Lun 02.04.2012

SOCIEDAD  › EL CASO DEL TRIPLE CRIMEN

Un jury extraño

› Por Horacio Cecchi

Mañana, en General Roca, tendrá lugar el veredicto del Tribunal contra el juez Pablo Iribarren, investigado por su desempeño por el conocido como Triple Crimen de Cipolletti, ocurrido en 1997. El juez fue denunciado por los familiares de las tres jóvenes: Verónica Villar y las hermanas María Emilia y Paula González, cuyos cuerpos aparecieron baleados en aquella oportunidad. El cuestionamiento se dirigió a la línea seguida en la instrucción del caso. Lo sorprendente del procedimiento contra el juez es la cantidad de exabruptos legales: para empezar, lo enjuician pasados 15 años del caso, y para que no sea imprescriptible lo comparan con un crimen de lesa humanidad. Para completar el absurdo, el pedido de destitución lo hizo la procuradora general Liliana Piccinini. Como integrante del jurado, Ana deberá determinar si Lili, su hermana, tiene razón o no en el pedido.

El Triple Crimen ocurrió en noviembre del ’97 y tuvo una fuerte repercusión mediática en aquel momento. La instrucción recayó en el juez Iribarren, que formó un expediente de 15 mil fojas. El arma homicida fue hallada y se determinó que pertenecía a una persona que finalmente fue condenada actualmente en firme, es decir, que los tribunales de alzada dieron razón al juez que instruyó el caso.

La hermana de la integrante del jurado sostuvo durante el juzgamiento que es el acusado quien tiene que demostrar que se desempeñó correctamente. Según los representantes de la Asociación Pensamiento Penal, que participaron como veedores del juicio, la inversión de la carga de la prueba “es insólita”. También sostuvieron que Piccinini (la querellante) no realizó ninguna pregunta al acusado, cuando éste, durante diez horas, hizo uso de la palabra. Gustavo Palmieri, uno de los testigos durante el juicio, dijo al tribunal que el juicio era vergonzoso e inconstitucional. Por otra parte, la procuradora Piccinini (siempre en referencia a la misma procuradora), según APP, aseguró durante el juicio que las garantías constitucionales en materia penal no rigen para los juicios a magistrados, lo que generó un murmullo en la sala y fuera de ella con alcances difíciles de determinar.

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