Mié 02.03.2005

EL PAíS

Fuerte gesto del presidente de la Corte por la libertad de prensa

Enrique Petracchi, titular del máximo tribunal de justicia, adhirió a la Declaración de Chapultepec, durante una audiencia con los directivos de la SIP.

El presidente de la Corte Suprema de Justicia, Enrique Petracchi, adhirió a la Declaración de Chapultepec en defensa de la libertad de prensa. El texto contiene diez principios que resguardan el secreto de las fuentes, rechazan la censura previa y entienden el acceso a la información como un derecho ciudadano. Fue redactado con el objetivo de afirmar las libertades públicas en el continente.
El ministro lo suscribió durante una audiencia con los directivos de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP). Luego de firmar, Petracchi sostuvo que la libertad de expresión es “el antídoto contra todo abuso de autoridad”.
El compromiso asumido por el presidente de la Corte Suprema con la libertad de expresión tiene, en el caso de esta firma, alcances ampliados, ya que la declaración habla no sólo de la libertad de difundir información, sino que reconoce el derecho a buscarla y considera que los gobiernos deben estar obligados a otorgarla.
A nivel doméstico, se supone que el gesto ayudará a descomprimir el trabajo de los periodistas: la Corte analizó hace diez días un proyecto de acordada que prohibía el off the record de los ministros con los cronistas, y si bien ese documento nunca llegó a firmarse, en varias oportunidades los jueces del alto tribunal lo invocaron para rehusar el contacto con los medios.
La Declaración de Chapultepec es de 1994. La elaboraron figuras de la política, la cultura, las ciencias, el derecho y directores de diarios reunidos en México, en una Conferencia Hemisférica sobre Libertad de Expresión. La declaración fue firmada los gobiernos de aquel país, Argentina, Panamá, Guatemala, Uruguay y Paraguay. Sus principios salientes son:
- No hay personas ni sociedades libres sin libertad de expresión y de prensa. El ejercicio de ésta no es una concesión de las autoridades; es un derecho inalienable del pueblo.
- Toda persona tiene el derecho a buscar y recibir información, expresar opiniones y divulgarlas libremente. Nadie puede restringir estos derechos.
- Las autoridades deben estar legalmente obligadas a poner a disposición de los ciudadanos, en forma oportuna y equitativa, la información generada por el sector público. No podrá obligarse a ningún periodista a revelar sus fuentes de información.
- El asesinato, el terrorismo, el secuestro, las presiones, la prisión injusta de los periodistas, la destrucción material de los medios de comunicación, la violencia de cualquier tipo y la impunidad de los agresores coartan severamente la libertad de expresión y de prensa. Estos actos deben ser investigados con prontitud y sancionados con severidad.
- La censura previa, las restricciones a la circulación de los medios o a la divulgación de sus mensajes, la imposición arbitraria de información, la creación de obstáculos al libre flujo informativo y las limitaciones al libre ejercicio y movilización de los periodistas se oponen a la libertad de prensa.
- Los medios de comunicación y los periodistas no deben ser objeto de discriminaciones o favores en razón de lo que escriban o digan.
- La credibilidad de la prensa está ligada al compromiso con la verdad, a la búsqueda de precisión, imparcialidad e equidad, y a la clara diferenciación entre los mensajes periodísticos y los comerciales.
- Ningún medio o periodista debe ser sancionado por difundir la verdad o formular críticas o denuncias contra el poder público.

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