EL PAíS • SUBNOTA
El informe técnico del Inadi repasó los “argumentos principales” en favor de la ampliación del matrimonio civil:
“Derecho a la igualdad y a la no discriminación” consagrado en la Constitución y en “numerosos instrumentos internacionales de derechos humanos de igual jerarquía”.
“La ley no define matrimonio”, sino que establece “el derecho de toda persona” a casarse “sin distinción de ninguna clase, tanto para varones como para mujeres”. La Constitución y los tratados tampoco establecen limitaciones, por lo que nada “estipula la necesidad de diversidad de sexo”.
La Constitución establece un límite “infranqueable” al “derecho a decidir sobre las acciones privadas de las personas”, al preservar el “principio de autonomía de la persona”.
“La exclusión” de las parejas del mismo sexo de la institución civil del matrimonio, a la que sí acceden las parejas heterosexuales, “constituye un caso de discriminación prohibido por el estado de derecho constitucional argentino”. Las parejas heterosexuales pueden elegir casarse o no; las demás parejas “no tienen opción”.
Si no se modifica el actual matrimonio civil, “toda pretensión de designar a las uniones de personas del mismo sexo con otro nombre que no sea ‘matrimonio’ –aunque con los mismos derechos y deberes, que no es tampoco el caso de este proyecto de ‘unión civil’– importaría introducir un inadmisible trato discriminatorio” en el marco legal.
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