EL PAíS › LEON GIECO FUE FINALMENTE SOBRESEIDO EN LA CAUSA POR APOLOGIA DEL DELITO
El juez Fente consideró que Gieco no realizó “instigación al crimen”. La causa fue iniciada por Eduardo Emilio Vargas –sobreseído por la violación de Romina–, quien lo querelló por la canción “Santa Tejerina” y una entrevista de Página/12.
› Por Mariano Blejman
Una canción no es instigación: León Gieco no hizo apología del crimen, según se desprende del fallo del juez Omar Fente en la causa donde se lo acusaba al cantautor de “instigar al crimen” por las declaraciones efectuadas en una entrevista del suplemento Radar de este diario, y por su canción “Santa Tejerina”. El tema fue publicado dentro del disco Por favor, perdón y gracias y se explaya sobre el caso de Romina Tejerina, presa en Jujuy por haber acabado con la vida de su hija, quien había nacido producto de una violación. La resolución, además, es una poética defensa de los derechos constitucionales y de la libertad de expresión, que por momentos podrían inspirar a una canción del propio Gieco. “El juez parece un poeta. Parece una especie de tipo con cierta frustración con la escritura. Me llamó mucho la atención cómo expresa el significado de la libertad de expresión, cómo tiene que ser en democracia. Me parece una resolución de alto nivel poético”, explicó ayer León Gieco a Página/12, minutos antes de subir al escenario donde tocaría junto a Mercedes Sosa en la apertura del festival Músicas de Provincia.
Así, León anda suelto. El músico fue sobreseído en la causa 43.300 que lo acusaba de “apología del crimen”, asentada en el Juzgado Nacional Correccional Nº 10, Secretaría Nº 74. El juez Omar Osvaldo Fente aplicó las costas a la querella y expuso sus argumentos para el sobreseimiento: “La libertad de expresión es sustento fundamental del sistema democrático y en su comprensión radica el verdadero espíritu de tolerar, comprender y convivir con quienes piensan diferente (...) [los dichos de Gieco] no perturban la tranquilidad pública, más allá del desagrado que puedan causar para ciertas personas”. La causa de Romina Tejerina, en tanto, continúa en estudio de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Mientras tanto, la canción querellada quedó “libre”.
“Por ahora la canción está libre, falta que liberen a la víctima”, pidió Gieco ayer. “Si yo hice algo, fue perdonarla. Pero no queda en el perdón, sino que es una lucha para que la liberen. No es solamente un compromiso desde el perdón, sino que también voy a tocar a Jujuy para luchar por su libertad.” El músico comentó ayer que no esperaba una resolución “tan copada” (sic) y que está pensando en presentar una denuncia por daños y perjuicios a quien le hizo la demanda. “A esta clase de gente, como el supuesto violador –ahora me dicen “por favor, decí supuesto violador”–, y el abogado que es mucho peor que él, hay que frenarlos. Son gente que molesta, de una manera muy grande, y hay que detenerlos de alguna forma.”
El 1º de julio de 2005, el periodista Claudio Kleiman entrevistó a León Gieco en Radar. En el reportaje, el músico se refirió al caso de Romina Tejerina, la mujer condenada por matar a su hija recién nacida, que fue concebida producto de una violación. Gieco declaró: “Me atrevo a santificar con todo respeto a una persona que ha sufrido mucho, que es Romina Tejerina. La canción está dedicada a ella y a una entidad llamada Avivi, que es Asociación de Víctimas de Violación. Yo la santifico y la perdono, lo cual por supuesto me va a traer algunos problemas, en especial por la gente que mediáticamente piensa que una persona que ha matado al hijo tiene que recibir cadena perpetua, que es lo mismo que piensa el violador”. Y agregaba: “Yo le escribo a la violencia que ella sufrió, y es una santificación popular... Es como que hay gente que por la gran persecución o el gran sufrimiento que atravesó, el pueblo la corona con una santificación”.
Leída la entrevista, Eduardo Emilio Vargas –acusado de ser el violador por la propia Tejerina, luego declarado inocente– fue quien realizó la denuncia ante el fiscal de San Pedro de Jujuy alegando “apología del crimen para Raúl Alberto Antonio Gieco”. Según Vargas, en la entrevista y en “Santa Tejerina” que integra la edición del disco Por favor, perdón y gracias, Gieco “efectuaba un elogio o enaltecimiento de un hecho ilícito” en relación con el homicidio de Socorro Milagros Tejerina, hija de Romina.
Romina Tejerina fue condenada el 10 de junio de 2005 por el delito de “homicidio calificado”, aunque a la fecha se desconoce sentencia firme. La argumentación del fiscal era que “victimizaba a una condenada por un homicidio agravado por el vínculo y ensalzaba su actitud de matar a su hija”. Y que Gieco “ensalzó su conducta delictual perdonando a Romina Tejerina y lo que es más, la santificó”. “Uno no está resaltando que lo que hizo estaba bien. Uno resalta que no pudo hacer otra cosa. Ella no tuvo contención, no pudo hacer otra cosa. Si hubiese tenido contención de los padres, de una entidad, hubiese sido una persona normal. La hubiese hecho zafar de diecisiete años de prisión. La gente confunde: yo la rescato a ella. Es una víctima de este sistema que fue a parar a prisión. Es un gran defecto de la Justicia”, dijo ayer Gieco.
