Jue 15.04.2010

SOCIEDAD  › UN JUEZ DECLARó “INEXISTENTE” EL PRIMER MATRIMONIO GAY CELEBRADO EN EL PAíS

Otro escollo para un derecho civil

El fallo anuló el casamiento entre Alex Freyre y José María Di Bello celebrado en Ushuaia. La noticia se difundió en la provincia, pero los interesados no fueron notificados. La Falgbt aclaró que apelará, por lo que el matrimonio “sigue vigente”.

› Por Soledad Vallejos

En apariencia, el primer matrimonio entre varones celebrado en Argentina sería “inexistente”. Al menos, así lo anunció una radio provincial, y lo repitió luego un portal de noticias, pero los afectados directos nunca fueron notificados. Tampoco se conocen detalles del expediente por el cual un juez de Minoridad y Familia de Tierra del Fuego aseguró que Alex Freyre y José María Di Bello, contra todo lo que registraron documentos públicos nacionales y medios de comunicación de todo el mundo, nunca se casaron. Ayer ni el matrimonio Freyre-Di Bello ni el registro civil habían sido notificados. Al menos hasta el anochecer, sólo habían trascendido las declaraciones de uno de los promotores de la denuncia contra el matrimonio, el abogado Alejandro De la Riva, socio en la cruzada de Demetrio Martinelli, sobre cuyo meritorio y nutrido prontuario este diario dio cuenta el martes pasado. Las inasibles novedades judiciales, por otra parte, casualmente se dieron a conocer a horas de que los proyectos de modificación del matrimonio civil tengan dictamen en la Cámara de Diputados, durante la reunión conjunta que, desde las diez de la mañana, mantendrán las comisiones de Legislación General y Familia, Mujer y Adolescencia (ver aparte).

La comunicación del fallo que habría dictado el juez Marcos Meillien fue realizada por una FM de Ushuaia, según la cual el lunes de esta semana habría sido declarado nulo el matrimonio de Freyre y Di Bello. La resolución, que respondía así a un pedido de la fiscal Karina Echazú, se habría sustentado en una interpretación del artículo 172 del Código Civil, que refiere el requisito de que las personas, al casarse, puedan manifestar su consentimiento de manera libre. El juez, sin embargo, habría interpretado que el artículo sostiene que “el acto que careciere de alguno de estos requisitos no producirá efectos civiles”, motivo por el cual habría resuelto que Freyre y Di Bello nunca estuvieron casados. Según afirmaron portales noticiosos vinculados con el integrismo reaccionario católico, De la Riva anunció que en lo inmediato procurará llevar ante la Justicia a la gobernadora Fabiana Ríos, por haber acatado la resolución judicial que autorizaba a la pareja a casarse.

Hasta anoche ni el matrimonio Freyre-Di Bello ni el registro civil habían sido notificados. Por ello y por la manera, y el momento en que trascendió la resolución judicial no comunicada a los afectados, la Federación Argentina LGBT (Falgbt) evaluó que se trató más de un golpe de efecto que de un impacto real. “Resulta llamativo que justo un día antes de emitirse el dictamen en la Cámara de Diputados, un juez de Tierra del Fuego, en una acción improcedente y desmedida, haya declarado ‘inexistente’ el matrimonio”, afirmó el secretario general de la Falgbt, Esteban Paulón. Pareciera, agregó, “más un mensaje destinado a los legisladores que a una sentencia que se ajuste a derecho. Por supuesto que el matrimonio está vigente, y desde la Falgbt apelaremos. Si hay que llegar hasta la Corte Suprema de Justicia, hacia allí iremos.”

En el mismo sentido se orientó María Rachid, presidenta de la Falgbt, quien calificó a la resolución fantasmática como “sólo un intento más de los sectores que se oponen a nuestros derechos humanos”. No es la primera vez, insistió, que se intenta atacar por vía judicial, de manera improcedente, a las parejas que ya han logrado casarse; “es uno de otros tantos intentos que han fracasado”. Rachid añadió que la decisión de Meillien, por lo demás, “no está ni estará firme, por lo tanto éste, como todos los casamientos de parejas del mismo sexo celebrados en Argentina, siguen firmes y vigentes en todo el país”. En caso de que los afectados directos fueran notificados, Freyre y Di Bello, tanto como el propio registro civil, tendrían la potestad y la voluntad de apelar en tribunales locales, eventualmente llegar a la Corte Suprema, y también a instancias internacionales.

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