Jue 30.03.2006

EL PAíS • SUBNOTA  › TRES ESPECIALISTAS EXPLICAN LA “EXCLUSION”

Una medida para la urgencia

En muchas situaciones de violencia familiar, el juez determina la exclusión de hogar como medida cautelar en los casos en que considera que una mujer o los integrantes de la familia están en serio peligro. Aquí la opinión de diversos especialistas acerca de las virtudes y puntos flojos del sistema.

“La exclusión de hogar es una medida cautelar, provisoria y de protección. Las leyes no determinan que si una pareja está casada se tenga que divorciar, lo que la ley busca es la protección rápida en caso de vínculo violento”, señaló a Página/12 Darío Witt, abogado y coordinador fundador de la Casa Abierta María Puebla, un refugio para víctimas de la violencia. Lo importante de las leyes “es que sean operativas, con plazos breves que corten el vínculo violento y restituyan la víctima a su hogar”, afirmó. El especialista señaló que “lo que sigue faltando es la conciencia social, porque cuando va una mujer y plantea que fue amenazada se lo toma con bastante liviandad, ya que en muchos tribunales están impregnados de no separar aquello que Dios ha unido”.

Antes de que el juez determine una exclusión, en algunos casos “se pide diagnóstico familiar, que es un informe que hacen los trabajadores sociales o el equipo del tribunal que va a la familia, habla con vecinos”, narró Witt.

En ese sentido, la abogada Silvia Marchioli, especialista en derecho de familia, advirtió que “si hay violencia física es más fácil tomar medidas, ya que la víctima se presenta en la comisaría, se levanta un acta y va al cuerpo médico forense que la atiende. Lo más difícil son los casos en que se da violencia psicológica. El cuerpo del juzgado hace psicodiagnóstico de la familia y le sugieren al juez cuáles son las medidas de carácter urgente”. Marchioli recalcó que en esto “no se puede generalizar, ya que hay casos en que la exclusión se determina en forma rápida y en otros no, dependiendo de las circunstancias del mismo”.

“La exclusión es una medida procesal vinculada a cada departamento judicial de cada provincia, según sus leyes”, explicó Nina Brugo Marcó, presidenta de la Comisión de la Mujer de la Asociación de Abogados de Buenos Aires. “No hay un tiempo determinado, depende de las circunstancias para que se tome esta medida”, señaló. “El juez debe tener elementos suficientes para efectuar una exclusión”, remarcó.

Luego de que se toma esta medida, “es necesaria la asistencia psicológica para ambas partes. Lo importante es fortalecer a las mujeres en su autoestima”, subrayó Marcó.

Para Witt “las exclusiones son mínimas respecto de las denuncias, que terminan en un cajón”.

Los especialistas hicieron hincapié en que después de la denuncia es conveniente que la víctima, “dependiendo de sus posibilidades,” vaya a otro lado donde esté resguardada hasta el momento en que la pareja reciba la notificación. Lo cierto es que para esos casos “los lugares transitorios son muy pocos”, sentenció Brugo Marcó, quien aseguró que “aún queda mucho camino por andar”.

Informe: M. Sol Wasylyk Fedyszak.

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