SOCIEDAD
Polémico sobreseimiento del policía que mató a la víctima de un asalto
Un perito policial dijo que el arma se disparó por accidente y una jueza sobreseyó al suboficial. La víctima forcejeó con el policía porque detenía a su hijo confundiéndolo con un ladrón.
› Por Carlos Rodríguez
En un fallo polémico que fue apelado y duramente cuestionado por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), una jueza de San Isidro dispuso el “sobreseimiento total” de un policía acusado por el homicidio, al menos culposo, de una comerciante de Tigre. El episodio se desencadenó a partir de un error policial, ya que la mujer había sido víctima de un robo y la patrulla se llevó preso a uno de sus hijos acusándolo por el hecho. Al reaccionar frente a la doble victimización, Alicia Raquel More quiso rescatar al chico y forcejeó con el cabo Andrés Osvaldo Osam, quien tenía en sus manos una escopeta que era de la víctima y que se disparó en esos momentos, matando a la mujer. En confuso dictamen, un perito policial opinó que para accionar el doble gatillo de la escopeta había que ejercer una fuerza de entre 2,750 y 3 kilogramos. Pero en abierta contradicción, dijo también que el disparo se produjo “de manera accidental” porque el arma podía accionarse “con un leve roce”. Los abogados de la familia apelaron el fallo absolutorio y pidieron una nueva pericia, a cargo de expertos de una fuerza de seguridad que no sea la Policía Bonaerense.
La jueza Marcela De Langhe interpretó, luego de relevar las pruebas, que la muerte de Alicia More, de 43 años, “fue consecuencia del riesgo que ella misma creó al forcejear con el imputado tomando uno de los extremos del arma” secuestrada por el policía durante un operativo realizado el 1º de agosto de 2002 y que terminó con “la aprehensión de tres sujetos que se encontraban en el interior del patrullero, uno de los cuales (Cristian More) era el hijo de la víctima”. El segundo era un vecino que acompañaba a Cristian y el tercero, uno de los ladrones. La jueza concluyó que la muerte de la mujer “no le es imputable objetivamente al suboficial Osam, quien en el caso desplegó una conducta diligente y acorde (sic) a las particulares circunstancias en que se desarrollaron los hechos”.
Los abogados Adrián Albor y Rodrigo Borda, este en representación del CELS, refutaron el sobreseimiento del cabo primero Osam, quien estaba acusado por el delito de “homicidio culposo”, tal la carátula que tiene hasta ahora la causa. Los letrados consideraron que se trata de un fallo “a todas luces prematuro e improcedente” porque “valora en forma errónea los elementos de convicción producidos” y porque “reposa sobre una incorrecta fundamentación legal”.
En primer lugar, los abogados de la parte querellante cuestionaron las contradictorias conclusiones a las que llegó el sargento Jorge Fernando Paz, encargado de realizar una pericia sobre la escopeta calibre 24, marca El Casco, de dos caños, de donde salió el disparo que mató a Alicia More durante el forcejeo con Osam. El perito analizó primero “el peso fuerza que se debe de realizar en las colas de disparo (la escopeta tiene dos gatillos)” para poder accionarlos. En ese sentido concluyó que en “la cola de disparo (gatillo) del lateral derecho delantero hay que ejercer una fuerza de 3,750 kg a 4 kg, sin seguro; dado que este gatillo o cola de disparo, funciona con el seguro puesto” por una “falla” que no explica cual es. De todos modos, lo importante es el análisis sobre “la cola del disparador lateral izquierdo”, ya que la bala mortal fue accionada por el mismo. Para mover ese gatillo “hay que ejercer de 2,750 a 3 kg de fuerza”. Los querellantes hicieron dos cuestionamientos. Por un lado señalaron la “notable subjetividad y temeridad” del experto que tras precisar la fuerza que había que hacer para accionar el gatillo izquierdo, a continuación señaló que “accionando solamente con leve roce cualquiera de las dos colas de disparadores se puede producir de manera accidental el disparo”. La otra objeción es de fondo y apunta al reclamo de justicia en lo que “constituye un caso típico de violación de los derechos humanos, en cuanto las transgresiones a los derechos a la vida y seguridad personal fueron perpetrados por integrantes de una fuerza de seguridad” del Estado.
Los abogados puntualizaron que las normas internacionales obligan al Estado argentino “a realizar en estos casos una investigación judicialseria, exhaustiva e imparcial, lo cual implica, por regla” que “no puede cerrarse (...) sobre la base de una pericia de naturaleza desincriminante realizada por miembros de la institución policial a la cual se le atribuye el menoscabo de derechos fundamentales”.
Los letrados afirmaron que hubo en el fallo una “desacertada aplicación del derecho” porque se cita una teoría desarrollada por el jurista alemán Klaus Roxin sobre “las autopuestas en peligro”, como la que habría protagonizado –según la jueza– la señora More. La teoría de Roxin tiene que ver con la instigación al suicidio, que no está penalizada en Alemania pero que sí en la Argentina, motivo por el cual la cita del fallo “no encuentra fundamento alguno en nuestro ordenamiento jurídico”, según planteó la querella. Por eso, los abogados pidieron a la Cámara de Apelaciones que deje sin efecto el sobreseimiento del cabo Osam y que éste siga imputado por el homicidio de Alicia More.