EL PAíS • SUBNOTA
La Corte Suprema de Justicia rechazó una medida cautelar que había pedido la provincia de San Luis para que se suspendieran parcialmente los efectos de la resolución 125 del Ministerio de Economía, que aumentó las retenciones a la exportación de granos y fijó el criterio de movilidad de acuerdo con el precio internacional. También le dijo que no “por ahora” a la celebración de una audiencia pública con participación del gobierno nacional, del de San Luis y de las cuatro entidades que lideran la protesta del campo. Los supremos señalaron que ahora la discusión pública está en otro escenario, el del Congreso, y no correspondería una intervención judicial por respeto “a la división de poderes”. En la Corte además, siempre fueron partidarios de que el conflicto se resuelva por carriles políticos en lugar de judiciales. El gobierno de Alberto Rodríguez Sáa, un peronista disidente opositor al kirchnerismo, en su planteo de fondo (que tarde o temprano la Corte tendrá que resolver), sostiene que las retenciones impactan sobra la masa de impuestos coparticipables. Por eso le había requerido al tribunal –como medida transitoria hasta que haya un pronunciamiento sobre constitucionalidad del sistema de retenciones– que ordenara depositar en una cuenta del Banco Nación la diferencia entre lo que la Aduana recauda por cada envío de granos al exterior y lo que hubiera percibido. En una resolución breve, Sus Señorías dejaron establecido que ese reclamo puntual les parecía improcedente.
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