caso de los bombardeos de la OTAN a la ex Yugoslavia, la fiscal Carla del Ponte entendió que no había motivos para hacer una investigación y el tema fue cerrado”, dijo Slepoy.
Sin embargo, el abogado, propulsor de la aplicación de la jurisdicción universal en juicios sobre derechos humanos, destacó que “el hecho de que Estados Unidos se oponga a este tribunal, aún con sus limitaciones, da la pauta de que no está dispuesto a cumplir con las normas mínimas del derecho internacional y ve que la CPI puede abrir una vía y constituirse en un foro en el que se lo pueda acusar”.
La entrada en vigencia del Estatuto de Roma también tendrá consecuencias internas para Argentina. Como miembro del tratado, debe adecuar la legislación a los crímenes tipificados en el estatuto de la Corte, como el genocidio y la desaparición forzada que, a pesar de estar reconocidos en convenios internacionales no están establecidos en el Código Penal.

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