Jue 12.07.2007

EL PAíS • SUBNOTA  › TEXTUALES DEL FALLO QUE SENTENCIO A CARRASCOSA POR ENCUBRIMIENTO

Los fundamentos para la condena

El veredicto asegura que el viudo mintió, que inventó una historia para disimular, que la familia también encubrió. La gotita, el pituto, los tiempos. Los extractos más importantes.

El fallo que condenó a Carlos Carrascosa por el encubrimiento del homicidio de su esposa, María Marta, no fue unánime. Los jueces María Etcheverry (presidenta del tribunal oral 6) y Hernán San Martín votaron por la culpabilidad, y Luis María Rizzi por la inocencia. Los tres jueces consideraron por diferentes motivos que no existían pruebas para condenar a Carrascosa por la primera acusación, el homicidio. Antes, el tribunal y esa vez sí por unanimidad, rechazó los planteos de nulidad de los alegatos del fiscal presentados por la defensa de Carrascosa. Los que siguen son los párrafos textuales más importantes de un fallo extensísimo de un juicio más extenso aún.

- Carrascosa y Bártoli: El imputado fue mendaz. Al verse en la necesidad de explicar sus movimientos antes de la hora en que fuera visto arribar a su domicilio, cerca de las 19, recurrió a una mentira compartida con el coimputado Bártoli.

- Tiempos: Es evidente que ambos se pusieron de acuerdo en ubicarse juntos en un lugar, mientras María Marta era asesinada –ya que sabemos que el episodio central debió ocurrir entre las 18.20 y las 19.00, aproximadamente. Ello, calculando la hora de finalización del partido (18.07), el tiempo de levantarse y despedirse, buscar la campera de Carrascosa en su camioneta, subir a su bicicleta, pedalear hasta la casa, dejar el biciclo, entrar, subir, ser golpeada por sus agresores –como se desprende de las lesiones descriptas en la autopsia, a la que me remito–, para finalmente caer acribillada por cinco balazos disparados todos mientras todavía se hallaba con vida, y siendo cada uno de ellos letal.

- Versión familiar: Al tener que rendir cuentas de su accionar, el imputado inventó una historia cuya credibilidad ha sido derrumbada, a mi entender. Si olvidó o no dio importancia a su paso por el Club House, resulta indiferente. Lo cierto es que, cuando Alba Benítez y todos los otros testigos corroborantes revelan lo que realmente estuvo haciendo, ya era imposible cambiar la versión. Uno pudo haberse confundido, dos no, eso revelaba connivencia, y esa versión debía ser mantenida contra viento y marea, para evitar que se los tildara de mentirosos, como finalmente lo hago.

- Robo: La hipótesis del robo, según se ha visto, fue descartada porque no halló elementos de peso para sostenerla.

- Maniobras: En función de los elementos de prueba traídos a este debate, advierto que algunas personas que colaboraron en la tarea (N.de la R: se refiere a “maniobras de ocultamiento”) pudieron haber actuado en complicidad con el acusado –en especial, ciertos coimputados que pergeñaron explicaciones tanto o más disparatadas, con la clara intención de justificar la idea inicial–; al tiempo que otras lo hicieron movidas por relaciones laborales, de sumisión, y hasta por convencimiento.

- Pichi: Desde otra óptica, resulta evidente que admitir haber pronunciado la frase que la testigo Ongay le atribuye, resultaba incriminante para la Sra. de Taylor, cuando revestía la calidad de coimputada por el delito de encubrimiento, y sería altamente comprometedor para el aquí acusado y su entorno –del que forma parte esta testigo– que modificara su versión.

Lo que estoy diciendo es que advierto que Nora Burgués de Taylor tiene motivos para no decir la verdad. Y no los advierto para Inés Ongay, como ya lo analizara.

- Gotita: Paralelamente, también encuentro acreditada la responsabilidad del encausado en la decisión de impedir el acceso al lugar del hecho a ciertas personas. Podría pretender argumentarse que con la cantidad de gente que asistió al velorio, no hubo tal impedimento. Sin embargo, varios testigos dieron cuenta de este impedimento –que coincide temporalmente con las tareas de limpieza del lugar, ocultamiento de rastros y acondicionamiento del cadáver–. Hago la salvedad respecto de esto último, ya que si bien no se ha tenido por acreditada la utilización de un pegamento para cerrar las heridas, o que el cadáver hubiera sido maquillado, se probó que se hicieron numerosos intentos de detener la hemorragia producida por tan graves heridas en el cráneo.

- Móvil: Lo cierto es que si bien la respuesta podría resultar esclarecedora, no es imprescindible para los hechos que debo juzgar. Si Carrascosa actuó para favorecer al autor del hecho porque lo conocía, no lo sé y no ha quedado acreditado; si se trató de un ajuste de cuentas que el acusado intentó ocultar para no verse desprestigiado, y envuelto en una investigación posterior por supuestos negocios espurios que llevaba adelante, tampoco resultó acreditado; si se trató de un drama pasional que intentó ocultar, tampoco; y si en definitiva consideró la hipótesis del robo pero entendió que ninguna investigación le iba a devolver a su mujer, menos aún.

- Pituto: Carrascosa también participó en la decisión de desechar uno de los proyectiles que impactaron en la víctima. Al respecto, varios coimputados hicieron referencia en sus respectivos descargos. Constantino Hurtig explicó que luego de que Horacio señalara que el proyectil era un “apoyaestante” o algo de los herrajes de las ventanas, fueron a buscar al dueño de casa con la finalidad de que se pueda identificar el elemento encontrado. Así Carrascosa, al observarlo, refirió que ello no pertenecía a ningún mobiliario pero que podría pertenecer al material utilizado por los médicos que la habían atendido. Claro que, como dije, estas disquisiciones se hicieron en un contexto nada ingenuo –se hablaba de “bala”, “casquillo” o “esquirla”–. ¿Debo creer pese a ello, que no se le dio ninguna importancia a este elemento?

- Certificado trucho: Otro de los hechos que he de poner en cabeza de Carlos Alberto Carrascosa, se refiere a la obtención del certificado de defunción apócrifo –alterado en cuanto a la referencia al origen del deceso– y de este modo, intentar evitar que se hiciera la correspondiente autopsia, para ocultar que se trató de una muerte traumática.

- Encubrimiento: Como corolario de la conclusión a la que he arribado, considero necesario remarcar que la actuación del acusado y su entorno –familiares, amigos y dependientes; sin perjuicio de la responsabilidad penal que pudiera o no asignársele a cada uno– ha afectado sensiblemente la averiguación de la verdad en este proceso. (...) Los elementos de prueba colectados demuestran, a mi criterio, que las pruebas, rastros y demás elementos del delito principal, fueron literalmente borrados por Carlos Alberto Carrascosa y su séquito de acompañantes habituales y circunstanciales, estos últimos, según el caso, ya sea por connivencia o por verdadera ignorancia de los alcances de su actuación.

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