EL PAíS › RECUPERAN LOS PEDIDOS DE BUSQUEDA DE DESAPARECIDOS
La Corte Suprema bonaerense desclasificó 4295 hábeas corpus que estaban guardados desde comienzos de la última dictadura y prueban la complicidad del Poder Judicial con el terrorismo de Estado.
› Por Alejandra Dandan
La hoja está guardada desde el 15 de junio de 1978. Es la primera página de un expediente de cartón viejo considerado ahora como un documento histórico. El texto lleva la firma de las trece mujeres que sin saber todavía le daban vida a Abuelas de Plaza de Mayo. “Señora Jueza del Tribunal de Menores 2 de Morón”, pusieron en la carta. “Somos un grupo de mujeres mayores que poco a poco nos hemos ido encontrando en los Tribunales, en la Casa Cuna, Iglesias, regimientos, comisaría, en una incesante y desesperada búsqueda de nuestros nietitos”. La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires acaba de recuperar y desclasificar ese y otros 4294 hábeas corpus tramitados en los primeros años de la dictadura militar. La revisión puede aportar nueva información sobre los desaparecidos y revelar el mecanismo sistemático de archivo de causas sin investigación.
La recuperación de los hábeas corpus en la provincia comenzó en 1984, cuando la Conadep pidió un relevamiento de expedientes tramitados durante la dictadura. Como en todo el país, cada juzgado bonaerense recuperó denuncias y envió el material a la cabecera judicial de la provincia. La Conadep sólo recibió el listado de causas y copia de los originales, que siguieron archivados en distintas dependencias estos veinte años. La nueva revisión partió exactamente desde ese punto: la Corte localizó y recuperó los expedientes, comenzó a analizar el material e impulsó un pedido a los juzgados regionales para que rastreen lo que eventualmente no haya sido denunciado.
Los 4295 expedientes ahora están en la Corte. Aunque hubo causas que en estos años permanecieron en distintas dependencias del Poder Judicial, una gran parte quedó en el archivo del Departamento Histórico Judicial de la provincia. Desde 1998, esas causas fueron parte fundamental de la elaboración de pruebas de los Juicios por la Verdad. El resto de las causas hasta ahora no habían sido repasadas. En 1984 sirvieron para aportar datos sobre el número o la identidad de las víctimas de la dictadura, hoy para una información más fina sobre el funcionamiento –en ocasiones aberrante– del Poder Judicial. En eso está el presidente de la Corte, Héctor Negri, que define la recuperación de los archivos como “necesaria” para “aprender y mostrar una realidad que es cierta y no podría ser ocultada”.
La mayor parte de las causas tiene pocas páginas con la denuncia de un familiar o un abogado, la desestimación del amparo firmado por un representante del juzgado, la comunicación y el archivo. En general, todo sintetizado en no más de diez páginas. Los 4295 expedientes llegaron a la Corte de los distintos departamentos judiciales: 1158 de La Plata, 1175 de Lomas de Zamora, 1710 de Morón, 200 de San Martín, 40 de Mar del Plata, 14 de San Nicolás y 2 de San Isidro. Aún se analiza si las diferencias responden a la mayor o menor disposición de los juzgados para recibir denuncias de casos de secuestros o desparecidos.
Desde 1977, a partir de una acordada nacional refrendada por la provincia de Buenos Aires, los jueces y tribunales regionales podían no solicitar informes a las Fuerzas Armadas en casos de hábeas corpus relacionados con personas detenidas o desaparecidas. El texto exigía que se “abstuvieran de efectuar pedidos de informes al Estado Mayor conjunto relacionados con las víctimas”. La medida alcanzó a las cámaras de apelaciones, juzgados civiles, penales y de menores, tribunales colegiados, juzgados notariales, jueces del registro público y del trabajo. El nivel de acatamiento explica en buena parte el contenido de los archivos que ahora revisa la Corte.
