EL PAíS • SUBNOTA
-El proyecto consagra el derecho de toda mujer a interrumpir voluntariamente un embarazo dentro de las primeras doce semanas del proceso gestacional.
- Fuera de ese plazo, contempla la intervención en caso de que el embarazo fuera producto de una violación y si estuviera en riesgo la salud o la vida de la mujer.
- La práctica del aborto deberá garantizarse gratuitamente en los servicios públicos de salud. Obras sociales y prepagas deberán cubrirla.
- Contempla la objeción de conciencia. Los objetores deberán inscribirse en un registro en cada establecimiento de salud. Pero la autoridad responsable deberá garantizar la realización de la práctica.
- Si el aborto se debe realizar a una mujer de menos de 14 años, se requerirá el asentimiento de al menos uno de sus representantes legales.
- Si se trata de una mujer declarada incapaz en juicio, se pedirá el consentimiento informado de su representante legal.
- No se podrá exigir una autorización judicial en ningún caso.
- La penalización del aborto se elimina del Código Penal, con excepción de los casos en que la práctica se realice sin el consentimiento de la mujer.
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