SOCIEDAD › ANTE UNA DEMANDA PRESENTADA POR DIECIOCHO COMUNIDADES ABORíGENES DE SALTA
En su último acuerdo del año, el máximo tribunal ordenó parar la tala de bosque nativo en cuatro departamentos salteños. El gobierno provincial había autorizado el desmonte en 807 mil hectáreas. El fallo, además, convoca a una audiencia pública para febrero.
› Por Eduardo Videla
La Corte Suprema de Justicia ordenó ayer la suspensión del desmonte y la tala de bosques nativos, que estaban autorizados por el gobierno de Salta, en cuatro departamentos de la provincia. En un fallo unánime, el máximo tribunal hizo lugar a una medida cautelar presentada por dieciocho comunidades aborígenes de la región. La Corte también convocó a una audiencia pública para el próximo 18 de febrero en la que deberán exponer sus argumentos el gobierno provincial, el Estado nacional y las comunidades afectadas.
El fallo pone un freno a la deforestación de unas 807.000 hectáreas, autorizada por el gobierno de Juan Carlos Romero, antes del 10 de diciembre de 2007. No incluye los permisos que aprobó recientemente la Legislatura provincial, mediante la llamada ley de “ordenamiento territorial”, que “no sólo convalida las anteriores autorizaciones, sino que establece nuevos territorios que pueden ser desmontados”, dijo a Página/12 la abogada Mara Puntano, patrocinante de la comunidad guaraní Estación Tabacal, una de las demandantes.
La acción de amparo fue presentada por las organizaciones el 17 de diciembre último, un día después de que la Legislatura sancionara esa controvertida ley. El tribunal resolvió el caso en menos de cinco días hábiles, en el que fue su último acuerdo del año. La demanda cuenta con el patrocinio de los abogados Alicia Oliveira y Raúl Ferreyra.
Entre otros argumentos, la presentación se basa en la defensa del derecho constitucional a vivir en “un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano”, condiciones que serían vulneradas por la deforestación indiscriminada.
“Desde que nos desalojaron de nuestras tierras no podemos criar animales ni dedicarnos a la agricultura. Vivimos en un asentamiento donde la mayoría está desocupada”, relata a este diario Mónica Romero, de la comunidad guaraní Estación Tabacal, que mantiene un largo conflicto con la Seabord Corporation, dueña del Ingenio San Martín, una de las empresas que más ha desmontado su territorio, en el departamento de Orán.
Pese a que la procuradora Laura Monti se había pronunciado en contra de la competencia de la Corte en un tema local, el tribunal tomó el tema y resolvió “hacer lugar a la medida cautelar” ordenando “el cese de los desmontes y talas de bosques nativos en los departamentos de San Martín, Orán, Rivadavia y Santa Victoria, autorizados por la provincia de Santa durante el último trimestre de 2007”.
También le pidió al Estado provincial demandado que “en el plazo de treinta días informara al tribunal los nombres y apellidos o razones sociales, con sus respectivos domicilios, de todas las personas físicas y jurídicas que han solicitado y obtenido autorizaciones de desmonte y tala de bosque nativos” en los departamentos mencionados. Los cuatro departamentos están ubicados en el norte y este de la provincia y comprenden la tercera parte de su territorio.
Según las organizaciones, en el último trimestre de 2007 se registró “un abrupto incremento en los pedidos de autorizaciones” para desmonte, lo que atribuyeron a que en ese momento era inminente la sanción de la Ley de Protección ambiental de Bosques Nativos. “Las comunidades wichí están cercadas por el desmonte”, advirtió la abogada Mara Puntano.
La Corte convocó a una audiencia para el 18 de febrero a las 10, en la cual “las partes deberán expedirse en forma oral y pública sobre la situación que se denuncia”. Las partes son la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, el gobernador de Salta, Juan Manuel Urtubey, y las comunidades aborígenes, a quienes pidió que unifiquen su representación.
En la demanda, las comunidades wichí y guaraní pidieron que se declarara “la inconstitucionalidad y nulidad absoluta de las autorizaciones otorgadas y se prohíba otorgarlas en el futuro, se imponga a las demandadas el deber de recomponer y restablecer el ambiente al estado anterior de la producción del daño”. Y en caso de no ser posible esto, “se fije una indemnización sustitutiva en favor de los demandantes”. Esa es la cuestión de fondo del amparo, que será resuelta después de la audiencia pública.
“Los hechos que se denuncian exigen de esta Corte el ejercicio del control encomendado a la Justicia sobre las actividades de otros poderes del Estado”, argumentaron los ministros al fundamentar su competencia. La resolución fue firmada por el presidente Ricardo Lorenzetti y los ministros Elena Highton, Carlos Fayt, Enrique Petra-cchi, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay.
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