EL PAíS • SUBNOTA
Esta semana el Senado trata los ascensos militares, hay críticas por la decisión de Defensa de revisar las propuestas de cada fuerza y hay una acusación de discriminación ideológica por parentesco...
–Cada integrante de las Fuerzas Armadas es un funcionario público, integrante del Ejecutivo. La Presidenta como comandante en jefe es la que define cuáles son los oficiales y las oficiales que va a proponer al Senado. Ese es el papel del Senado, darle o no el acuerdo a lo que le remite el Ejecutivo, no es que pueda –como intentó algún senador– convocar a personas que no están seleccionadas.
–¿Eso está definido legalmente?
–No es una interpretación. Hay reiteradas decisiones judiciales, hasta el nivel de la Corte Suprema, de las distintas épocas, que muestran que cuando algún oficial ha recurrido a la vía judicial entiende que no corresponde porque es una atribución legítima del Ejecutivo no revisable judicialmente. Creo que hay una campaña para distorsionar y victimizar a algunos oficiales que pueden no haber sido propuestos para el ascenso. Estas son organizaciones piramidales: tenemos alrededor de 1200 tenientes coroneles y van a ser coroneles unos 400. El proceso de selección es imperativo. Dentro de eso hay una cuota con la cual el Ejecutivo ejercita su atribución en funciones de mérito, oportunidad y conveniencia como con cualquier otro acto administrativo. Hay propuesto para el ascenso a general a un hijo de un militar condenado por su actuación en Campo de Mayo. Díaz Bessone, que se victimiza porque pasa a retiro, el año pasado lo ascendimos. Hoy también entra en el perfil que sea una persona republicana, con convicción democrática, que podamos a través de los perfiles de los oficiales que lleguen a la conducción de las fuerzas superar el riesgo de cualquier situación de quiebre institucional.
–¿Sólo el Ejecutivo puede modificar las listas?
–No. El jefe de Estado Mayor tiene atribuciones para cambiar el orden del primero al último. Las juntas de generales de brigada pueden cambiar un 20 por ciento de la lista, las de generales de división un 30. Entonces, por qué no puede el ministro de Defensa o el presidente. Esto es nada más que el poder político tenga atribuciones que hasta ahora sólo tuvo el jefe de Estado Mayor.
(Versión para móviles / versión de escritorio)
© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina
Versión para móviles / versión de escritorio | RSS
Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados
Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux