Jue 19.06.2008

SOCIEDAD  › FALLOS OPUESTOS SOBRE MADRES PRESAS CON HIJOS

Un debate con los niños de rehenes

Dos fallos reavivaron ayer las diferentes posturas dentro de la Justicia sobre los derechos de las madres encarceladas que exigen la prisión domiciliaria para cuidar de sus hijos. La Cámara Nacional de Casación Penal rechazó conceder este beneficio a una madre en Bahía Blanca, argumentando que esa separación familiar “es una consecuencia no buscada pero inherente a toda condena de pena privativa de la libertad ejecutada en una penitenciaría”. Sin embargo, la Cámara Nacional de Apelación en lo Criminal decidió otorgar la prisión domiciliaria a una mujer embarazada y con tres niños para evitar el “desmembramiento del grupo familiar”.

En el primer caso, el defensor oficial Juan Carlos Sambucetti invocó ante la Cámara de Casación la Convención sobre los Derechos del Niño y la necesidad de atender el “interés superior de los hijos”. La mujer en cuestión, cuyas iniciales son E.C., cumple una condena de seis años y cuatro meses de prisión en un penal de Bahía Blanca y había fundamentado su pedido en que los niños están a cargo de sus abuelos maternos, que tienen “avanzada edad” y escasos recursos económicos. Además, se desconoce el paradero del padre de los menores.

Su pedido de prisión domiciliaria fue rechazado por un tribunal oral de Bahía Blanca porque, según aseguraron los magistrados, no encuadraba en las previsiones de la ley 24.660, que establece esa posibilidad para detenidos mayores de 70 años o con enfermedad incurable en estado Terminal. La sala II de la Cámara Nacional de Casación confirmó esta resolución y en su sentencia admitió haber otorgado en otros casos el beneficio dejando de lado esos requisitos, pero acotó que se trataba de mujeres embarazadas o con hijos recién nacidos. Los camaristas Luis Cabral, Gustavo Mitchell, Guillermo Yacobucci y Luis Cabral destacaron que, de conceder la prisión domiciliaria, E.C. tampoco podría ofrecerles protección a sus hijos fuera de las paredes de su casa.

El segundo caso es el de una mujer de 27 años, M.R.E.M. según sus iniciales, que está imputada del delito de hurto en grado de tentativa. M.R.E.M está embarazada, tiene tres niñas (de 3, 4 y 10 años) y su marido también cumple condena por la misma causa. Dos de las menores viven con sus abuelos y la más pequeña, que está por cumplir los cuatro, deberá abandonar la unidad 31 de mujeres donde está detenida su madre. Patrocinada por su defensora oficial, Cecilia Mage, la mujer presentó un recurso contra un fallo que había rechazado su pedido.

La sala cuatro de la Cámara Nacional de Apelaciones, integrada por Alberto Seijas, Mariana González Palazzo y Carlos González, revocó la decisión de primera instancia y concedió el beneficio para evitar la adaptación de las menores al medio carcelario y favorecer su desarrollo integral. De lo contrario, acotaron, la permanencia de M.R.E.M. en la prisión “irroga la pérdida de contacto cotidiano con sus hijos de corta edad sumándosele, en caso de permanecer allí luego de dar a luz, la separación del recién nacido de sus hermanos, con el consecuente desmembramiento del grupo familiar”.

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