SOCIEDAD › LEVE CONDENA A UN VIGILADOR
Un vigilador privado que mató a un joven discapacitado en 2009, en el partido bonaerense de Malvinas Argentinas, fue condenado ayer a dos años y diez meses de prisión condicional. La sentencia por “homicidio cometido en situación de error en el ejercicio de la legítima defensa” fue dictada por el Tribunal Oral Criminal (TOC) 2 de San Martín, que entendió que el vigilador fue agredido por un grupo de personas. “Esto es un escándalo, es la primera vez en mi vida que escucho esta figura. Es totalmente incomprensible”, se quejó María del Carmen Verdú, titular de la Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional (Correpi) y representante legal de la familia de la víctima, Luis Bolaño. La abogada anunció que apelará el fallo a la Cámara de Casación de la provincia.
La condena se aplicó sobre el vigilador Juan Pablo Rodríguez. En diálogo con Página/12, Verdú advirtió que todo lo que rodea al episodio es pura “presunción del Tribunal”, porque “no hay pruebas contundentes que avalen que la víctima estuviera acompañada por otras personas y que alguna de ellas hubiera disparado contra Rodríguez”.
Además, la versión del otro vigilador que acompañaba a Rodríguez fue desestimada, por ser calificada de “poco creíble” o “mentirosa”.
Asimismo, la abogada querellante cuestionó la “arbitrariedad de la sentencia”, ya que está probado que por su discapacidad Bolaño “no podía disparar”. Vale aclarar que luego del asesinato de Bolaño, Rodríguez había argumentado que “la víctima tenía un arma y estiró ambos brazos para disparar”, declaración que fue desacreditada porque, según manifestaron varios médicos, no podía hacerlo en función de su discapacidad, que le hacía tener la mano en forma de garra.
El homicidio del joven discapacitado ocurrió en la madrugada del 14 de marzo de 2009. En aquel momento, Bolaño recibió un balazo en medio del pecho por parte de Rodríguez, un vigilador de la empresa Clave SRL, quien custodiaba una granja de Pablo Nogués, al noroeste del conurbano bonaerense.
El fiscal Juan Manuel Fernández Buzzi había pedido una pena de ocho años y medio para Rodríguez, por tratarse de una condena por “homicidio simple”, al descartar la versión del vigilador de que fue víctima de un robo por parte del joven discapacitado.
“Los jueces concluyeron que una de las cinco balas que disparó el vigilador mató a Bolaño, un joven discapacitado física y mentalmente que ningún peligro generaba para su asesino”, dijo Verdú. “A pesar de que admitieron las contradicciones en la versión del imputado y desestimaron por mentiroso a otro vigilador que estaba con él, dijeron estar convencidos de que, instantes antes, Rodríguez fue atacado por otros individuos”, señaló. Y agregó que el tribunal entendió que el imputado “pudo haberse representado erróneamente que la agresión ilegítima aún pervivía”.
“El juez Aníbal Bellagio, que intervino en primer término, probó la incapacidad de Bolaño”, expuso la abogada de la familia de la víctima. También dijo que el joven discapacitado “nunca estuvo armado” y que “jamás atacó a su asesino”. Para Verdú, pasar de la escala de ocho a 25 años, de homicidio simple a la de culposo y aplicarle al imputado una condena ni siquiera simbólica, “es un dibujo magistral por parte de los jueces”.
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