Mar 14.10.2008

SOCIEDAD  › SOBRESEEN AL DIRECTORIO DE LOTERíA QUE FIJó UN CANON IRRISORIO POR EL ALQUILER DEL TATTERSALL DE PALERMO

Sólo son buenos hombres de negocios

Tanto el Tattersall como el restaurante Kansas siguen funcionando sin habilitación de la ciudad. Pagan apenas 12.000 pesos mensuales por el alquiler en uno de los lugares más caros de Buenos Aires. La Oficina Anticorrupción apeló el sobreseimiento a Casación.

› Por Eduardo Videla

En la ciudad de Buenos Aires hay hombres de negocios que encontraron la forma de trabajar durante años sin habilitación, y en lugar de sanciones, reciben como premio un módico precio en el alquiler que le pagan al Estado por el espacio que explotan. Es el caso del emblemático Tattersall, un salón de fiestas y eventos ubicado en uno de los lugares más exclusivos de la ciudad, el predio del Hipódromo de Palermo, y el restaurante Kansas, construido sin permiso en el mismo espacio, considerado como Area de Protección Histórica (APH) y Urbanización Parque, previa demolición de un edificio de valor patrimonial, construido en 1876. El Tattersall y Kansas son ejes de un largo conflicto con Lotería Nacional, la sociedad del Estado propietaria del predio donde funcionan, que recibe en concepto de canon apenas 12.000 pesos mensuales. Los ex integrantes del directorio de la empresa estatal que aprobaron ese canon habían sido procesados por el delito de “defraudación por administración infiel”, pero recientemente resultaron sobreseídos. El juez federal Sergio Torres y la Cámara Federal revocaron sus propios fallos en base a una pericia contable que consideró que los funcionarios actuaron “con el criterio de un buen hombre de negocios” y desestimaron las pruebas anteriores. La Oficina Anticorrupción apeló el fallo a la Cámara de Casación.

Los trámites de habilitación de ambos negocios duermen en distintas dependencias del Ejecutivo. No son los únicos: en la Agencia Gubernamental de Control admiten que en la misma situación está el restaurante del Golf Club, y los salones del Club Alemán de Equitación y Gimnasia y Esgrima de Buenos Aires.

Los antecedentes del caso se remontan a una contratación directa efectuada en el año 1994 entre Lotería Nacional y la Asociación Argentina de Fomento Equino, para el alquiler del Tattersall (Avenida del Libertador al 4600) con un canon de 10.400 pesos mensuales. El objeto principal del contrato lo constituía el remate de caballos y el objeto secundario la realización de otras actividades, siempre que ellas fueran afines al objeto principal.

El contrato autorizaba a la Asociación a efectuar sublocaciones, que debían ser autorizadas por Lotería Nacional. Esto dio lugar a un festival de subalquileres: la Asociación de Fomento Equino subcontrató el uso con la asociación Equs Fidei y ésta con Tattersall de Palermo SA, todas autorizadas por Lotería. Pero en 2001 se detectó que la firma Tattersall de Palermo SA celebró un nuevo contrato con la empresa Bistró, esta vez sin permiso. Tampoco había autorización oficial para la realización de obras en el predio donde estaba el Museo de Hipología, que fue demolido para la construcción del restaurante. Por esa razón, en noviembre de 2001 Lotería rescindió el contrato e inició el juicio de desalojo.

Esta situación derivó en una serie de juicios cruzados: la Asociación de Fomento Equino contra Lotería, Bistró contra Tattersall de Palermo y Lotería. De allí de desprenden las audiencias de mediación que desembocaron en un polémico acuerdo: se desestimarían los juicios en trámite, y se celebraría un nuevo contrato; a cambio, el Estado recibía por todo concepto la suma de 12.000 pesos mensuales. Este acuerdo se celebró el 12 de mayo de 2003, dos semanas antes de la asunción del gobierno de Néstor Kirchner.

En contra de una recomendación de la Sigen, que había solicitado que se determine la razonabilidad de ese canon, el directorio lo aprobó y luego dispuso que se estudie si era razonable. Esto dio pie a una denuncia contra los integrantes de aquel directorio, presentada por el ex legislador porteño Marcelo Gey, que derivó en una causa penal iniciada por la Oficina Anticorrupción. “Ese precio ínfimo favorece a las empresas en perjuicio de los intereses del Estado”, argumentó la OA.

Los informes posteriores determinaron que ese monto no era razonable. “El Organismo Nacional de Administración de Bienes del Estado determinó el valor de locación mensual para Kansas en 40 mil pesos y para el Tattersall en 30.000. Pese a eso, nunca se logró el ajuste de los precios. Siguen pagando 12.000 pesos, monto que holgadamente recuperan en una sola fiesta organizada en el Tattersall, donde se organizan las fiestas más suntuosas de la ciudad”, dijo a este diario una fuente de la OA. Para tener una idea de lo que se recauda en esos negocios, basta ver el reclamo en la demanda civil contra al Estado formulada por Bistró, que estimó el lucro cesante en 1,6 millón por año.

El juez Torres indagó a los imputados y los procesó por administración fraudulenta, y la Cámara confirmó el fallo. Pero luego el magistrado ordenó una pericia contable, que realizó el decano del Cuerpo de Peritos Contadores de la Corte. De acuerdo con ese dictamen, “teniendo en cuenta la crisis financiera que atravesaba el país hacia 2003, asi como también la existencia de juicios cruzados y las restricciones de dominio impuestas por el gobierno de la ciudad, (el perito) concluyó que los imputados ‘actuaron con el criterio de un buen hombre de negocios’”, dice el juez en su fallo. A partir de ese dato, da vuelta como un guante su resolución anterior y sobresee a los imputados. La OA apeló esa resolución y la Cámara, con las firmas de Horacio Cattani, Martín Irurzun y Eduardo Farah la confirmó.

Los abogados de la Oficina Anticorrupción ahora van a Casación argumentando que “en el momento en que se aprobó el acuerdo no había informe alguno sobre las inversiones realizadas en esos predios, por lo cual nunca se pudo tener en cuenta este elemento para determinar el canon”. También sostiene que “la situación del año 2003 era muy distinta a la de 2001”, ya que en 2003 “eran evidentes los signos de recuperación de la economía del país y del clima propicio para realizar nuevamente negocios”. Por último, “el perito no tiene en cuenta el valor del inmueble, las ganancias de las empresas ni comparaciones con alquileres de locales similares”.

En su presentación, los abogados de la OA cuestionan los fallos de Torres y de la Cámara por “arbitrarios” ya que, argumentan, “se apartan de los criterios que sostuvieron sin explicar por qué, en base a una simple pericia contable” que “aplican automáticamente sin valorarla ni confrontarla con el resto de las pruebas” reunidas en el expediente.

“Estas empresas violan el contrato con el Estado, efectúan construcciones prohibidas, desarrollan negocios para los que no estaban autorizadas y, en virtud de un convenio, no sólo se les perdona estos incumplimientos sino que se les impone un monto de locación irrisorio en relación con esos negocios o el valor de los terrenos”, dice el escrito presentado por los abogados de la OA, Juan Carlos Duré y Omar Sosa.

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