EL PAíS • SUBNOTA › EL MINISTERIO DE TRABAJO DENUNCIó A APTA
› Por Sebastián Premici
El ministro de Trabajo, Carlos Tomada, formalizó ayer su pedido ante la Justicia para que se suspenda la personería gremial a la Asociación de Personal Técnico Aeronáutico (APTA), a cargo de Ricardo Cirielli. Esta acción está justificada en que el sindicato no acató una conciliación obligatoria el viernes pasado, según la postura del Gobierno. La respuesta de Cirielli fue que su gremio “no realizó ninguna medida de fuerza” y que los aviones no salieron “por problemas técnicos”. En paralelo a la decisión de recurrir a la Justicia, la cartera laboral convocó a la Comisión de Garantía, que tiene por objetivo determinar los servicios mínimos que debe respetar un gremio al momento de realizar una medida de fuerza. La comisión ya escuchó los testimonios de Tomada, del secretario de Transporte, Juan Pablo Schiavi, y hoy será el turno de Mariano Recalde, titular de Aerolíneas Argentinas. También se escuchará la palabra de los gremios.
La presentación contra APTA se realizó ante la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que deberá realizar el sorteo del juzgado que atenderá la causa. También se solicitó que la posible suspensión de la personería gremial esté acompañada de “la designación de un funcionario judicial para que adopte las medidas necesarias a fin de que la entidad sindical se ajuste a derecho”. Es decir, una suerte de interventor.
“Tomada quiere hacer lo mismo que intentó impulsar Patricia Bullrich cuando era ministra de Trabajo de la Alianza. Ella quería sacarnos la personería gremial. Para defendernos, contamos con la asesoría legal de Noemí Rial, la actual viceministra de Trabajo. Así que ahora utilizaremos los mismos argumentos que en aquella oportunidad”, señaló anteayer Cirielli a este diario.
La otra medida que adoptó el Gobierno fue convocar a la Comisión de Garantías. La Ley 25.877 considera como esenciales cinco actividades: los servicios sanitarios y hospitalarios, la producción y distribución de agua potable, la producción y distribución de energía eléctrica, la producción y distribución de gas y el control del tráfico aéreo.
Bajo esta definición, la comisión tiene la potestad de fijar los servicios mínimos que deberían prestar los gremios aeronáuticos –en este caso APTA– a la hora de realizar una medida de fuerza. De no llegar a cumplir los requisitos fijados por la comisión, la cartera laboral podría declarar “ilegal” cualquier medida de fuerza.
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