Dom 08.12.2002

EL PAíS • SUBNOTA  › OPINION

Democracia, sindicato, seguridad

Por Eduardo E. Estévez *

La historia moderna de las policías en el mundo es la de su “civilización”, es decir su profesionalización y el abandono de su impronta militarista de origen en favor de un enfoque basado en el respeto de las leyes y la promoción de los derechos humanos. Entre los derechos económicos, sociales y culturales –un grupo dentro de la clasificación de derechos humanos– se encuentra el derecho a fundar sindicatos y afiliarse al de elección. En algunos países, este derecho de tipo colectivo se ha hecho extensivo con ciertas limitaciones a los funcionarios policiales. De vieja data en países como Estados Unidos y Australia, en donde se remontan a las primeras décadas del siglo XX, su existencia está evidentemente relacionada con la vigencia de valores e instituciones democráticas consolidadas en el tiempo. Diferente es el caso de Canadá, por ejemplo, cuya Corte Suprema desestimó en 1999 el derecho de los miembros de la Real Policía Montada a congregarse en sindicatos.
No pueden ignorarse las implicancias potenciales de la sindicalización para toda organización policial. Entre los pros se pueden mencionar el avance en la democratización intraorganizacional, en la vigencia y goce de ciertos derechos para los policías y la negociación colectiva de sus cuestiones laborales. Entre los contras: se afecta el ejercicio del mando y de las relaciones jerárquicas, en particular en momentos de crisis, se transforman en herramientas para desafiar gestiones de gobierno y políticas de seguridad, se politiza por medio de acuerdos tácticos con partidos políticos. Estas organizaciones también son consideradas en el marco de las reformas policiales. El profesor David Bayley (New York University at Albany), experto en reformas policiales comparada, sostiene que los sindicatos son parte del “policing” moderno y que se debe solicitar su colaboración en el desarrollo y planificación de todo programa de reformas si se pretende que éstos sean exitosos. En principio estas organizaciones no pueden ni deben afectar la capacidad operativa de las fuerzas policiales y mucho menos la seguridad. En tal sentido surgen interrogantes. ¿En qué medida su aplicación pueden contribuir a mejorar, limitar y controlar la organización policial desde el Estado de derecho, o a amplificar el problema de inseguridad con la eventual afectación del servicio policial? ¿En qué medida estas ideas son viables hoy cuando la actuación policial todavía sigue aportando al panorama de inseguridad objetiva –casos de abusos y corrupción– y subjetiva –su imagen pública–?
La sindicalización de policías debe ser analizada así en el marco del contrapunto entre la gobernabilidad de la seguridad pública –incluyendo el control de las organizaciones policiales– y los derechos de los policías como ciudadanos. El equilibrio entre estos dos aspectos se debe dirimir en el terreno de las decisiones políticas en función de las condiciones sociales imperantes.
* Ex director ejecutivo del Instituto de Política Criminal y Seguridad de la provincia de Buenos Aires.

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