EL PAíS
› CARCEL A CUATRO POLICIAS POR EL 20 DE DICIEMBRE
Un empujoncito a la Justicia
La Cámara Federal ordenó elevar a juicio oral parte de la causa sobre la masacre previa a la caída de Fernando de la Rúa.
› Por Adriana Meyer
A pesar de la parálisis que afecta la investigación sobre la masacre del 20 de diciembre de 2001, la Cámara Federal ordenó que cuatro policías volvieran a la cárcel hasta que se inicie el juicio oral en su contra por el asesinato de Alberto Márquez, un dirigente del PJ bonaerense, y las lesiones de los jóvenes Martín Galli y Paula Simonetti. Además, los camaristas de la sala II ordenaron a la jueza federal María Servini de Cubría que enviara de inmediato esa parte de la investigación al Tribunal Oral Federal (TOF) 6 para su enjuiciamiento.
La causa sobre la muerte de cinco manifestantes y centenares de heridos durante la represión que acompañó la caída de Fernando de la Rúa fue dividida en partes, en teoría, para agilizarla, pero se está diluyendo con el paso del tiempo: sólo hay cuatro policías detenidos, fueron liberados los acusados del homicidio de Gustavo Benedetto y las responsabilidades políticas también parecen desvanecerse.
A las 19.20 de aquel 20 de diciembre fue asesinado Alberto Márquez y fueron heridos Martín Galli, Paula Simonetti y Paulo Córdoba, en 9 de Julio entre Sarmiento y Perón. Márquez falleció por un tiro en la espalda cuando civiles con chalecos antibalas con la inscripción PFA bajaron de vehículos no identificados y dispararon a la gente con escopetas calibre 12,70. Por estos hechos seguirán presos los policías Orlando Oliverio, Carlos López, Eugenio Figueroa y Roberto Juárez, todos ellos pertenecientes a la División Asuntos Internos de la Policía Federal. Servini de Cubría los había beneficiado con una excarcelación bajo fianza, que ahora fue revocada por la sala II de la Cámara. De todos modos, los policías nunca salieron de la cárcel, porque no llegaron a juntar el dinero de la caución.
“La especial gravedad de los delitos que se les reprochan reside no sólo en las características propias del hecho, básicamente haber disparado escopetas con munición de plomo contra varias personas, sino también en la especial relación que los unía como integrantes de las fuerzas de seguridad y el habérseles encomendado aquella tarde un relevamiento directo del accionar policial, atento a los excesos en el uso de la fuerza denunciados por los medios de comunicación”, escribieron Horacio Ca-ttani, Martín Irurzun y Eduardo Luraschi. Consideraron que “resulta necesario y razonable prolongar el encarcelamiento preventivo” de los uniformados.
Aunque el ex secretario de Seguridad Enrique Mathov y el ex jefe de la Policía Federal Rubén Santos siguen procesados por homicidio culposo, una fuente con acceso al expediente comentó a Página/12 que “es muy difícil que sean juzgados” hasta que no se produzca una sentencia sobre los autores materiales. Esta es la parte más demorada de la causa, un asunto en el que puso énfasis la reciente resolución de los camaristas.
“Seguimos discutiendo lo que ellos quieren y nunca tenemos juicio”, se quejó ante este diario el abogado querellante Rodolfo Yanzón, en alusión a las “permanentes presentaciones dilatorias” de los abogados defensores. “Esperamos que de una buena vez este tramo (referido a Márquez, Galli y Simonetti) llegue a juicio porque el resto de la causa está paralizado, y a la larga tenemos la sensación de que las responsabilidades políticas quedarán en la nada”, agregó el letrado. De hecho, hace un año fue confirmada la falta de mérito del ex presidente Fernando de la Rúa, quien nunca fue indagado por las muertes sino por incumplimiento de los deberes. En el mismo sentido, en julio el fiscal del caso Patricio Evers denunció que “por cuestiones formales” los tribunales orales federales de la Capital eluden realizar el juicio por la represión del 19 y 20 de diciembre”.
Yanzón recordó que hace dos años pidieron la elevación del tramo de la investigación referido a Márquez, Galli y Simonetti, pero “el tribunal oral se lo sacó de encima”. Ahora la Cámara le ordenó a Servini “renovarel acto procesal anulado” por el TOF 6, y “elevar las actuaciones a juicio”.