EL PAíS • SUBNOTA › PUNTOS CENTRALES DEL PROYECTO DE LEY QUE ELIMINA LAS AFJP Y VUELVE A UN úNICO RéGIMEN SOLIDARIO
La iniciativa que el Gobierno envía al Congreso termina con las cuentas de capitalización individual. El dinero acumulado pasa al Estado, que reconocerá a los afiliados a las AFJP el tiempo aportado a ese sistema como si lo hubieran hecho a reparto.
› Por David Cufré
1 ¿Cómo será el nuevo régimen previsional?
Estará compuesto por un único sistema, de reparto, administrado por el Estado. El de capitalización desaparece. Ya no habrá cuentas individuales, sino que los aportes de los trabajadores irán a un fondo común que financiará el pago de los haberes de los ya jubilados. Por eso mismo, se lo considera un régimen solidario, cuya característica saliente es la de establecer un pacto entre generaciones.
2 ¿Adónde irá el dinero acumulado por las AFJP de 1994 en adelante?
Son 97.920 millones de pesos que pasan a la Anses. Más precisamente, al Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Régimen Público de Reparto. Es una cuenta especial creada el año pasado para acumular los excedentes presupuestarios de la seguridad social, dado que en los últimos años la recaudación viene superando lo que se paga de jubilaciones. Ese fondo ya cuenta con unos 20.000 millones de pesos. Anses puede invertir el dinero en plazos fijos, títulos públicos y hasta financiar obras de infraestructura, pero los recursos no se mezclan con la caja del Estado. Quedan separados para el pago de jubilaciones. Además, Anses recibirá un flujo de 1300 millones de pesos mensuales que era lo que recaudaban las AFJP.
3 ¿Quién controlará la administración de ese dinero?
La Anses tendrá autonomía financiera y económica. Será supervisada por una comisión bicameral del Congreso, integrada por seis diputados y seis senadores.
4 ¿Qué ocurrirá con las cuentas que tenían los afiliados en las AFJP?
Dejan de existir. El dinero acumulado pasa a la Anses, a un fondo común, como se explicó en el punto anterior. En compensación, a esas personas se les reconocerá el tiempo que aportaron a la AFJP como si lo hubieran hecho al sistema de reparto. No importa si en las cuentas tenían 10.000 pesos o 50.000, lo que se tomará en consideración son los meses y años aportados. El proyecto de ley dice textualmente: “El Estado garantiza a los afiliados y beneficiarios del régimen de capitalización iguales o mejores prestaciones (en reparto) que los que gozan a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley”.
5 ¿Los afiliados a las AFJP perderán dinero?
El Gobierno lo niega. El titular de Anses, Amado Boudou, dijo a PáginaI12 que en todos los casos los clientes de las AFJP salen ganando con el traspaso al Estado porque se les reconoce una mayor cantidad de dinero que la que aportaron. Esto se debe a que los aportes al sistema de capitalización bajaron al 5 por ciento en 2001, en plena crisis, en un intento de mejorar los ingresos de bolsillo de esos trabajadores. En 2002 los descuentos para la jubilación privada subieron a 7 por ciento y recién desde el 1º de enero último pasaron a 11 por ciento. Sobre esos aportes, además, las AFJP cobraban comisiones. El funcionario dio un ejemplo: una persona que en 2001 ganaba 1000 pesos aportó 50 pesos (el 5 por ciento) para su jubilación, de los cuales 26 fueron retenidos en concepto de comisión y sólo 24 llegaron a su cuenta de capitalización. En lugar de ello, el Estado le reconocerá por ese período como si hubiera aportado 11 por ciento. “Si alguien quiere hacer juicio contra el Estado tendrá que demostrar que la transferencia de la AFJP a reparto le ocasionó un perjuicio económico. No lo podrán hacer”, dijo Boudou.
6 ¿Habrá opción se seguir aportando a las AFJP?
No, el 11 por ciento del aporte previsional irá invariablemente al régimen público, el único que quedará en pie. Las AFJP podrán reconvertirse para administrar los aportes voluntarios que recibieron desde 1994 hasta la sanción de la ley. Son alrededor de 300 millones de pesos, una suma menor en comparación con los casi 98.000 millones de pesos que manejan por aportes obligatorios. Una curiosidad del proyecto es que el Estado también se ofrece para administrar los recursos de quienes hicieron aportes voluntarios. Los detalles de la operatoria todavía no figuran: se aclara que serán definidos cuando se reglamente la iniciativa. Quienes quieran tener una ingreso extra a la jubilación de reparto podrán contratar seguros de retiro privado, como hasta ahora.
7 ¿Se podrá seguir deduciendo del impuesto a las Ganancias los aportes a seguros de retiro?
No. El proyecto deroga ese beneficio, que aprovechaban los sectores de más altos ingresos.
8 ¿Cómo se calcula la jubilación en reparto?
Se consideran los últimos 120 aportes al sistema (10 años), actualizados por el índice de movilidad que aprobó el Congreso el mes pasado. El promedio de esos aportes se multiplica por 1,5 por ciento por cada año que aportó, hasta un tope de 30. Si aportó entre 30 y 45 años, tiene derecho a un plus. A eso se suma la Prestación Básica Universal, de ahora en más en 326 pesos. Los afiliados a las AFJP, como se indicó más arriba, pasarán a computar los años que aportaron al régimen de capitalización como si lo hubieran hecho a reparto.
9 ¿Qué ocurrirá con quienes ya están cobrando una jubilación, pensión o retiro por invalidez por una AFJP?
Son 446.000 personas. Desde la sanción de la ley, les pagará el Estado. Les reconocerá la mejor renta que hayan recibido este año, entre el 1º de enero y el 30 de septiembre. De ahí en más, tendrán la misma movilidad que los jubilados de reparto, la que sancionó el Congreso el mes pasado.
10 ¿Qué pasará con quienes cobran rentas vitalicias?
Seguirán como hasta ahora. Se respeta el contrato que firmaron con las compañías de seguros de retiro. Es uno de los pocos casos en que no hay ningún cambio respecto de la situación actual.
11 ¿Cómo quedan los autónomos?
Incorporados dentro del régimen previsional público.
12 ¿El Gobierno reconoce indemnizaciones a las AFJP?
El proyecto contempla el pago de “compensaciones”, en caso de corresponder. Boudou explicó a este diario que se reconocerá “daño emergente” a administradoras que puedan demostrar que no amortizaron las inversiones realizadas. Se les pagará con bonos, con un tope equivalente a su capital social. El ejemplo más visible es MET, que entró en el negocio en 2001 y en 2005 compró Siembra. Esa empresa podría alegar que requería más tiempo para recuperar lo invertido. Boudou aclaró que no se contempla el pago de “lucro cesante”, ya que el cambio de régimen previsional es atribución del Estado.
13 ¿Se garantiza el empleo de los trabajadores de AFJP y de la Superintendencia de AFJP?</p>
El ministro de Trabajo, Carlos Tomada, dijo que sí. La ley señala que “se realizarán todos los actos necesarios tendientes a preservar el empleo de los dependientes de las AFJP”.
14 ¿Cuándo entrarán en vigencia los cambios?
Después de la sanción de la ley, Anses tendrá 60 días para hacer operativo la recepción de aportes y la liquidación de haberes.
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