EL PAíS • SUBNOTA
CAROLINA VARSKY *
Este proyecto significa aggiornar la legislación penal interna con los compromisos internacionales que asumió la Argentina, entre ellos la desaparición forzada de personas. En él se reúnen las distintas definiciones de los estatutos internacionales. Hasta ahora, todas las indagatorias a los acusados en los juicios por violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura fueron por privación ilegal de la libertad, esto va a cambiar por desaparición forzada ya que, una vez aprobado el proyecto, estaría tipificado en el Código Penal. Sin embargo, habría que analizar los casos que ya se están desarrollando.
* Directora del área “Memoria” del Cels.
LUCIANO HAZAN *
El proyecto es muy bueno, claramente es una reacción del Poder Legislativo ante una obligación que tenía el Estado. Las reuniones para llevar adelante este proyecto son muy positivas porque han permitido el intercambio de los organismos de derechos humanos y distintos bloques de la Cámara de Diputados. Es muy importante para las Abuelas de Plaza de Mayo la incorporación como desaparición forzada de los niños nacidos en cautiverio. Además, se está previendo una reforma procesal que les prohíbe a los jueces archivar las causas mientras no se recupere la identidad de los niños que fueron apropiados.
* Abogado de Abuelas de Plaza de Mayo.
MABEL GUTIERREZ *
Cuando los países ratificaron la Convención Interamericana de Derechos Humanos se comprometieron a adecuar la legislación interna. En este país no se juzga la desaparición. Con esta modificación se tipifica el delito y se empezará a juzgar por desaparición y no por privación ilegítima de la libertad, que es considerada como un secuestro extorsivo por dinero. La pena es de prisión o reclusión perpetua para los responsables. También implica cambios en las desapariciones fuera de la dictadura, como no permitir que participen de la investigación quienes estén sospechados de haber intervenido en el caso. Y es desaparición forzada la de los niños nacidos en cautiverio.
* Familiares de Desaparecidos y Detenidos por Razones Políticas.
ANA CHAVEZ *
Queríamos una adecuación del derecho interno al derecho internacional y ajustar normas de orden procesal. Los jueces no investigan ni buscan los cuerpos de los compañeros. No alcanza llevar a juicio a los militares sino que hay que buscar a los compañeros. Por eso es fundamental que ningún juez ni fiscal pueda archivar ninguna causa hasta que se encuentren los cuerpos. Con este proyecto se lograría más transparencia. De lograrse una reforma en los códigos, vamos a poner las obligaciones y las competencias en su lugar. Se considera la desaparición como el delito más grave con lo cual la búsqueda en las primeras horas es mucho más intensa y hubiera servido en casos como el de López.
* Abogada del Servicio de Paz y Justicia.
HORACIO RAVENNA *
Está fuera de discusión que la desaparición forzada es un delito continuado. Como consecuencia, esta modificación podría aplicarse a todos los casos de desaparecidos que no han sido resueltos. En el proyecto se ajustó la pena para la desaparición forzada a prisión e inhabilitación perpetua, pero ante la aparición con vida la pena se reduce a entre 8 y 20 años de cárcel. Se adecuó el artículo que tiene el concepto del texto de la Convención Interamericana sobre la desaparición y se agrega el tema de los nacidos en cautiverio. Cuando la madre está embarazada se consideran dos las personas desaparecidas.
* Vicepresidente de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH).
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