EL PAíS • SUBNOTA
› Por Diego Schurman
El intendente de Esteban Echeverría, Alberto Groppi, podrá ir por su reelección. La Junta Electoral lo habilitó a través de un fallo, con cuatro votos a favor y una disidencia planteada por el presidente de la Junta, y también presidente de la Corte, Daniel Soria, que consideró impugnable a Groppi por haber sido “máxima autoridad política” durante la dictadura. Soria se basó en los “principios” emergentes de los artículos 36 de la Constitución Nacional y 3 de la Constitución provincial. El primero señala que “los autores (de interrumpir el sistema democrático) serán pasibles de la sanción prevista en el artículo 29, inhabilitados a perpetuidad para ocupar cargos públicos”. En tanto, el segundo indica que “quienes ordenaren, ejecutaren o consintieren actos o hechos para desplazar inconstitucionalmente a las autoridades constituidas regularmente, y aquéllos que ejercieren funciones de responsabilidad o asesoramiento político en cualquiera de los poderes públicos, ya sean nacionales, provinciales o municipales, quedarán inhabilitados a perpetuidad para ejercer cargos o empleos públicos”.
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