Un ejemplo del mecanismo se dio el 19 de mayo de 1977 a las 10.30, cuando el hermano de una víctima de la dictadura se presentó ante los tribunales de La Plata para preguntar por el destino de su hermana sin saber que su denuncia sería inútil. El estado de desesperación y de incertidumbre del denunciante, junto a la corta vida judicial del expediente, parece un espejo del perverso sistema judicial:
“Vengo a interponer el recurso de amparo de la libertad de la señora Celia S. de H, su esposo don Fajwel H. y del hijo menor de dicho matrimonio, Javier H.”, escribió Enrique S. en su calidad “de hermano de la primera, cuñado del señor Fajwel H. y tío del señor Javier”. Todos “mis familiares han desaparecido de su domicilio de la calle Sucre” al 1300, Capital Federal, “habiendo sido infructuosas hasta este momento todas las diligencias que he realizado ante distintas reparticiones públicas”. El día 11 de mayo de 1977, cerca del mediodía, la mucama de la familia H. le contó “que siendo aproximadamente la hora 4.00 se habían presentado varias personas vistiendo de civil con armas largas”. Según Lina, la mucama, se llevaron a toda la familia y también a la novia de Javier, que esa noche paraba allí. Enrique S. concurrió “al edificio de la calle Sucre para entrevistarme con el portero”. El portero confirmó los datos, mencionó que alguien del Ejército tocó el timbre de su casa y que “en razón de tener que realizar un procedimiento le pidió que les abriera la puerta”. Enrique también relató que habló con el cuidador del garaje frente al edificio de Sucre, donde sus familiares guardaban los autos. Y agregó que sus parientes “llevaban una vida ordenada, regular y ajustada en un todo a los preceptos legales” y que “en desconocimiento de cualquier causa que lo justificara su privación de la libertad es ilegal”.
Como en la mayoría de los casos, la denuncia de Enrique S. se archivó el mismo día 19 de mayo. El encargado del juzgado desestimó el amparo sin ningún tipo de investigación con una fórmula típica de esos días: “No siendo el caso del artículo 415 inciso 13 del Código de Procedimiento Penal se desestima el recurso de hábeas corpus”. Ese inciso indicaba que el hábeas corpus procede cuando a la persona no se le hace conocer el motivo de su detención. En este caso, el recurso fue desestimado por Gerardo Peña Guzmán en su calidad de interventor y presidente de la Suprema Corte de Justicia de la provincia. El expediente termina en la página siguiente con una copia del despacho telegráfico enviado a casa del autor de la denuncia, una deferencia.
Carta de las Abuelas
En los archivos, la Corte encontró un expediente de las Abuelas de Plaza de Mayo. No se sabe si es el primero que abrieron en la provincia, pero podría serlo. “Nosotras todavía éramos muy ingenuas”, cuenta María Isabel Chorobik de Mariani a Página/12, recordando aquella presentación. La inexperiencia las llevaba a todo tipo de lugares, como mencionan en el primer párrafo de la carta, de la Casa Cuna a las comisarías o los tribunales. Así llegaron el 15 de mayo de 1977 al Departamento Judicial de Morón, donde dejaron copia de una carta que ya habían distribuido en otros lugares. “No sabíamos ni siquiera que había una Justicia en Capital distinta a la de la provincia. Ibamos descubriendo el mundo.”
También para Sorobik la carta del 15 de mayo es una pieza histórica. No sólo por lo terrible del mensaje sino por las firmas de las trece mujeres que aparecen con la denuncia de los primeros nietos, entre las que se encuentra María Eugenia Cassinelli de García Irureta Goyena, la madre de la nuera del poeta Juan Gelman.
Los nietos que buscaban eran “los bebés de nuestros hijos desaparecidos o muertos en estos últimos dos años. Algunas de estas criaturas han nacido de sus madres en cautiverio. Otra fue sacada de su hogar, que fue destruido. Hasta ahora todos nuestros esfuerzos han sido vanos. Las criaturas no han sido reintegradas a sus hogares, a sus familias. No sabemos ya qué hacer”. Y sigue: “Ultimamente ha llegado a nuestro conocimiento que algunos abuelos han podido localizar a sus nietos en Tribunales de menores o por su intermedio. Por eso nos permitimos rogarlequiera tener a bien interesarse en la lista de bebés desaparecidos que adjuntamos, por si ustedes tuvieran noticias de alguno de ellos”.
El pedido concluía pidiendo que la Justicia se abstuviese de dar en adopción o en guarda a los niños recibidos en el último tiempo.
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