EL PAíS • SUBNOTA › OPINION
› Por Horacio Cecchi
Después de siete horas de lectura del fallo, y sobre el cierre de esta edición, Carrascosa fue absuelto de la acusación de homicidio, y condenado a cinco años y seis meses por el encubrimiento. Hace nada más que un día, este resultado del primer juicio del caso Belsunce, el que se le siguió a Carrascosa, flotaba entre la incredulidad y las certezas de la sociedad en general. Incredulidad en una condena a la que se considera imposible cuando en el banquillo se sienta a personalidades o sectores del poder. Y certeza de que esos sectores difícilmente reciban castigo. Incredulidad y certezas que tienen su fundamento, ya sea en el sentir y el sentido común de la gente, ya sea en las estadísticas y la jurisprudencia. No será la primera vez que desde el propio sistema judicial se sostenga que la justicia (y la penal por sobre todo) tiene como sujeto de persecución a los más desposeídos, a los jóvenes, y a los diferentes. Las cárceles bonaerenses –con un 75 a 80 por ciento de presos pobres, jóvenes y diferentes, hacinados e inocentes según los mismos artículos constitucionales que valían para la presunción de inocencia de Carrascosa– son el mejor ejemplo humano y estadístico.
Esa certeza de la sociedad relativa a una culpabilidad nunca castigada encierra, además de la idea de una justicia injusta, la idea de condena anticipada tan peligrosa como la que lleva a la cárcel a los presuntos ladrones de gallinas. Como si la sociedad necesitara ver cumplidos sus deseos de igualdad al menos como un sueño. Los medios no deberían soslayar su lugar en esa idea previa que la gente se va formando.
Y por qué entonces tiene importancia este fallo. Porque los jueces debieron fallar en un contexto para nada fácil, con presiones de uno y otro lado. Fallaron en contra del prejuicio social pero también en contra de la costumbre judicial. En principio, el esmerado interés del tribunal por difundir los pasos del juicio: transparentar los actos de la justicia. Sin temor a los medios, pero marcando pautas. No es común. Y es beneficioso el apoyo que recibió el tribunal por parte de la Suprema Corte.
El fallo, además, desatará hacia dentro del caso una serie de remezones difíciles de evaluar a esta altura. Habrá que recordar que quedan siete procesados por encubrimiento, de los cuales cuatro son miembros de la familia y uno es un amigo íntimo.
“... advierto que algunas personas que colaboraron en la tarea pudieron haber actuado en complicidad con el acusado –en especial, ciertos coimputados que pergeñaron explicaciones tanto o más disparatadas, con la clara intención de justificar la idea inicial–; al tiempo que otras lo hicieron movidas por relaciones laborales, de sumisión, y hasta por convencimiento”, apuntó la presidenta Etcheverry. Difícilmente hace un día alguien hubiera considerado posible que los jueces montaran más que serias dudas sobre el resto de los procesados –que ahora ya no transitan sólo la vereda de la sospecha social–.
Acusó de mendaces las actitudes de Bártoli que “compartió una mentira con el imputado”; sostuvo que en su careo con Inés Ongay, la amiga de María Marta, Pichi Taylor tenía más motivos para mentir porque había sido coimputada y no debía autoincriminarse, y porque formaba parte del riñón de amigos y familiares que tenían interés en evitar una condena a Carrascosa. También resultaba impensable hace un día.
Fue interesante el lugar que asumió el fallo, especialmente la jueza en relación a las sospechas que montó la defensa respecto a ciertos testigos de la fiscalía. Me refiero en especial a la ex empleada de los Bártoli, Catalina Vargas. Para invalidar su testimonio la defensa tachó a la mujer por analfabeta. La jueza sostuvo que “no pasó de ser un desafortunado comentario del Dr. Cafetzoglus, sin sustento probatorio alguno”. Y dio por cierto el testimonio de la testigo. Tampoco era creíble que se asumiera esa posición hace unas horas.
El domingo pasado este mismo autor, sin condenar a priori a través de un medio, describió una serie de curiosidades del caso, entre ellas el sorprendente parecido entre la posición de la defensa y la querella. La jueza leyó como curiosidad que la querella, igual que la defensa, acusaran a un sospechoso, Pachelo, contra el que no se proporcionó durante el caso la menor carga probatoria. Tampoco contra los vigiladores, señaló la jueza, a los que se señaló como autores de robos de millones de dólares o, alternativamente, de frascos de dulce de leche, yerba, y repelente para mosquitos.
Pero también es importante el fallo porque condenó sin conceder. No respondió a la condena del homicidio simplemente porque no había prueba suficiente. La especulación de que al no haber homicida no hay encubrimiento, quedó absolutamente desvirtuada. Entorpecer el camino de la Justicia es un delito. El resto de los procesados, en la otra causa, quedaron, como quien dice, caminando sobre una cuerda floja.
Para algunos, seguramente, la condena será una injusticia. Para otros, también, la condena fue apenas de 5 años y medio. Sería bueno agregar que, en todo caso, la condena fue la condena posible con las pruebas existentes después de una investigación que avanzó al inicio crédula. Hace unos días, Carrascosa saldría libre.
Ayer, el último detalle fue el que al final de la lectura del veredicto, y cuando Carrascosa ya era un condenado con cumplimiento efectivo, sus abogados solicitaron su eximición de prisión sugiriendo que presentarían una apelación con lo que el fallo no estaba firme. La jueza respondió que no, que el tribunal había considerado esa posibilidad y que la evidencia de que el condenado pudiera intentar eludir el accionar de la Justicia impedía esa libertad provisoria. Coherencia: si fue condenado por encubrimiento, esto es, por intentar evitar el accionar de la justicia, lo que menos correspondía era que se lo dejara libre. Sin importar quien fuera.
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