EL PAíS • SUBNOTA
El de Ricardo Videla abrió la puerta a otros cuatro casos de menores condenados a perpetua en Argentina. El Gobierno logró modificar levemente la situación de uno de ellos, preso y completamente ciego. El polémico proyecto de ley de tope a las condenas a menores de 18.
› Por H. C.
El caso de Ricardo Videla fue aceptado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en febrero de 2004 y figura como “el Caso de la Prisión Perpetua para Menores de Edad”, en el expediente P-270-02/Argentina. No fue la primera perpetua a menores local pero sí el caso que abrió la puerta en la CIDH. La Justicia argentina condenó en diez oportunidades a perpetua a once jóvenes, por delitos cometidos siendo menores de 18 años. Cinco de esos casos, incluido el de Videla, tramitan juntos ante la CIDH.
La Convención sobre los Derechos del Niño fue confirmada y adoptada con rango constitucional en la Constitución del ’94. En su artículo 37, inciso a, ordena claramente: “No se impondrá la pena capital ni la de prisión perpetua sin posibilidad de excarcelación por delitos cometidos por menores de 18 años de edad”.
Entre el 20 de noviembre del ’97 y el 24 de abril de 2003, la Justicia argentina fue inconstitucional en 10 fallos que violaron la Convención al sentenciar a perpetua a 11 jóvenes por delitos cometidos cuando eran menores de 18 años. Entre ellos, está el caso de Ricardo David Videla Fernández, nacido el 17 de septiembre de 1984. Los otros 10 casos se reparten entre tribunales porteños, mendocinos y uno de Catamarca.
Quienes sostienen que la perpetua a menores no es inconstitucional argumentan que en Argentina, aunque la condena lleve agregada la accesoria por tiempo indeterminado, tras 20 años con buena conducta se puede pedir la excarcelación.
El 7 de diciembre pasado la Corte Suprema zanjó estableciendo que un menor de 18 años no puede ser condenado con las mismas penas que corresponderían a un adulto en igualdad de circunstancias. El fallo correspondió al caso de Daniel Maldonado, hoy de 23 años, condenado a 14 por un homicidio cometido cuando tenía 16 años. Internado en el Agote, fugó y cometió otro asalto, donde disparó a un policía y tomó como rehén a una embarazada. Fue detenido y condenado a perpetua por la Cámara de Casación, el 23 de abril de 2003. Fallo que revirtió la Corte.
Del total de casos, cinco llegaron a presentar su reclamo ante la Comisión Interamericana. Tres de ellos fueron presentados por Stella Maris Martínez, actual titular de la Defensoría General de la Nación, cuando era defensora oficial de los jóvenes César Alberto Mendoza, Lucas Matías Mendoza (no tienen parentesco entre ellos) y Claudio David Núñez. A ellos se les sumó, desde Mendoza, el caso de Cristian Raúl Roldán Casal. pero ninguno de los cuatro casos fue aceptado por la CIDH por cuestiones de forma. La puerta se abrió recién cuando el abogado mendocino Fernando Peñaloza presentó el caso de Ricardo Videla en noviembre de 2003 y fue aceptado por la CIDH en febrero del año siguiente, agregándole las otras cuatro presentaciones con lo que conformó el expediente P-270-02/Argentina conocido como “el Caso de la Prisión Perpetua para Menores de Edad”.
Antes de iniciar sus actuaciones, la CIDH ordenó que entre las partes se buscara una solución amistosa. “Las reuniones van al fracaso porque no llegaron a nada –dijo a Página/12 Peñaloza–. La tercera reunión, en febrero pasado, ni siquiera se hizo. Lo que queda ahora es que la Comisión comience a analizar si hay lugar para presentar una denuncia ante la Corte Interamericana”.
Fuentes de la Secretaría de Derechos Humanos, que representa al Estado argentino en el caso de los menores, sostuvieron que se van cumpliendo los pasos: “Hubo una audiencia ante la Comisión pedida de conjunto por las partes. Es una demostración de la voluntad para acatar las disposiciones de la Comisión”. De esa reunión surgieron los pedidos por el caso de Lucas Mendoza, con incapacidad visual total, y el proyecto de tope de pena para los delitos cometidos por menores de 18. En el caso de Lucas, la Justicia rechazó el pedido de detención domiciliaria presentado por la secretaría, pero aceptó trasladarlo a la U19 de Ezeiza, de régimen más abierto. Por otro lado, el Poder Ejecutivo está a punto de enviar el proyecto de ley de topes al Congreso, que propone como límite de 12 años la condena aplicable a jóvenes de 16 y 17 años.
“La ley de topes no soluciona el problema integral de niños y jóvenes en conflicto con la ley penal –dijo el subsecretario de Derechos Humanos, Rodolfo Mattarollo–. Para eso se necesita una ley penal de jóvenes que actúe en consonancia con la de Protección a la Niñez recientemente promulgada. Es una asignatura pendiente. Mientras tanto, queremos dar una solución urgente a la situación de los jóvenes ahora condenados.”
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