En la acusación, la Fiscalía pedía tener en cuenta como un agravante el hecho de que este diario, su web, el disco y el propio autor era “un músico de trascendencia nacional e internacional con llegada a un público masivo, y que su pensamiento puede influir o influye sobre quien lo escuche, más aún cuando se dice defensor de los derechos humanos”.
–¿Se siente envalentonado por la resolución?
–¿Envalentonado...? Para seguir denunciando, me pase o no me pase una cosa así. Es una consecuencia de cuando uno está tan metido en componer canciones que hablen de la realidad social. Cuando uno compone con nombre y apellido, tiene que saber que puede comerse algún perjuicio de éstos. Sí me produce una sensación de tranquilidad que un juez pueda pensar desde ese punto de vista, para escribir canciones en la época de la democracia. En el único momento que había un Comfer que censuraba era en la época de la dictadura. Esta gente es la que verdaderamente tiene resabios y coletazos de una época de mentes dictatoriales.
–¿Cree que esto puede sentar jurisprudencia?
–No lo tomo tan en cuenta. Mi estilo es éste. Mis canciones son ésas y voy a seguir componiendo canciones. Voy a estar en defensa de gente que está cumpliendo condenas injustas o voy a tratar de hablar de las injusticias que pasa la gente. Eso lo tengo incorporado. Más cuando pasan cosas paralelas, como por ejemplo: un juez que resalta la expresión de libertad y por el otro lado, recibir el Grammy por la trayectoria, y estar nominado para dos premios, el mejor disco del año y el mejor disco de “Songwriter” compitiendo con gente como Chico Buarque o Pablo Milanés o Joaquín Sabina. Eso es un gran resarcimiento, porque tuve que estar involucrado en una causa penal y por mi determinación de sacar una canción para no pasar por el dolor de dos o tres padres, por el tema “Un minuto”, que hice con Pato Fontanet sobre Cromañón. Es un gran resarcimiento.
En su momento, Gieco fue a declarar a Jujuy –donde también visitó a Romina Tejerina en la cárcel– y tuvo que lidiar con lo que él entiende como el atraso judicial de este país. Sin embargo, la causa terminó en la ciudad de Buenos Aires, por ser el lugar donde se realizó y publicó la entrevista, y también se grabó y editó el disco. La argumentación del juez Fente se fundamenta en que la apología del delito debe instigar a la comisión de delitos, “lo cual no sucede en este caso”, y cita los artículos 14 y 32 de la Constitución Nacional, entre otros tratados. “No parece que el propósito de Gieco haya sido el de exaltar el crimen que pudo haber cometido Tejerina (la que recordemos según lo manifestaran las partes oportunamente no poseería sentencia firme).” Según el juez es delito cuando “se pondera o elogia con fuerza de cosa juzgada, una situación que ha sido declarado criminal”.
Como si se tratara de una carta de un león a otro, el juez fundamenta ser consciente de que la notoriedad del cantante pueda generar interés por “algunos integrantes de la sociedad”, pero ello no implica que el autor no pueda expresarse libremente sobre un tema sobre el cual fue entrevistado. “Sabido que es una instigación indirecta a cometer un ilícito, elemento este que debemos tener como norte para comprender una figura que siempre ha traído aparejada una cierta complejidad doctrinaria y legislativa, la apología debe tender a debilitar el sentido moral de la sociedad, debe glorificar a los criminales, induciéndolos a levantarse contra la ley”. Fente interpreta que el delito en estudio “debe ser interpretado a la luz de los principios y garantías constitucionales, con el objeto de evitar el cercenamiento de la libertad de expresión”. Y resume: “No surge a mi criterio de la letra de la canción, como de las declaraciones, que Gieco enaltezca el accionar desplegado por Romina Tejerina, sino se advierte más bien que (...) lo llevó a componer esa canción frente a la sensibilidad que le causó la historia de Romina Tejerina por la situación de profundo sufrimiento que pudo haber atravesado la nombrada, volcando en sus versos con total libertad sus pensamientos y apreciaciones personales”, y que lo que Gieco hace es “perdonar” a Romina Tejerina por el sufrimiento que atravesó, lo cual tampoco es considerado “apología”, y para ello cita al Diccionario de la Lengua Española.
Por todo ello, dice Fente: “No considero que Gieco haya presentado como meritorio, digno o decoroso el delito por el cual Tejerina fuera condenada por la Justicia de Jujuy, no se ha visto afectado por las conductas desplegadas de Gieco, no operan como instigación indirecta a cometer delitos y no resultaron fuente generadora de comportamientos criminales, y que ni los lectores de Página/12, ni los oyentes de la canción ‘tiendan a imitar el hecho’ (...) Queda dentro del marco de una expresión intelectual y artística, que aún no compartiéndola debo interpretarla como tal”. Gieco se divierte, ahora más tranquilo: “Hasta eso me gusta del juez, que hasta no está de acuerdo con mi postura”. Que conste en actas.
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